3. Otras disposiciones. . (2023/32-36)
Resolución de 1 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento del Consorcio de Transporte Metropolitano del área de Córdoba. Ejercicio 2020.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Jueves, 16 de febrero de 2023

página 2987/17



La finalización del plazo de otorgamiento es una de las causas de extinción contempladas
tanto en la LOTT (artículo 82.1) como en el ROT (artículo 95.1), por tanto, las
concesionarias están operando sin título habilitante ya que se ha resuelto el vínculo
contractual.



Las prórrogas tácitas a partir de los vencimientos de las concesiones se encuentran fuera
del marco legal vigente, así se establece en el Reglamento Comunitario, la LOTT, así como
en la legislación de contratos, que en todas sus versiones ha apostado por unas
concesiones (antes, gestión de servicio público) limitadas en el tiempo y con expresa
fijación de las posibles prórrogas (artículo 157 RDL 2/2000, artículo 254 Ley 30/2007,
artículo 278 RDL 3/2011 y artículo 29.2 Ley 9/2017).



La situación de continuidad del servicio para garantizar la prestación del servicio público
como causa de la prórroga en el ejercicio 2020, no está justificada ya que tanto el artículo
97.3 del ROT, como el artículo 5.5 del Reglamento Europeo y el artículo 85 de la LOTT
contemplan este caso, pero como medida de emergencia y estableciendo un límite
temporal de dos años que se ha sobrepasado en todos los casos.

A.11

Mediante acuerdo del Consejo de Administración, de 4 de mayo de 2010, se aprueba la adhesión
al Convenio de 25 de enero de 2008 con la Consejería de Obras Públicas y Transportes, por el
que se faculta al CTMC a que pueda ordenar en entornos no metropolitanos (transportes urbanos
e interurbanos), las condiciones de prestación de servicios de transporte público regular de uso
general de viajeros por carretera.

A.12

En virtud de esas atribuciones, el Consorcio tiene suscritos convenios de desarrollo de actuación
en materia de promoción de transporte público e integración financiera y tarifaria con cinco
entidades locales11. El objeto de estos Convenios es regular las relaciones como instrumento
transitorio hasta la integración de los municipios como miembros de pleno derecho al Consorcio.
La promoción y fomento del transporte público no se limita a aspectos tarifarios sino a las
facultades de ordenación en las condiciones de prestación del servicio de transporte.

A.13

En el caso de las cláusulas relativas a la duración de los Convenios se establecen de modo paralelo
a la del Convenio de Colaboración de 2008, que fue objeto de prórroga durante cuatro años más
mediante adenda de fecha 23 de enero de 2012. Al tratarse de convenios anteriores a la
aprobación de la LRJSP, se encuentran vencidos desde el 2 de octubre de 2020, por aplicación de
la Disposición Adicional octava de la LRJSP, donde se estableció la adaptación de los convenios
vigentes suscritos con anterioridad a la citada ley, determinando un plazo de vigencia de cuatro
años desde la entrada en vigor (2 de octubre de 2016).

A.14

Por otra parte, el 16 de junio de 2017 se firma un contrato-programa entre el CTMC y Autobuses
Urbanos de Córdoba S.A. (AUCORSA), sociedad municipal participada al 100% por el
11

10-12-2014 Baena, 18-11-2014 Castro del Río,31-07-2012 ELA La Guijarrosa, 08-05-2012 Montoro, 17-12-2014 Villa del Río.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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de diez años, “de conformidad con lo dispuesto en la legislación de la Unión Europea
reguladora de la materia”. Las siete concesiones están prorrogándose en plazos más allá
de los límites temporales establecidos tanto en la normativa europea como nacional.