3. Otras disposiciones. . (2023/30-37)
Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se hacen públicos los criterios para la aplicación de las reducciones, sanciones y exclusiones en caso de incumplimiento de los requisitos y condiciones de admisibilidad, compromisos y otros requisitos obligatorios, en relación con las operaciones de la Medida 10: Agroambiente y Clima, de la Medida 11: Agricultura Ecológica y de la Medida 13: Pago a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, gestionadas por la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR,
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Secretaría General Técnica

BOJA

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA
ORGANISMO: DIRECCIÓN

ID
3.1
3.2
3.3

3.4

Número 30 - Martes, 14 de febrero de 2023

ANEXO II y III

DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL

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GENERAL DE AYUDAS DIRECTAS Y DE MERCADOS

OPERACIÓN 10.1.11. AGRICULTURA DE MONTAÑA CON ORIENTACIÓN ECOLÓGICA EN CULTIVOS LEÑOSOS
(PERMANENTES)
ALCANCE
RELACIÓN CON
COMPROMISOS
CLASIFICACIÓN
LÍNEA DE BASE
GRAVEDAD Y
DESCRIPCIÓN
DURACIÓN
% en tanto
No
Entre el 15 de octubre y el 15 de marzo del año
B2
por uno
siguiente.
% en tanto

Con una anchura mínima media de 3,60 metros. En la
P
por uno
(ver Anexo 4)
vid, la cubierta será de 1,80 metros y en calles alternas.
El manejo de las cubiertas vegetales para limitar la
competencia por agua y nutrientes se realizará a finales
de invierno o en primavera mediante siega mecánica o
% en tanto
No
por aprovechamiento a diente. Igualmente, se procurará
B3
por uno
establecer buenas prácticas de manejo en las cubiertas
que permitan el autoabastecimiento de un banco propio
de semillas.
% en tanto

Se prohíbe labrar cubiertas, excepto aquellas labores
P
por uno
(ver Anexo 4)
superficiales para la incorporación de semillas al suelo.

OPERACIÓN 10.1.12. AGRICULTURA DE MONTAÑA CON ORIENTACIÓN ECOLÓGICA EN OLIVAR
COMPROMISOS
CLASIFICACIÓN
ALCANCE
RELACIÓN CON
GRAVEDAD Y
LÍNEA DE BASE
ID DESCRIPCIÓN
DURACIÓN
21 Cultivo solicitado distinto al determinado.
B1
% en tanto por
No
uno
2
Las parcelas agrícolas declaradas con cultivos elegibles para esta operación en la solicitud de pago deberán
estar certificadas bajo el método de producción ecológica (BÁSICO 1):
% en tanto por
2.1 Aplica en más o igual del 80% de la superficie
No
B1
uno
determinada (incumple en menos o igual del 20%).
2.2 Aplica en menos del 80% de la superficie determinada
B1
Total
No
(incumplen en más del 20%).
3
El mantenimiento de una cubierta vegetal espontánea (BÁSICO 2):
3.1 Entre el 15 de octubre y el 15 de marzo del año
siguiente.
3.2 Con una anchura mínima media de 3,60 metros.

P

B3

% en tanto por
uno
% en tanto por
uno

% en tanto por
uno

No

(ver Anexo 4)

No

00277764

3.3 El manejo de las cubiertas vegetales para limitar la
competencia por agua y nutrientes se realizará a finales
de invierno o en primavera mediante siega mecánica o
por aprovechamiento a diente. Igualmente, se procurará
establecer buenas prácticas de manejo en las cubiertas
que permitan el autoabastecimiento de un banco propio
de semillas.

B2

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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