3. Otras disposiciones. . (2023/25-46)
Resolución de 1 de febrero de 2023, del Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, por la que se aprueba el Plan de Control e Inspección sobre Publicidad Activa de 2023-2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 25 - Martes, 7 de febrero de 2023
página 2267/4
control, ya sea específicamente o en denuncias de contenido más amplio. Este hecho
justifica la inclusión de esta Línea de control, ya que además se trata de un tema de
notable relevancia e interés para la población andaluza, ya que gran parte de los servicios
esenciales se presta por los municipios, mancomunidades, consorcios o entidades de
gestión descentralizada.
Ámbito: Esta actuación afectará a una muestra aleatoria de, al menos, veinte
entidades locales andaluzas incluidas en el Registro Andaluz de Entidades Locales y que
no estén incluidas en la Línea anterior. La selección se hará de manera proporcional al
número de entidades existentes en cada provincia, si bien, en todo caso, se seleccionará
al menos una de cada provincia.
00277337
Línea 3. Comprobación del cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa
entre los sujetos obligados por percepción de subvenciones por importe superior a
100.000 euros.
Descripción: El artículo 5 («Otros sujetos obligados») LTPA determina, entre otras, un
conjunto de entidades y organizaciones que deberán estar sujetos a las obligaciones de
transparencia establecidas en la legislación básica. En particular, establece que deberán
estarlo «las iglesias, confesiones, comunidades y otras entidades inscritas en el Registro
de Entidades Religiosas, las corporaciones, asociaciones, instituciones, entidades
representativas de intereses colectivos y otras entidades que perciban durante el período
de un año ayudas o subvenciones públicas en cuantía superior a 100.000 euros o cuando
al menos el 40 por ciento del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda
o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo 5.000 euros». Esta línea
de actuación fue incluida en los dos primeros Planes de control e Inspección, y que
ha permitido dar a conocer, entre este tipo de entidades, la necesaria publicación de
determinada información.
Ámbito: Esta actuación afectará a una muestra de, al menos, diez sujetos obligados
indicados anteriormente. La muestra se obtendrá de la información contenida en la
Base de Datos Nacional de Subvenciones, respecto a aquellos beneficiarios de una
única ayuda o subvención concedida con cargo al presupuesto de la Administración
de la Junta de Andalucía, entidades locales andaluzas o su respectivo sector público
institucional, durante el ejercicio 2022. La información obtenida se ordenará según
la mayor cantidad percibida como subvención o ayuda. Se excluirán de la muestra las
entidades beneficiarias que estuvieran incluidas en el artículo 3.1 LTPA y las que fueron
seleccionadas en los Planes anteriores.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 25 - Martes, 7 de febrero de 2023
página 2267/4
control, ya sea específicamente o en denuncias de contenido más amplio. Este hecho
justifica la inclusión de esta Línea de control, ya que además se trata de un tema de
notable relevancia e interés para la población andaluza, ya que gran parte de los servicios
esenciales se presta por los municipios, mancomunidades, consorcios o entidades de
gestión descentralizada.
Ámbito: Esta actuación afectará a una muestra aleatoria de, al menos, veinte
entidades locales andaluzas incluidas en el Registro Andaluz de Entidades Locales y que
no estén incluidas en la Línea anterior. La selección se hará de manera proporcional al
número de entidades existentes en cada provincia, si bien, en todo caso, se seleccionará
al menos una de cada provincia.
00277337
Línea 3. Comprobación del cumplimiento de las obligaciones de publicidad activa
entre los sujetos obligados por percepción de subvenciones por importe superior a
100.000 euros.
Descripción: El artículo 5 («Otros sujetos obligados») LTPA determina, entre otras, un
conjunto de entidades y organizaciones que deberán estar sujetos a las obligaciones de
transparencia establecidas en la legislación básica. En particular, establece que deberán
estarlo «las iglesias, confesiones, comunidades y otras entidades inscritas en el Registro
de Entidades Religiosas, las corporaciones, asociaciones, instituciones, entidades
representativas de intereses colectivos y otras entidades que perciban durante el período
de un año ayudas o subvenciones públicas en cuantía superior a 100.000 euros o cuando
al menos el 40 por ciento del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda
o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo 5.000 euros». Esta línea
de actuación fue incluida en los dos primeros Planes de control e Inspección, y que
ha permitido dar a conocer, entre este tipo de entidades, la necesaria publicación de
determinada información.
Ámbito: Esta actuación afectará a una muestra de, al menos, diez sujetos obligados
indicados anteriormente. La muestra se obtendrá de la información contenida en la
Base de Datos Nacional de Subvenciones, respecto a aquellos beneficiarios de una
única ayuda o subvención concedida con cargo al presupuesto de la Administración
de la Junta de Andalucía, entidades locales andaluzas o su respectivo sector público
institucional, durante el ejercicio 2022. La información obtenida se ordenará según
la mayor cantidad percibida como subvención o ayuda. Se excluirán de la muestra las
entidades beneficiarias que estuvieran incluidas en el artículo 3.1 LTPA y las que fueron
seleccionadas en los Planes anteriores.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja