3. Otras disposiciones. . (2023/25-40)
Resolución de 29 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Sevilla, año 2023 y sucesivos hasta su modificación (IVA incluido). (PP. 226/2023).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 25 - Martes, 7 de febrero de 2023
página 457/2
- En Semana Santa, de 00:00 a 07:00 h. y de 21:00 a 24:00 h.
- Durante la Feria de abril, desde las 20:00 h. hasta las 07:00 h. del día siguiente.
Lunes a Jueves
00:00 a 06:00 h.
06:00 a 07:00 h.
07:00 a 21:00 h.
21:00 a 22:00 h.
22:00 a 24:00 h.
2
1
2
Viernes y vísperas
Sábados
de festivo
3
2
1
2
3
Domingos y
festivos
3
2
2
3
3
Las tarifas correspondientes al periodo de Semana Santa solo serán aplicables
si, efectivamente, tienen lugar en la ciudad de Sevilla las celebraciones propias de la
Semana Santa y no se acuerda su suspensión con motivo de la pandemia COVID o
cualquier otra situación de extrema gravedad.
Las tarifas correspondientes a la Feria de Abril solo serán aplicables si se aprueba la
celebración de la misma como fiesta primaveral, tienen lugar las celebraciones propias
de dicha festividad y no se acuerda su suspensión con motivo de la pandemia COVID o
cualquier otra situación de extrema gravedad.
SUPLEMENTOS SOBRE LO MARCADO EN TAXÍMETRO A LA TARIFA URBANA (1, 2 y 3).
- Salida desde la Estación de Santa Justa
- Servicio especial a control de vuelo del Aeropuerto y CASA San Pablo
- Servicio especial a Puerto del Batán, Abonos Sevilla, Astilleros y Esclusa
1,59 euros.
5,40 euros.
2,45 euros.
Estos suplementos no son aplicables junto con la tarifa 4, 5 y 9 del Aeropuerto.
SUPLEMENTOS SOBRE LO MARCADO EN TAXÍMETRO A LA TARIFA URBANA
(3) DURANTE LA FERIA DE ABRIL.
- Solo será aplicable a los servicios con origen en la parada oficial de la
Portada de Feria del recinto ferial en horario comprendido entre las 00:00
horas y las 06:00 horas
4,10 euros
Estos suplementos no son aplicables junto con la tarifa 4, 5 y 9 del Aeropuerto.
TARIFA AEROPUERTO (4, 5 y 9).
- De lunes a viernes, en días laborables, de 07:00 a 21:00 h:
- De lunes a viernes laborables de 00:00 a 07:00 h y de 21:00
a 24:00 h, sábados, domingos y festivos de 00:00 a 24:00 h,
Semana Santa de 07:00 a 21:00 h, Feria de 07:00 a 20:00 h y los
días 24 y 31 de diciembre de 00:00 a 24:00 h:
- Solo durante Semana Santa de 00:00 a 07:00 h y de 21:00 a
24:00 h y Feria de 20:00 a 07:00 h del día siguiente:
Tarifa 4
24,98 euros
Tarifa 5
27,84 euros
Tarifa 9
34,79 euros
En los servicios solicitados por teléfono, se le sumará lo que marque en el taxímetro
hasta el punto de recogida al pasajero y con un máximo equivalente al valor de la carrera
mínima aplicable en cada horario. Esta tarifa se entiende aplicable, exclusivamente, al
trayecto desde o hasta el Aeropuerto. Si se solicitan servicios distintos, una vez que se
llega a un primer destino solicitado desde el Aeropuerto, para el resto de los servicios se
pondrá en funcionamiento el taxímetro hasta el nuevo destino.
2,45 euros
Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta,
independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275947
SUPLEMENTO (EN SU CASO) A LA TARIFA DE AEROPUERTO (4, 5 y 9).
Servicio especial a Puerto del Batán, Abonos Sevilla, Astilleros y Esclusa
BOJA
Número 25 - Martes, 7 de febrero de 2023
página 457/2
- En Semana Santa, de 00:00 a 07:00 h. y de 21:00 a 24:00 h.
- Durante la Feria de abril, desde las 20:00 h. hasta las 07:00 h. del día siguiente.
Lunes a Jueves
00:00 a 06:00 h.
06:00 a 07:00 h.
07:00 a 21:00 h.
21:00 a 22:00 h.
22:00 a 24:00 h.
2
1
2
Viernes y vísperas
Sábados
de festivo
3
2
1
2
3
Domingos y
festivos
3
2
2
3
3
Las tarifas correspondientes al periodo de Semana Santa solo serán aplicables
si, efectivamente, tienen lugar en la ciudad de Sevilla las celebraciones propias de la
Semana Santa y no se acuerda su suspensión con motivo de la pandemia COVID o
cualquier otra situación de extrema gravedad.
Las tarifas correspondientes a la Feria de Abril solo serán aplicables si se aprueba la
celebración de la misma como fiesta primaveral, tienen lugar las celebraciones propias
de dicha festividad y no se acuerda su suspensión con motivo de la pandemia COVID o
cualquier otra situación de extrema gravedad.
SUPLEMENTOS SOBRE LO MARCADO EN TAXÍMETRO A LA TARIFA URBANA (1, 2 y 3).
- Salida desde la Estación de Santa Justa
- Servicio especial a control de vuelo del Aeropuerto y CASA San Pablo
- Servicio especial a Puerto del Batán, Abonos Sevilla, Astilleros y Esclusa
1,59 euros.
5,40 euros.
2,45 euros.
Estos suplementos no son aplicables junto con la tarifa 4, 5 y 9 del Aeropuerto.
SUPLEMENTOS SOBRE LO MARCADO EN TAXÍMETRO A LA TARIFA URBANA
(3) DURANTE LA FERIA DE ABRIL.
- Solo será aplicable a los servicios con origen en la parada oficial de la
Portada de Feria del recinto ferial en horario comprendido entre las 00:00
horas y las 06:00 horas
4,10 euros
Estos suplementos no son aplicables junto con la tarifa 4, 5 y 9 del Aeropuerto.
TARIFA AEROPUERTO (4, 5 y 9).
- De lunes a viernes, en días laborables, de 07:00 a 21:00 h:
- De lunes a viernes laborables de 00:00 a 07:00 h y de 21:00
a 24:00 h, sábados, domingos y festivos de 00:00 a 24:00 h,
Semana Santa de 07:00 a 21:00 h, Feria de 07:00 a 20:00 h y los
días 24 y 31 de diciembre de 00:00 a 24:00 h:
- Solo durante Semana Santa de 00:00 a 07:00 h y de 21:00 a
24:00 h y Feria de 20:00 a 07:00 h del día siguiente:
Tarifa 4
24,98 euros
Tarifa 5
27,84 euros
Tarifa 9
34,79 euros
En los servicios solicitados por teléfono, se le sumará lo que marque en el taxímetro
hasta el punto de recogida al pasajero y con un máximo equivalente al valor de la carrera
mínima aplicable en cada horario. Esta tarifa se entiende aplicable, exclusivamente, al
trayecto desde o hasta el Aeropuerto. Si se solicitan servicios distintos, una vez que se
llega a un primer destino solicitado desde el Aeropuerto, para el resto de los servicios se
pondrá en funcionamiento el taxímetro hasta el nuevo destino.
2,45 euros
Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta,
independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275947
SUPLEMENTO (EN SU CASO) A LA TARIFA DE AEROPUERTO (4, 5 y 9).
Servicio especial a Puerto del Batán, Abonos Sevilla, Astilleros y Esclusa