3. Otras disposiciones. . (2023/22-29)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Jaén, por la que se desestima la concesión de las subvenciones de la Línea 1, regulada en la orden de 15 de octubre que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Jueves, 2 de febrero de 2023
página 1944/4
RESU ELV E
Primero. Denegar por falta de disponibilidad presupuestaria, las solicitudes para
la Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta propia o
autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y mutualistas, presentadas
con posterioridad a la última solicitud que ha resultado beneficiaria indicada en el
Antecedente de hecho quinto y fundamento de derecho cuarto, de la presente resolución.
La presente resolución sustituye a la notificación individual, de conformidad con lo
establecido en los artículos 17 y 19 de la citada Orden de 15 de octubre de 2021.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición en los términos establecidos en los artículos
123.1 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente a su notificación, ante el órgano que la dictó, o interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano
de la jurisdicción contencioso-administrativa correspondiente, de acuerdo con lo previsto
en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
00277002
Jaén, 30 de enero de 2023.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D.
(Orden de 15.10.2021, BOJA núm. 202, de 20.10.2021), el Delegado, Francisco Joaquín
Martínez Garvín.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 22 - Jueves, 2 de febrero de 2023
página 1944/4
RESU ELV E
Primero. Denegar por falta de disponibilidad presupuestaria, las solicitudes para
la Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta propia o
autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y mutualistas, presentadas
con posterioridad a la última solicitud que ha resultado beneficiaria indicada en el
Antecedente de hecho quinto y fundamento de derecho cuarto, de la presente resolución.
La presente resolución sustituye a la notificación individual, de conformidad con lo
establecido en los artículos 17 y 19 de la citada Orden de 15 de octubre de 2021.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse
potestativamente recurso de reposición en los términos establecidos en los artículos
123.1 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y artículo 115.2 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente a su notificación, ante el órgano que la dictó, o interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el órgano
de la jurisdicción contencioso-administrativa correspondiente, de acuerdo con lo previsto
en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
00277002
Jaén, 30 de enero de 2023.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D.
(Orden de 15.10.2021, BOJA núm. 202, de 20.10.2021), el Delegado, Francisco Joaquín
Martínez Garvín.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja