5. Anuncios. . (2023/32-59)
Anuncio de 23 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, relativo a las bases para la estabilización del empleo público temporal, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2022. (PP. 3993/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Jueves, 16 de febrero de 2023

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los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados o contratados, quedando anuladas
todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber
incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación. Asimismo, si del examen de la
documentación acreditativa de los méritos se comprobara que carece de alguno de ellos,
se procederá a la modificación de la puntuación de la fase de concurso con los efectos
que de ello se deriven.
En el supuesto en que alguno de los aspirantes propuestos no cumpliera los
requisitos o cuando la modificación de la puntuación de la fase de concurso determinará
la no superación del proceso selectivo, la Entidad Local requerirá al Tribunal para que
proponga al aspirante siguiente, al que se solicitará la documentación en las condiciones
señaladas anteriormente.
Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las
condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo
presentar únicamente certificación de la Administración de la que dependan, acreditando
su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
BASE 9.ª NOMBRAMIENTO O FIRMA DEL CONTRATO DE TRABAJO
El órgano competente resolverá el nombramiento como funcionario de carrera o
contratación como personal laboral fijo a favor de las personas que, habiendo superado
el proceso selectivo, cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria, su número no
podrá exceder en ningún caso al de plazas convocadas.
El plazo para tomar posesión será de un máximo de tres días naturales si no implica
cambio de residencia de la persona empleada, o de un mes si comporta cambio de
residencia o el reingreso al servicio activo, el plazo se contará a contar desde el día
siguiente a la notificación de la resolución de nombramiento.
De no tomarse posesión en el plazo requerido sin causa justificada, se entenderá
como renuncia a la plaza obtenida. En este supuesto la Entidad Local requerirá al Tribunal
para que proponga al aspirante siguiente, al que se solicitará la documentación en las
condiciones señaladas anteriormente. En el supuesto del personal laboral, se actuará de
la misma forma.
BASE 10.ª ASIGNACIÓN DE PUESTO DE TRABAJO
Las aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, y que sean nombrados o
contratados como consecuencia de la resolución del mismo, se asignarán a su puesto de
trabajo de forma provisional, hasta tanto no se lleve a cabo el procedimiento de provisión
de destinos de este Excmo. Ayuntamiento.

Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición
ante el órgano que aprobó las bases en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de su última publicación, o bien interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente
al de su última publicación, ante el órgano judicial de lo Contencioso-Administrativo
correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos, 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, y en el artículo 10.1.a) en relación con el artículo 8.2.a) de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso
de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y
notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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BASE 11.ª RECURSOS