5. Anuncios. . (2023/24-118)
Anuncio de 19 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Carboneras, por el que se ha procedido a corregir las bases que han de regir el proceso de selección de cuatro Oficiales de Policía Local por el sistema de promoción interna. (PP. 3900/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 24 - Lunes, 6 de febrero de 2023

página 21122/7

V.A.4. Otros méritos.
- V.A.4.1. Por la pertenencia a la Orden al Mérito de la Policía Local de Andalucía,
según la categoría otorgada dentro de la misma, se valorará con la siguiente puntuación:
Medalla de Oro: 3 puntos.
Medalla de Plata: 2 puntos.
Cruz con distintivo verde: 1 punto.
Cruz con distintivo blanco: 0,75 puntos.
- V.A.4.2. Haber sido recompensado con la Medalla al Mérito de la Policía Local del
Municipio o, en su caso, con la Medalla del Municipio por su labor policial: 0,50 puntos.
- V.A.4.3. Haber sido recompensado con Medalla o Cruz con distintivo rojo al Mérito
de un Cuerpo de Seguridad: 0,50 puntos.
- V.A.4.4. Felicitación pública individual acordada por el Ayuntamiento en Pleno
(máximo 4 felicitaciones), cada una: 0,25 puntos.
Puntuación máxima del apartado V.A.4: 4,00 puntos.
En el supuesto de que los aspirantes, obtuvieran igual puntuación total, el orden de
prelación de los aspirantes se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida,
sucesivamente, en los siguientes apartados:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274542

V.A.3. Formación y docencia.
V.A.3.1. Formación.
Los cursos superados en los centros docentes policiales, los cursos que tengan
la condición de concertados por el Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de
Andalucía y los cursos de contenido policial, impartidos dentro del Acuerdo de Formación
Continua de las Administraciones Públicas, serán valorados, cada uno, como a
continuación se establece:
- V.A.3.1.1. Entre 20 y 35 horas lectivas: 0,25 puntos.
- V.A.3.1.2. Entre 36 y 75 horas lectivas: 0,30 puntos.
- V.A.3.1.3. Entre 76 y 100 horas lectivas: 0,35 puntos.
- V.A.3.1.4. Entre 101 y 200 horas lectivas: 0,40 puntos.
- V.A.3.1.5. Más de 200 horas lectivas: 0,50 puntos.
Los cursos en los que solamente se haya obtenido «asistencia» se valorarán con la
tercera parte.
No se tendrá en cuenta, a efectos de valoración: los cursos obligatorios que formen
parte del proceso de selección para el acceso a cualquier categoría o empleo de los
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, los cursos repetidos, salvo que se hubiese producido
un cambio sustancial del contenido y los cursos necesarios para la obtención de las
titulaciones del apartado V.A.1 de la presente orden, ni la superación de asignaturas de
los mismos.
V.A.3.2. Docencia, ponencias y publicaciones.
- La impartición de cursos de formación, comprendidos en el apartado V.A.3.1,
dirigidos al colectivo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, se valorará a razón de:
Por cada 5 horas lectivas efectivamente impartidas, con independencia del número
de horas del curso: 0,10 puntos, hasta un máximo de 1,00 punto.
Se podrán acumular fracciones inferiores a 5 horas lectivas hasta alcanzar dicho
número, si se han impartido en cursos distintos.
Las tutorías, en los cursos a distancia, las actividades de coordinación, o dirección de
curso, sólo se valorarán si se acreditan las horas lectivas impartidas.
- Las publicaciones y ponencias se valorarán cada una con un máximo de 0,20
puntos, en función del interés policial y por su carácter científico y divulgativo, hasta un
máximo de: 1,00 punto.
Puntuación máxima del apartado V.A.3: 4,00 puntos.