3. Otras disposiciones. . (2023/22-29)
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Jaén, por la que se desestima la concesión de las subvenciones de la Línea 1, regulada en la orden de 15 de octubre que se cita.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 22 - Jueves, 2 de febrero de 2023
página 1944/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Delegación Territorial de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo en Jaén, por la que se desestima la concesión de
las subvenciones de la Línea 1, regulada en la orden de 15 de octubre que se
cita.
Examinadas por esta Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
las solicitudes de ayudas presentadas al amparo de la Orden de 15 de octubre de 2021,
de aprobación de bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia no competitiva destinadas a la modernización digital y la mejora de la
competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas
trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de
economía social (BOJA núm. 202, de 20.10.2021), se constatan los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Orden de 15 de octubre de 2021 se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no
competitiva destinadas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de las
personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta
propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de economía social (BOJA
núm. 202, de 20 de octubre).
Segundo. Con fecha 25 de noviembre de 2021, fue publicado en el BOJA núm. 227,
el extracto de la convocatoria de la subvenciones de la citada orden, abriendo el plazo
de presentación de solicitudes, estableciéndose que la convocatoria quedaría abierta
durante 6 meses, a partir del día siguiente a la publicación de dicho extracto.
Asimismo, en el resuelve quinto, de la Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la
Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social de convocatoria, se acuerda
la distribución territorial de los créditos disponibles, correspondiendo a la provincia de
Jaén los siguientes:
Línea 1. S
ubvenciones dirigidas a las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomas,
personas trabajadoras por cuenta propia agrarias
y mutualistas
Línea 2. S
ubvenciones dirigidas a sociedades cooperativas
andaluzas y sociedades laborales de Andalucía
Partida presupuestaria
Anualidad 2021
(euros)
Anualidad 2022
(euros)
1000170063G/72C/77808/23
A1221082E1 2021001061
214.383,00€
96.647,00 €
1000178069G/72C/77807/23
A1221082E7 2021000976
200.000,00€
127.282,60 €
Tercero. Mediante Resolución de 7 de octubre de 2022, de esta Delegación
Territorial, publicada en la página web de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo, se declara la finalización de la disponibilidad presupuestaria que, para las
ayudas de la Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas trabajadora por cuenta
propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y mutualistas, fue
asignada a esta Delegación Territorial por la Resolución de 18 de noviembre de 2021, de
la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social con el número de solicitud
y en la fecha y hora señaladas en el Antecedente de Hecho Tercero de la misma.
Asimismo en la misma resolución, se declara que una vez tramitadas la totalidad
de las solicitudes y finalizado el plazo de presentación de las mismas, en la Línea 2.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277002
Línea subvencionable
BOJA
Número 22 - Jueves, 2 de febrero de 2023
página 1944/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 30 de enero de 2023, de la Delegación Territorial de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo en Jaén, por la que se desestima la concesión de
las subvenciones de la Línea 1, regulada en la orden de 15 de octubre que se
cita.
Examinadas por esta Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
las solicitudes de ayudas presentadas al amparo de la Orden de 15 de octubre de 2021,
de aprobación de bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia no competitiva destinadas a la modernización digital y la mejora de la
competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas
trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de
economía social (BOJA núm. 202, de 20.10.2021), se constatan los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Mediante Orden de 15 de octubre de 2021 se aprueban las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no
competitiva destinadas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de las
personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta
propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de economía social (BOJA
núm. 202, de 20 de octubre).
Segundo. Con fecha 25 de noviembre de 2021, fue publicado en el BOJA núm. 227,
el extracto de la convocatoria de la subvenciones de la citada orden, abriendo el plazo
de presentación de solicitudes, estableciéndose que la convocatoria quedaría abierta
durante 6 meses, a partir del día siguiente a la publicación de dicho extracto.
Asimismo, en el resuelve quinto, de la Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la
Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social de convocatoria, se acuerda
la distribución territorial de los créditos disponibles, correspondiendo a la provincia de
Jaén los siguientes:
Línea 1. S
ubvenciones dirigidas a las personas
trabajadoras por cuenta propia o autónomas,
personas trabajadoras por cuenta propia agrarias
y mutualistas
Línea 2. S
ubvenciones dirigidas a sociedades cooperativas
andaluzas y sociedades laborales de Andalucía
Partida presupuestaria
Anualidad 2021
(euros)
Anualidad 2022
(euros)
1000170063G/72C/77808/23
A1221082E1 2021001061
214.383,00€
96.647,00 €
1000178069G/72C/77807/23
A1221082E7 2021000976
200.000,00€
127.282,60 €
Tercero. Mediante Resolución de 7 de octubre de 2022, de esta Delegación
Territorial, publicada en la página web de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo
Autónomo, se declara la finalización de la disponibilidad presupuestaria que, para las
ayudas de la Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas trabajadora por cuenta
propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y mutualistas, fue
asignada a esta Delegación Territorial por la Resolución de 18 de noviembre de 2021, de
la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social con el número de solicitud
y en la fecha y hora señaladas en el Antecedente de Hecho Tercero de la misma.
Asimismo en la misma resolución, se declara que una vez tramitadas la totalidad
de las solicitudes y finalizado el plazo de presentación de las mismas, en la Línea 2.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00277002
Línea subvencionable