Autoridades y personal. . (2023/28-27)
Resolución de 7 de febrero de 2023, de la Universidad de Jaén, por la que se publican las bases reguladoras y la convocatoria de la «Acción 1. Becas de formación y prácticas del alumnado en actividades de transferencia del conocimiento» y la «Acción 2. Doctorados en entidades externas», del Plan Operativo de Apoyo a la Transferencia del Conocimiento, Empleabilidad y Emprendimiento 2023.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Viernes, 10 de febrero de 2023

página 2556/2

TÍTULO ÚNICO
CAPÍTULO I
Disposiciones comunes
Artículo 1. Objeto y existencia de crédito presupuestario.
El objeto de la presente resolución es aprobar y publicar las bases reguladoras y la
convocatoria de las Acciones 1 y 2 del Plan Operativo de Apoyo a la Transferencia del
Conocimiento, la Empleabilidad y el Emprendimiento 2023.
De manera concreta, se convocan las ayudas para las siguientes actuaciones:
- Acción 1. Becas de formación y prácticas del alumnado en actividades de
transferencia del conocimiento.
- Acción 2. Doctorados en entidades externas.
Dichas acciones están presupuestariamente dotadas en la aplicación presupuestaria
0211S1/IFT1/4, del Plan Operativo de Apoyo a la Transferencia del Conocimiento,
Empleabilidad y Emprendimiento de la Universidad de Jaén, por el siguiente importe:
- Acción 1: 44.000 euros (RC 2023/0000756).
- Acción 2: 36.586 euros (RC 2023/0000039). Se adquiere el compromiso de gasto
para las siguientes tres anualidades 2024, 2025 y 2026, por el importe resultante de las
ayudas concedidas en virtud de la presente convocatoria, cuyos expedientes de RC se
tramitarán a 1 de enero, con cargo al presupuesto de cada una de las citadas anualidades.
En caso de que la demanda para una de las dos acciones convocadas fuera
inferior a la disponibilidad presupuestaria prevista para cada una de ellas, la Comisión
de Transferencia del Conocimiento, podrá proponer la reasignación de los remanentes
resultantes, al objeto de poder incrementar la dotación económica prevista en otras
acciones o modalidades de acción con mayor demanda. Por tanto, el número de
ayudas a conceder finalmente para cada acción, podrá verse alterado y dependerá de
la disponibilidad presupuestaria final existente, una vez evaluadas por la Comisión la
totalidad de las solicitudes presentadas.

Artículo 3. Formalización de solicitudes y normativa aplicable.
1. Los equipos interesados en participar en la presente convocatoria, siempre
que cumplan los requisitos establecidos en las disposiciones específicas para cada
acción, utilizarán el modelo de solicitud normalizado que se encuentra a su disposición
en la dirección web http://otri.ujaen.es/es/plan/2023/fomento-transferencia y podrán
presentarlas en el Registro General de la Universidad de Jaén (Edificio Rectorado–B1),
en sus Registros Auxiliares, así como en los lugares establecidos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
2. El modelo de solicitud debe ir acompañado de la documentación que se establece
de manera específica en cada una de las acciones objeto de la presente convocatoria.
3. Si la documentación aportada fuera incompleta o contuviese errores subsanables,
conforme al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requerirá al solicitante para
que subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, en el plazo de 10 días, con la
advertencia de que, si no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud. Durante el
periodo de subsanación, no se podrán reformular las solicitudes presentadas.
4. La presentación de una solicitud, así como la ejecución de las ayudas en el marco
de la presente convocatoria implicará la aceptación de lo establecido en la misma, en
el Plan Operativo de Apoyo a la Transferencia del Conocimiento, Empleabilidad y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00277611

Artículo 2. Plazo de presentación de solicitudes.
Las acciones convocadas a través de la presente resolución podrán solicitarse en
el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de la
presente convocatoria en el BOJA.