3. Otras disposiciones. . (2023/31-38)
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Natación.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 31 - Miércoles, 15 de febrero de 2023
página 2943/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sistemas y
Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen
Gobierno de la Federación Andaluza de Natación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por
el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y
régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, por Resolución
de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de 2 de febrero de 2023, se
ratificó el Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Natación y se acordó
su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así como su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación
Andaluza de Natación, que figura como anexo a la presente resolución.
Sevilla, 10 de febrero de 2023.- La Directora General, María A. de Nova Pozuelo.
A NE XO
CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO DE LA FEDERACION ANDALUZA DE NATACIÓN
El Consejo de Ministros del Consejo de Europa, en fecha 24 de septiembre de 1992,
aprobó un Código de Ética Deportiva, para que los Estados miembros y las federaciones
deportivas de los mismos lo tuvieran en consideración.
Posteriormente, en el mes de octubre de 2004, los Ministros de Deporte de los
Estados miembros del Consejo de Europa aprobaron en Budapest unos principios de
buen gobierno, habida cuenta del importante papel del deporte dentro de la sociedad
moderna y en el deseo de ser el espejo de pulcritud en que puedan mirarse los millones
de jóvenes que practican deporte.
En el ámbito del deporte español, el Consejo Superior de Deportes, en fecha
18 de octubre de 2004, aprobó una Resolución que lleva como anexo un «Código de
Buen Gobierno de las Federaciones Deportivas Españolas», siguiendo las normas
anteriormente citadas.
La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, establece en su artículo 64.1
y 64.4 respectivamente que: «Las federaciones deportivas andaluzas deberán adoptar un
código en el que se recojan las prácticas de buen gobierno inspiradas en los principios de
democracia y participación, y preferentemente aquellas que afectan a la gestión y control
de todas las transacciones económicas que efectúen, independientemente de que estas
estén financiadas o no con ayudas públicas».
«Las federaciones deportivas andaluzas, en el ejercicio de las funciones sujetas a
derecho administrativo, deberán cumplir las obligaciones de información y publicidad de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública
de Andalucía.»
Llegado este momento se debe de dar cumplimiento al mandato de la normativa
referida y aprobar un Código de Buen Gobierno adaptado a la legislación referida, y que
regule internamente el quehacer cotidiano de la FAN y que recoja todos los principios
legales europeos y españoles establecidos en orden a alcanzar una transparencia y ética
en su gestión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278017
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
BOJA
Número 31 - Miércoles, 15 de febrero de 2023
página 2943/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 10 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sistemas y
Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen
Gobierno de la Federación Andaluza de Natación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por
el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la estructura y
régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, por Resolución
de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte de 2 de febrero de 2023, se
ratificó el Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Natación y se acordó
su inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas, así como su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En su virtud, se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación
Andaluza de Natación, que figura como anexo a la presente resolución.
Sevilla, 10 de febrero de 2023.- La Directora General, María A. de Nova Pozuelo.
A NE XO
CÓDIGO DE BUEN GOBIERNO DE LA FEDERACION ANDALUZA DE NATACIÓN
El Consejo de Ministros del Consejo de Europa, en fecha 24 de septiembre de 1992,
aprobó un Código de Ética Deportiva, para que los Estados miembros y las federaciones
deportivas de los mismos lo tuvieran en consideración.
Posteriormente, en el mes de octubre de 2004, los Ministros de Deporte de los
Estados miembros del Consejo de Europa aprobaron en Budapest unos principios de
buen gobierno, habida cuenta del importante papel del deporte dentro de la sociedad
moderna y en el deseo de ser el espejo de pulcritud en que puedan mirarse los millones
de jóvenes que practican deporte.
En el ámbito del deporte español, el Consejo Superior de Deportes, en fecha
18 de octubre de 2004, aprobó una Resolución que lleva como anexo un «Código de
Buen Gobierno de las Federaciones Deportivas Españolas», siguiendo las normas
anteriormente citadas.
La Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, establece en su artículo 64.1
y 64.4 respectivamente que: «Las federaciones deportivas andaluzas deberán adoptar un
código en el que se recojan las prácticas de buen gobierno inspiradas en los principios de
democracia y participación, y preferentemente aquellas que afectan a la gestión y control
de todas las transacciones económicas que efectúen, independientemente de que estas
estén financiadas o no con ayudas públicas».
«Las federaciones deportivas andaluzas, en el ejercicio de las funciones sujetas a
derecho administrativo, deberán cumplir las obligaciones de información y publicidad de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública
de Andalucía.»
Llegado este momento se debe de dar cumplimiento al mandato de la normativa
referida y aprobar un Código de Buen Gobierno adaptado a la legislación referida, y que
regule internamente el quehacer cotidiano de la FAN y que recoja todos los principios
legales europeos y españoles establecidos en orden a alcanzar una transparencia y ética
en su gestión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00278017
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS