5. Anuncios. . (2023/32-59)
Anuncio de 23 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María, relativo a las bases para la estabilización del empleo público temporal, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2022. (PP. 3993/2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Jueves, 16 de febrero de 2023
página 21547/21
BASE 2.ª REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES
2.1. Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos en la en la selección, los aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
• Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de la posibilidad de participación de
las personas de nacionalidad de otros Estados, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, con el alcance y efectos en
él previstos.
• Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto.
• Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario
correspondiente, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso
del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos, el acceso al empleo público.
• Estar en posesión, o en condiciones de obtener, en la fecha en que termine el plazo
de presentación de solicitudes, del título exigido para cada categoría conforme se indica
a continuación.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la
documentación que acredite su homologación por el Ministerio competente.
Régimen Jurídico Funcionarios:
NIVEL TITULACIÓN
Licenciado en arquitectura o equivalente
CATEGORÍA
ARQUITECTO
Régimen Jurídico Laborales:
NIVEL TITULACIÓN
CATEGORÍA
Grado Universitario, Diplomado, Arquitecto o Ingeniero técnico o
equivalente
TECNICO MEDIO DEPORTES
Graduado escolar, ESO, F.P. primer grado o equivalente
PEON/MOZO
Graduado escolar, ESO, F.P. primer grado o equivalente
OFIC. 1.ª MANT. INST. DEP.
Graduado escolar, ESO, F.P. primer grado o equivalente
OFIC. 1.ª ELECTRICISTA
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en el momento de
finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
2.3. Igualdad de condiciones.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 59 del TREBEP, en el Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274724
2.2. Admisión.
En aplicación de lo regulado en el artículo 18.2 del Real Decreto 364/1995, para la
admisión a las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su participación
declaren en su solicitud que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos (referidas
siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación) que se acreditarán en el
momento y con la documentación relacionada en la base 8.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 32 - Jueves, 16 de febrero de 2023
página 21547/21
BASE 2.ª REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES
2.1. Requisitos de los aspirantes.
Para ser admitidos en la en la selección, los aspirantes deberán reunir los siguientes
requisitos:
• Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de la posibilidad de participación de
las personas de nacionalidad de otros Estados, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba
el Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, con el alcance y efectos en
él previstos.
• Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del puesto.
• Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario
correspondiente, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso
del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser
nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido
sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos, el acceso al empleo público.
• Estar en posesión, o en condiciones de obtener, en la fecha en que termine el plazo
de presentación de solicitudes, del título exigido para cada categoría conforme se indica
a continuación.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la
documentación que acredite su homologación por el Ministerio competente.
Régimen Jurídico Funcionarios:
NIVEL TITULACIÓN
Licenciado en arquitectura o equivalente
CATEGORÍA
ARQUITECTO
Régimen Jurídico Laborales:
NIVEL TITULACIÓN
CATEGORÍA
Grado Universitario, Diplomado, Arquitecto o Ingeniero técnico o
equivalente
TECNICO MEDIO DEPORTES
Graduado escolar, ESO, F.P. primer grado o equivalente
PEON/MOZO
Graduado escolar, ESO, F.P. primer grado o equivalente
OFIC. 1.ª MANT. INST. DEP.
Graduado escolar, ESO, F.P. primer grado o equivalente
OFIC. 1.ª ELECTRICISTA
Los requisitos establecidos en esta base, deberán poseerse en el momento de
finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
2.3. Igualdad de condiciones.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 59 del TREBEP, en el Real Decreto
Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274724
2.2. Admisión.
En aplicación de lo regulado en el artículo 18.2 del Real Decreto 364/1995, para la
admisión a las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su participación
declaren en su solicitud que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos (referidas
siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación) que se acreditarán en el
momento y con la documentación relacionada en la base 8.