3. Otras disposiciones. . (2023/14-93)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Andalucía, correspondiente al ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Lunes, 23 de enero de 2023

página 1000/294

22.3. Cuestiones relevantes en determinadas agencias
22.27

La actuación de las agencias de régimen especial se produce con arreglo al plan de acción anual y al
pertinente contrato plurianual de gestión, en el que se definen los objetivos a perseguir, los resultados a obtener y, en general, la gestión a desarrollar.
Respecto a la ATRIAN, se mantiene en el ejercicio examinado el contrato plurianual de gestión de
la agencia para el periodo 2018-2021 aprobado mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de 3
de julio de 2018. Mediante Resolución de 29 de enero de 2021 del Consejo Rector se aprobó el
plan de acción anual correspondiente al ejercicio 2021.
Por lo que se refiere a la AGAPA, el contrato plurianual de gestión para el período 2021-2024 se
aprobó mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de 21 de diciembre de 2020 (BOJA nº 250 de
30 de diciembre de 2020). En cuanto al plan de acción anual fue aprobado por el Consejo Rector el
2 de marzo de 2021.
En relación con el SAE, por acuerdo del Consejo de Gobierno de 5 de mayo de 2020 (BOJA nº 89 de
12 de mayo de 2020), se aprueba el contrato plurianual de gestión para el periodo 2020-2021.
Respecto al plan de acción anual de esta agencia su aprobación, según Resolución de la Presidencia
del SAE, tuvo lugar el 31 de diciembre de 2020.

22.28

Las agencias de régimen especial se someten al control financiero permanente ejercido por la IGJA y
al régimen de contabilidad pública de acuerdo con el TRLGHP. No obstante, con base en lo previsto
en el artículo 94.4 del TRLGHP, por acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de agosto de 2021, se
someten a control previo determinados gastos de estas agencias. En concreto, gastos de la AGAPA y
la ATRIAN que requieran autorización del Consejo de Gobierno.
En cuanto al SAE, se someten a control previo, gastos en materia de personal, los imputados en los
capítulos 2, 3, 6 (a excepción de los gastos señalados en el acuerdo) y los gastos derivados de expedientes de subvenciones y ayudas públicas imputados a los capítulos 4 y 7. En esta agencia, al
igual que en la AGAPA, en relación con el personal no incluido en la aplicación SIRhUS, se someterán
a informe de fiscalización previa, al solo objeto de comprobar que constan las autorizaciones e
informes exigidos en la correspondiente Ley del Presupuesto de la CAA, la determinación o modificación de las retribuciones y demás condiciones de trabajo del personal, así como las contrataciones de personal con carácter fijo o indefinido.
En el SAS, las obligaciones de ejercicios anteriores imputadas con cargo al presupuesto del ejercicio
2021, han ascendido a 416,19 M€, cifra superior a la registrada en el ejercicio 2020 (64,82 M€). Casi
la totalidad de estas obligaciones proceden del ejercicio 2020 y, en su mayor parte, corresponden a
los capítulos 2 y 4. Las obligaciones imputadas a estos capítulos registran un incremento de 116,69
M€ y 176,26 M€, respectivamente. En el cuadro nº 22.6, se muestra un resumen, por capítulo y año
de origen, de estas obligaciones.

00276082

22.29

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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