Autoridades y personal. . (2023/29-53)
Resolución de 6 de febrero de 2023, conjunta de la Secretaría General de Industria y Minas y de la Secretaría General de Energía, por la que se convocan pruebas de aptitud para la habilitación profesional y la obtención de carnés de instaladores en sus distintas modalidades, para el año 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Lunes, 13 de febrero de 2023
página 2661/3
de admitidos se publicará en la página web de la Consejería de Política Industrial y Energía
(https://juntadeandalucia.es/organismos/politicaindustrialyenergia.html).
2. Las pruebas se celebrarán preferentemente en sábado o domingo, y coincidirá la
fecha y hora de su celebración en todas las provincias de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Base quinta. Alegaciones a los cuestionarios de examen y a las plantillas de corrección.
Tras la realización de los exámenes se publicarán en la página web de la Consejería Política
Industrial y Energía (https://juntadeandalucia.es/organismos/politicaindustrialyenergia.html),
los cuestionarios de examen y las plantillas de respuestas correctas que servirán para su
corrección. Dichas plantillas tendrán carácter provisional. Se dispondrá de un plazo de diez
días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación, para formular alegaciones a
las mismas. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta se hará pública
con las listas provisionales de personas aprobadas, considerándose desestimadas todas
aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación. Ni las plantillas
provisionales ni las que resulten de la estimación de las alegaciones son recurribles de
forma independiente a la impugnación de las resoluciones por las que se aprueben las listas
definitivas de personas aprobadas.
Base sexta. Expedición del carné o certificado de superación de pruebas.
1. Para las modalidades de Instalador de Gas, Instalador de Productos Petrolíferos
Líquidos y Operador de Calderas, la Delegación Territorial correspondiente extenderá de
oficio a las personas aprobadas el certificado de superación de las pruebas.
2. Para el resto de modalidades, una vez superadas las pruebas, la expedición de la
habilitación profesional se realizará, previa solicitud, según el procedimiento establecido en
la Orden de 20 de febrero de 2013, por la que se aprueba la tramitación electrónica de los
procedimientos para la expedición de las habilitaciones profesionales y para la presentación
de declaraciones y comunicaciones, en materia de industria, energía y minas.
3. En caso de que se compruebe que una persona aprobada no cumplía los requisitos
de admisión en las pruebas, establecidos en el punto 2 de la base segunda de la presente
resolución, no se le expedirá la habilitación o certificado de superación de las pruebas,
según corresponda.
00277709
Sevilla, 6 de febrero de 2023.- El Secretario General de Industria y Minas, Cristóbal
Sánchez Morales; el Secretario General de Energía, Manuel Larrasa Rodríguez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Lunes, 13 de febrero de 2023
página 2661/3
de admitidos se publicará en la página web de la Consejería de Política Industrial y Energía
(https://juntadeandalucia.es/organismos/politicaindustrialyenergia.html).
2. Las pruebas se celebrarán preferentemente en sábado o domingo, y coincidirá la
fecha y hora de su celebración en todas las provincias de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Base quinta. Alegaciones a los cuestionarios de examen y a las plantillas de corrección.
Tras la realización de los exámenes se publicarán en la página web de la Consejería Política
Industrial y Energía (https://juntadeandalucia.es/organismos/politicaindustrialyenergia.html),
los cuestionarios de examen y las plantillas de respuestas correctas que servirán para su
corrección. Dichas plantillas tendrán carácter provisional. Se dispondrá de un plazo de diez
días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación, para formular alegaciones a
las mismas. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta se hará pública
con las listas provisionales de personas aprobadas, considerándose desestimadas todas
aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación. Ni las plantillas
provisionales ni las que resulten de la estimación de las alegaciones son recurribles de
forma independiente a la impugnación de las resoluciones por las que se aprueben las listas
definitivas de personas aprobadas.
Base sexta. Expedición del carné o certificado de superación de pruebas.
1. Para las modalidades de Instalador de Gas, Instalador de Productos Petrolíferos
Líquidos y Operador de Calderas, la Delegación Territorial correspondiente extenderá de
oficio a las personas aprobadas el certificado de superación de las pruebas.
2. Para el resto de modalidades, una vez superadas las pruebas, la expedición de la
habilitación profesional se realizará, previa solicitud, según el procedimiento establecido en
la Orden de 20 de febrero de 2013, por la que se aprueba la tramitación electrónica de los
procedimientos para la expedición de las habilitaciones profesionales y para la presentación
de declaraciones y comunicaciones, en materia de industria, energía y minas.
3. En caso de que se compruebe que una persona aprobada no cumplía los requisitos
de admisión en las pruebas, establecidos en el punto 2 de la base segunda de la presente
resolución, no se le expedirá la habilitación o certificado de superación de las pruebas,
según corresponda.
00277709
Sevilla, 6 de febrero de 2023.- El Secretario General de Industria y Minas, Cristóbal
Sánchez Morales; el Secretario General de Energía, Manuel Larrasa Rodríguez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja