Autoridades y personal. . (2023/17-29)
Resolución de 19 de diciembre de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de Profesorado Asociado, mediante contrato laboral especial.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 17 - Jueves, 26 de enero de 2023
página 1394/5

Si la solicitud no reuniese los requisitos establecidos se requerirá en dicha publicación
a la persona interesada para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe
los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por
desistido en su petición. Cuando razones de urgencia lo aconsejan y mediante resolución
del Rector, este plazo se podrá reducir a la mitad.
La lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas se publicará en la página web
del Área de Personal en el plazo máximo de diez días contados a partir de la fecha límite
del plazo que se haya dado para la subsanación de defectos. Cuando las circunstancias
lo aconsejen y a criterio del Vicerrector competente, se podrá establecer un plazo de
publicación de la lista definitiva comprendido entre uno y tres días.
Contra la notificación de exclusión definitiva se podrá interponer recurso potestativo
de reposición, en el plazo de un mes, ante el Rector, o bien recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la
notificación de la misma, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Provincial con
sede en Cádiz, conforme a lo establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
4. Valoración por el Departamento.
4.1. En el plazo de dos días, contados a partir de la finalización del plazo de presentación
de reclamaciones, se remitirá al Departamento para su valoración, las solicitudes admitidas.
En función del número de plazas convocadas y a criterio del Vicerrector competente se
podrá establecer un plazo de remisión comprendido entre dos y cinco días.
4.2. El Consejo de Departamento valorará las solicitudes admitidas remitiendo
la baremación en el plazo máximo de ocho días al Área de Personal. Cuando las
circunstancias lo aconsejen y a criterio del Vicerrectorado competente, este plazo se
reducirá a la mitad.

6. Duración del contrato, dedicación semanal y funciones a desempeñar.
6.1. La duración de los contratos es la indicada para las plazas en el Anexo I. El horario
podrá ser distribuido en parte o en su totalidad, tanto en turno de mañana como de tarde.
6.2. Las personas propuestas serán contratadas por el número de horas semanales
que se indique en el Anexo I.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00276450

5. Comisión de Contratación.
5.1. De acuerdo con lo establecido en los Estatutos de la Universidad de Cádiz, la
Comisión de Contratación está formada por:
- Rector o persona en quien delegue.
- Director/a de Departamento en el que haya de realizar sus actividades el candidato
elegido o profesor del ámbito de conocimiento implicada en quien delegue.
- Decano/a o Director/a del Centro o persona en quien delegue.
- Seis miembros del profesorado doctor con vinculación permanente, de los cuales
uno de ellos tendrá vinculación contractual con la Universidad.
Asimismo, formarán parte de la Comisión de Contratación, con voz, pero sin voto,
alguno/a de los/as Directores/as de Secretariado dependientes del Vicerrectorado
competente como Secretario/a de la Comisión, y un miembro funcionario del Área de
Personal como Secretario/a Técnico/a.
5.2. La composición de la Comisión de Contratación se encuentra publicada en la
página web del Área de Personal https://personal.uca.es/convocatorias-de-pdi-contratado/
5.3. La convocatoria de las reuniones de la Comisión podrá efectuarse en cualquier
fase anterior al procedimiento y, en todo caso, de forma inmediata a la recepción de la
valoración del Departamento.
5.4. La Comisión se reunirá en el día y la hora fijados en cada convocatoria, y en
todo caso, en los dos días siguientes a la recepción de la valoración del Departamento,
quedando válidamente constituida cuando a ella asista la mitad de sus miembros,
requiriéndose, en todo caso, la presencia de Presidente/a y Secretario/a.