3. Otras disposiciones. . (2023/32-38)
Resolución de 1 de febrero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización sobre determinadas áreas del Ayuntamiento de Pinos Puente (Granada). Ejercicio 2019.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 32 - Jueves, 16 de febrero de 2023

página 2990/37

PAJ concedidos en 2018-2019 y justificados en un plazo > 3 meses
Año

2018

Fecha de Pago al perceptor
de PAJ

Importe PAJ
(€)

Fecha límite
(1)

Fecha
Justificación
(2)

04/01/2018

1.200,00

04/04/2018

31/12/2019

636

16/02/2018

704,10

16/05/2018

31/12/2019

594

21/09/2018

300,00

21/12/2018

31/01/2019

41

605,00

30/08/2018

31/12/2019

488

28/09/2018

998,00

28/12/2018

31/12/2019

368

17/08/2016

7.957,00

17/11/2016

31/12/2020

1.505

24/07/2018

608,00

24/10/2018

-

750,00

19/02/2019

31/12/2019

19/11/2018

315

13.122,10

22/02/2019

700,00

22/05/2019

19/06/2019

09/08/2019

79

14/08/2019

3.200,00

14/11/2019

sd

13/12/2019

29

20/12/2019

300,00

20/03/2020

-

-

18/10/2109

700,00

08/01/2020

sd

19/02/2020

42

22/02/2019

975,00

22/05/2019

29/09/2021

09/08/2019

79

TOTAL PAJ 2019
TOTAL
Fuente: Ayuntamiento de Pinos Puente

A36.

(2)-(1)
(días)

30/05/2018

TOTAL PAJ 2018

2019

Fecha aprobación
cuenta justificativa

5.875,00
18.997,10
Cuadro nº 19

El 9 de agosto de 2019, la JGL formuló un requerimiento a la Concejala de Fiestas para que en el
plazo de quince días subsanara las anomalías detectadas en la cuenta justificativa de un PAJ, que
le fue concedido el 20 de febrero por 975,00 €, o formulara las alegaciones oportunas; estas
anomalías consistían, entre otras, en la falta de justificación de 605,00 €.
Un año y 7 meses después, el 2 de marzo de 2021, esta perceptora del PAJ presenta en el Registro
la documentación justificativa requerida, de manera incompleta, lo que motiva el informe desfavorable de la Intervención por estar sin justificar los 80,00 € del 2º premio individual de adultos.

00278039

El 2 de julio de 2021 presenta en el Registro la documentación justificativa del gasto de 80,00 €.
Resulta llamativo, una vez analizada dicha documentación, que el NIF de la perceptora de este
premio, que supuestamente fue entregado el 24 de febrero de 2019 según consta en el recibí
aportado, tenga un domicilio y una validez (hasta el 16/01/2025) diferentes de los del NIF que
aportó para el cobro del 2º premio del grupo infantil, del que también resultó ganadora (validez
hasta el 22/09/2020). (§ 63)

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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