Autoridades y personal. . (2023/29-53)
Resolución de 6 de febrero de 2023, conjunta de la Secretaría General de Industria y Minas y de la Secretaría General de Energía, por la que se convocan pruebas de aptitud para la habilitación profesional y la obtención de carnés de instaladores en sus distintas modalidades, para el año 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 29 - Lunes, 13 de febrero de 2023

página 2661/2

c) Carné profesional de instalaciones térmicas de edificios.
d) Operador de Calderas.
e) Operador de Grúa Torre.
f) Operador de Grúa móvil autopropulsada (categorías A y B).
g) Vigilante de obras subterráneas y mineras de interior (categoría I-vigilantes en
obras sin riesgo de explosión y categorías II, III y IV-vigilantes en obras con riesgo de
explosión).
2. Las pruebas consistirán en la realización de un ejercicio teórico-práctico tipo test
sobre la materia definida en la reglamentación aplicable.
Base segunda. Solicitudes.
1. Las instancias solicitando la participación en las pruebas se presentarán conforme
a lo establecido en la Orden de 11 de noviembre de 2008, de la Consejería de Innovación,
Ciencia y Empresa, por la que se aprueba la tramitación telemática de los procedimientos
administrativos de examen.
2. Para ser admitidos en las pruebas bastará con que, dentro del plazo de presentación
de solicitudes, las personas solicitantes declaren en su instancia que reúnen todos y cada
uno de los requisitos establecidos en la reglamentación vigente para las modalidades a las
que se presentan y hayan abonado la tasa de inscripción para cada modalidad de examen
que soliciten sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran incurrir por inexactitudes o
falsedades en la misma. El cumplimiento de los requisitos reglamentarios estará referido a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de lo previsto
en el resuelve tercero de la Resolución de 9 de abril de 2008, de la Dirección General de
Industria, Energía y Minas, por la que se regulan los procedimientos para la obtención/
convalidación del carné profesional en Instalaciones Térmicas de Edificios (RITE-07), los
requisitos de acreditación de las Entidades de Formación Autorizadas en Instalaciones
Térmicas de Edificios, y sobre normas aclaratorias para las tramitaciones a realizar de
acuerdo con el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios aprobado mediante
Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio (RITE-07), para la acreditación de la experiencia
laboral a efectos de la obtención del carné profesional para instalaciones térmicas de
edificio, modificada por la Resolución de 23 de enero de 2009 y la Resolución de 26 de
noviembre de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
3. En ningún caso la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa
supondrá la sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de
participación de acuerdo con lo dispuesto en esta base.
4. El plazo de presentación de solicitudes tendrá una duración de 15 días hábiles, que
se iniciará en las siguientes fechas:
a) Para el primer conjunto de exámenes: El 1 de marzo de 2023.
b) Para el segundo conjunto de exámenes: El 1 de septiembre de 2023.

Base cuarta. Fecha de celebración de las pruebas.
1. El lugar, fecha y hora de celebración de las pruebas en cada provincia se
establecerán en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva de admitidos, según
se establece en el artículo 8 de la Orden de 12 de noviembre de 2008. Dicha lista definitiva
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Base tercera. Tasas por derechos de exámenes de instaladores.
1. La tasa aplicable es de 34,47 euros por cada solicitud de examen, con derecho a
una bonificación del 10% sobre dicho importe en caso de optar por el abono telemático
de la misma, conforme al apartado 6.2 del artículo 44 y al apartado 2 del artículo 12 de la
Ley 10/2021, de 28 de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma
de Andalucía.
2. La tasa se aplicará a cada una de las modalidades o categorías de examen que se
soliciten.