5. Anuncios. . (2023/15-132)
Anuncio de 28 de diciembre de 2022, de Comercializadora Eléctrica de Cádiz, S.A., de aprobación de la convocatoria y proceso de selección (bases), por el sistema de concurso-oposición, en la ejecución de procesos de estabilización de empleo temporal al amparo de lo establecido en la Ley 20/21, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. (PP. 119/2023).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Martes, 24 de enero de 2023
página 497/4
Quinta. Admision de solicitudes.
5.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes el titular del órgano competente
dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, en
el plazo máximo de dos meses. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola vez, por
causas justificadas y previa resolución motivada. La resolución, que deberá publicarse
en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, contendrá como anexo único la relación
nominal de aspirantes incluidos y excluidos con su correspondiente documento nacional
de identidad o análogo para los de nacionalidad extranjera, conforme a lo establecido
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
Garantía de los Derechos Digitales, e indicación de las causas de su inadmisión. Esta
resolución será publicada íntegramente en el tablón de información electrónica de la web
de Comercializadora Eléctrica de Cádiz (www.electricadecadiz.es).
5.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación
de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para
subsanar por medios electrónicos el defecto que haya motivado su exclusión o su no
inclusión expresa. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen por medios electrónicos
los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del
proceso selectivo. Los errores en la consignación de los datos personales se rectificarán de
oficio o a instancia del interesado en cualquier momento del proceso selectivo.
5.3. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, se publicará
en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, una resolución declarando aprobada la
relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, nombrándose los miembros del
órgano de selección para la plaza convocada conforme al siguiente apartado.
El Tribunal de Selección procederá a valorar los méritos presentados por los
aspirantes, que coincidan con los alegados por éstos en su autobaremo, con la
calificación que corresponda a los mismos, de acuerdo con el baremo contenido en
estas bases y las específicas de cada plaza. En el supuesto de que, por no coincidir
la calificación otorgada por el Tribunal de Selección con la indicada por el aspirante en
su autobaremo, una vez calificados todos los aspirantes a los que se les ha solicitado
documentación, alguno algunos de los aspirantes que obtendrían plaza, tuvieran menor
puntuación que la declarada en su autobaremo por el siguiente o siguientes aspirantes
a los que no se les ha pedido documentación, el Tribunal de Selección deberá requerir
la citada documentación a estos últimos, mediante nuevo anuncio publicado en el tablón
de edictos electrónico de la Entidad convocante, concediendo un nuevo plazo de 10 días
hábiles para su presentación.
Como consecuencia de lo señalado en el párrafo anterior, en ningún caso, el Tribunal
de Selección podrá incluir en la relación de aprobados, prevista en la base novena, a
aquellos aspirantes con una calificación total igual o inferior a la puntuación declarada por
otros aspirantes en su autobaremo, a los que no se les haya solicitado documentación
acreditativa de sus méritos para su valoración.
El autobaremo vincula al Tribunal de Selección, no pudiendo otorgar una puntuación
mayor a la consignada por los interesados en cada uno de los apartados del baremo de
méritos, salvo errores materiales, aritméticos o de hecho.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275599
de aviso de presentación servirá para agilizar, verificar y constatar la presentación de las
solicitudes en cada proceso selectivo.
4.3. A efectos del cumplimiento de la normativa de protección de datos personales
y garantía de derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud-autobaremación
serán objeto de tratamiento automatizado por el órgano competente para el desarrollo
del proceso selectivo. Su cumplimentación será obligatoria para la admisión al proceso
selectivo, siendo necesaria la presentación del Anexo II firmado.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 15 - Martes, 24 de enero de 2023
página 497/4
Quinta. Admision de solicitudes.
5.1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes el titular del órgano competente
dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, en
el plazo máximo de dos meses. Este plazo podrá ser prorrogado por una sola vez, por
causas justificadas y previa resolución motivada. La resolución, que deberá publicarse
en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, contendrá como anexo único la relación
nominal de aspirantes incluidos y excluidos con su correspondiente documento nacional
de identidad o análogo para los de nacionalidad extranjera, conforme a lo establecido
en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
Garantía de los Derechos Digitales, e indicación de las causas de su inadmisión. Esta
resolución será publicada íntegramente en el tablón de información electrónica de la web
de Comercializadora Eléctrica de Cádiz (www.electricadecadiz.es).
5.2. Los aspirantes excluidos expresamente, así como los que no figuren en la relación
de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo único e improrrogable de diez
días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para
subsanar por medios electrónicos el defecto que haya motivado su exclusión o su no
inclusión expresa. Quienes dentro del plazo señalado no subsanen por medios electrónicos
los defectos justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del
proceso selectivo. Los errores en la consignación de los datos personales se rectificarán de
oficio o a instancia del interesado en cualquier momento del proceso selectivo.
5.3. Finalizado el plazo de subsanación de defectos de las solicitudes, se publicará
en el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz, una resolución declarando aprobada la
relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, nombrándose los miembros del
órgano de selección para la plaza convocada conforme al siguiente apartado.
El Tribunal de Selección procederá a valorar los méritos presentados por los
aspirantes, que coincidan con los alegados por éstos en su autobaremo, con la
calificación que corresponda a los mismos, de acuerdo con el baremo contenido en
estas bases y las específicas de cada plaza. En el supuesto de que, por no coincidir
la calificación otorgada por el Tribunal de Selección con la indicada por el aspirante en
su autobaremo, una vez calificados todos los aspirantes a los que se les ha solicitado
documentación, alguno algunos de los aspirantes que obtendrían plaza, tuvieran menor
puntuación que la declarada en su autobaremo por el siguiente o siguientes aspirantes
a los que no se les ha pedido documentación, el Tribunal de Selección deberá requerir
la citada documentación a estos últimos, mediante nuevo anuncio publicado en el tablón
de edictos electrónico de la Entidad convocante, concediendo un nuevo plazo de 10 días
hábiles para su presentación.
Como consecuencia de lo señalado en el párrafo anterior, en ningún caso, el Tribunal
de Selección podrá incluir en la relación de aprobados, prevista en la base novena, a
aquellos aspirantes con una calificación total igual o inferior a la puntuación declarada por
otros aspirantes en su autobaremo, a los que no se les haya solicitado documentación
acreditativa de sus méritos para su valoración.
El autobaremo vincula al Tribunal de Selección, no pudiendo otorgar una puntuación
mayor a la consignada por los interesados en cada uno de los apartados del baremo de
méritos, salvo errores materiales, aritméticos o de hecho.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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de aviso de presentación servirá para agilizar, verificar y constatar la presentación de las
solicitudes en cada proceso selectivo.
4.3. A efectos del cumplimiento de la normativa de protección de datos personales
y garantía de derechos digitales, los datos contenidos en la solicitud-autobaremación
serán objeto de tratamiento automatizado por el órgano competente para el desarrollo
del proceso selectivo. Su cumplimentación será obligatoria para la admisión al proceso
selectivo, siendo necesaria la presentación del Anexo II firmado.