Disposiciones generales. . (2023/28-4)
Resolución de 18 de enero de 2023, de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Córdoba, por la que se declara la finalización de disponibilidad presupuestaria para la concesión de subvenciones de la Línea 2. Subvenciones dirigidas a las sociedades cooperativas y a sociedades laborales de Andalucía, regulada por la Orden de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de 15 de octubre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propias agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de economía social y convocada mediante Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Viernes, 10 de febrero de 2023
página 2583/3
del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del
extracto de la convocatoria. Dicho extracto fue publicado en el BOJA núm. 227, de 25 de
noviembre de 2021, finalizando el citado plazo, por consiguiente, el 25 de mayo de 2022.
Vistos los artículos citados, y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial
RESU ELV E
Primero. Declarar la finalización de la disponibilidad presupuestaria que, para
las ayudas de la Línea 2. Subvenciones dirigidas a las sociedades cooperativas y a
sociedades laborales de Andalucía, fue asignada a esta Delegación Territorial por la
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo
y Economía Social, con el número de solicitud y a la fecha y hora señaladas en el
antecedente de hecho tercero.
Segundo. Declarar desestimadas por falta de disponibilidad presupuestaria, las
solicitudes para la Línea 2. Subvenciones dirigidas a las sociedades cooperativas y a
sociedades laborales de Andalucía, presentadas con posterioridad a la última solicitud
que ha resultado beneficiaria indicada en el antecedente de hecho tercero de la presente
resolución.
Tercero. Publicar en la página web de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo y en el BOJA la presente resolución, por la que se declara la finalización de la
disponibilidad presupuestaria para la concesión de las subvenciones correspondientes
al Programa concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva
destinadas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta
propias agrarias, personas mutualistas y diversas entidad de economía social, Línea 2.
Subvenciones dirigidas a las sociedades cooperativas y a sociedades laborales de
Andalucía, reguladas en la Orden de 15 de octubre de 2021.
Córdoba, 18 de enero de 2023.- La Delegada, M.ª Dolores Gálvez Páez.
00277624
«La presente publicación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del art. 19.4 de la Orden de 15
de octubre de 2021, de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de aprobación de bases
reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a
la modernización digital y la mejora de la competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o
autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de
economía social.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 28 - Viernes, 10 de febrero de 2023
página 2583/3
del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del
extracto de la convocatoria. Dicho extracto fue publicado en el BOJA núm. 227, de 25 de
noviembre de 2021, finalizando el citado plazo, por consiguiente, el 25 de mayo de 2022.
Vistos los artículos citados, y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial
RESU ELV E
Primero. Declarar la finalización de la disponibilidad presupuestaria que, para
las ayudas de la Línea 2. Subvenciones dirigidas a las sociedades cooperativas y a
sociedades laborales de Andalucía, fue asignada a esta Delegación Territorial por la
Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo
y Economía Social, con el número de solicitud y a la fecha y hora señaladas en el
antecedente de hecho tercero.
Segundo. Declarar desestimadas por falta de disponibilidad presupuestaria, las
solicitudes para la Línea 2. Subvenciones dirigidas a las sociedades cooperativas y a
sociedades laborales de Andalucía, presentadas con posterioridad a la última solicitud
que ha resultado beneficiaria indicada en el antecedente de hecho tercero de la presente
resolución.
Tercero. Publicar en la página web de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo y en el BOJA la presente resolución, por la que se declara la finalización de la
disponibilidad presupuestaria para la concesión de las subvenciones correspondientes
al Programa concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva
destinadas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta
propias agrarias, personas mutualistas y diversas entidad de economía social, Línea 2.
Subvenciones dirigidas a las sociedades cooperativas y a sociedades laborales de
Andalucía, reguladas en la Orden de 15 de octubre de 2021.
Córdoba, 18 de enero de 2023.- La Delegada, M.ª Dolores Gálvez Páez.
00277624
«La presente publicación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del art. 19.4 de la Orden de 15
de octubre de 2021, de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, de aprobación de bases
reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a
la modernización digital y la mejora de la competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o
autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de
economía social.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja