3. Otras disposiciones. . (2023/14-93)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de la Cuenta General de la Junta de Andalucía, correspondiente al ejercicio 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 14 - Lunes, 23 de enero de 2023

página 1000/29

de minimizar el riesgo de prescripción de los posibles reintegros y de caducidad de los ya iniciados.
(Alta) (§§ 13.84 a 13.90 y 22.7)
8.11

Establecer mecanismos que garanticen la fiabilidad e integridad de los datos sobre efectivos de
personal por categorías y sectores con la información desagregada por sexo, remitida en cumplimiento de la Orden HAP/2015/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones
de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. (Media) (§§ 13.13, 23.41 y 24.41)

8.12

Depurar los saldos de los derechos pendientes de cobro de ejercicios anteriores, cuyo importe a
31 de diciembre de 2021 es de 1.783,07 M€ (de los que 951,50 M€ proceden de ejercicios anteriores a 2017) de manera que figuren registrados los que supongan realmente derechos a favor
de la Hacienda Pública de Andalucía. (Alta) (§§ 14.19 a 14.21 y 22.10)

8.13

Implantar el cálculo automático de la corrección valorativa por deterioro de los derechos pendientes de cobro que se consideren de dudoso cobro. (Media) (§§ 14.23)

8.14

Adaptar el contenido y estructura del resultado presupuestario para su homogeneización con el
establecido en el PGCP’2010, como plan marco aplicable al ámbito del sector público. (Alta)(§
15.3)

8.15

Aprobar una norma que determine y justifique las cuentas de extrapresupuestaria que deban
conformar los apartados relativos a operaciones no presupuestarias del Remanente de Tesorería
de la Junta de Andalucía, sus AAAA y ARES, en consonancia con lo establecido para la Administración General del Estado y para las Entidades Locales en sus planes e instrucciones de contabilidad, con el fin de que el contenido y cálculo de la mencionada magnitud sea normalizado, fiable
y razonado. (Alta) (§ 15.23)

8.16

Contabilizar en un servicio diferenciado los gastos financiados con la Ley 39/2006, de 14 de diciembre,
de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. (Alta)
(§ 15.40)

8.17

Mejorar los módulos de seguimiento de los gastos con financiación afectada, en especial, aquellos derivados del endeudamiento a largo plazo teniendo en cuenta el carácter afectado de parte
de esta fuente de financiación de acuerdo con lo establecido en los arts. 14 de la LOFCA y 66 del
TRLGHP. (Alta) (§ 15.41)
Estados de contabilidad financiera
A pesar de las modificaciones introducidas por la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto
de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, en la regulación del contenido de la
Cuenta General, continúa siendo necesario revisar la normativa al respecto en aras de evitar la
dispersión y atomización de la información y las discrepancias entre el TRLGHP, la orden de contabilidad pública y la Cuenta General rendida, así como de favorecer la armonización y homogenización de la misma. En tal sentido, los estados que pudieran integrar la Cuenta General deberían ser fundamentalmente los contemplados en el PGCP-2010, teniendo en cuenta que éste se

00276082

8.18

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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