3. Otras disposiciones. Universidades. (2023/13-54)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto de la Universidad de Cádiz para el ejercicio 2023.
253 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 987/53
ésta dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega de los bienes o servicios, a la cual se podrá
incorporar la factura correspondiente, conformada en el mismo acto.
Artículo 74. Ordenación del Pago.
1. La ordenación del pago es el acto mediante el cual se expide, en relación con una obligación reconocida
anteriormente, una orden de pago contra la tesorería de la Universidad.
2. La expedición de órdenes de pago con cargo al Presupuesto habrá de acomodarse al plan general que sobre
disposición de fondos de la Tesorería se haya establecido por el Rector.
Artículo 75. Pago material.
1. El pago material es el acto mediante el cual se satisfacen a los perceptores, a cuyo favor estuvieran
expedidas las órdenes de pago, los importes que figuran en las mismas, produciéndose la salida de fondos de la
tesorería de la Universidad, y determinando la cancelación de una determinada obligación reconocida
anteriormente.
2. Los pagos podrán realizarse “en firme” o “a justificar”. La Gerente podrá determinar la calificación de pago
urgente previa memoria explicativa del responsable de la Unidad de Gasto.
Artículo 76. Plazos y formas de pago.
1. La Universidad de Cádiz podrá hacer el pago de manera total o parcial, mediante abonos a cuenta o, en el
caso de contratos de tracto sucesivo, mediante pago en cada uno de los vencimientos que se hubiesen
estipulado. Se deberá expedir y entregar factura por las certificaciones de obra o los abonos a cuenta que se
tramiten con anterioridad al cumplimiento total del contrato. En estos casos, se hará indicación expresa de esta
circunstancia en las facturas correspondientes.
2. El medio preferente de pago es la transferencia bancaria. En casos excepcionales y/o por razones de
oportunidad se podrá utilizar el cheque nominativo o el pago en efectivo.
3. En su caso, el pago mediante tarjeta electrónica sólo se podrá realizar en los casos en los que así se autorice
expresamente por el Rector.
CAPÍTULO III. Cajas Habilitadas.
Artículo 77. Cajas Habilitadas autorizadas.
1. A fin de agilizar el proceso de pago, en el ejercicio 2023 funcionarán las siguientes Cajas Habilitadas:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
Área de Deportes.
Campus Bahía de Algeciras.
Campus de Cádiz.
Campus de Jerez.
Campus de Puerto Real.
Consejo Social.
Rectorado (Servicio de Gestión Económica, Contrataciones y Patrimonio).
2. A fin de agilizar el proceso de pago y adecuar el mismo a las necesidades de la estructura organizativa, la
Gerente podrá acordar la puesta en marcha de nuevas Cajas Habilitadas o modificar las existentes.
Artículo 78. Finalidad.
00276062
La finalidad de las Cajas Habilitadas es recibir los fondos que la Universidad de Cádiz le transfiera mediante
anticipos para atender las necesidades de las Unidades de Gastos correspondientes.
53
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 987/53
ésta dentro del mes siguiente de haberse producido la entrega de los bienes o servicios, a la cual se podrá
incorporar la factura correspondiente, conformada en el mismo acto.
Artículo 74. Ordenación del Pago.
1. La ordenación del pago es el acto mediante el cual se expide, en relación con una obligación reconocida
anteriormente, una orden de pago contra la tesorería de la Universidad.
2. La expedición de órdenes de pago con cargo al Presupuesto habrá de acomodarse al plan general que sobre
disposición de fondos de la Tesorería se haya establecido por el Rector.
Artículo 75. Pago material.
1. El pago material es el acto mediante el cual se satisfacen a los perceptores, a cuyo favor estuvieran
expedidas las órdenes de pago, los importes que figuran en las mismas, produciéndose la salida de fondos de la
tesorería de la Universidad, y determinando la cancelación de una determinada obligación reconocida
anteriormente.
2. Los pagos podrán realizarse “en firme” o “a justificar”. La Gerente podrá determinar la calificación de pago
urgente previa memoria explicativa del responsable de la Unidad de Gasto.
Artículo 76. Plazos y formas de pago.
1. La Universidad de Cádiz podrá hacer el pago de manera total o parcial, mediante abonos a cuenta o, en el
caso de contratos de tracto sucesivo, mediante pago en cada uno de los vencimientos que se hubiesen
estipulado. Se deberá expedir y entregar factura por las certificaciones de obra o los abonos a cuenta que se
tramiten con anterioridad al cumplimiento total del contrato. En estos casos, se hará indicación expresa de esta
circunstancia en las facturas correspondientes.
2. El medio preferente de pago es la transferencia bancaria. En casos excepcionales y/o por razones de
oportunidad se podrá utilizar el cheque nominativo o el pago en efectivo.
3. En su caso, el pago mediante tarjeta electrónica sólo se podrá realizar en los casos en los que así se autorice
expresamente por el Rector.
CAPÍTULO III. Cajas Habilitadas.
Artículo 77. Cajas Habilitadas autorizadas.
1. A fin de agilizar el proceso de pago, en el ejercicio 2023 funcionarán las siguientes Cajas Habilitadas:
a)
b)
c)
d)
e)
f)
g)
Área de Deportes.
Campus Bahía de Algeciras.
Campus de Cádiz.
Campus de Jerez.
Campus de Puerto Real.
Consejo Social.
Rectorado (Servicio de Gestión Económica, Contrataciones y Patrimonio).
2. A fin de agilizar el proceso de pago y adecuar el mismo a las necesidades de la estructura organizativa, la
Gerente podrá acordar la puesta en marcha de nuevas Cajas Habilitadas o modificar las existentes.
Artículo 78. Finalidad.
00276062
La finalidad de las Cajas Habilitadas es recibir los fondos que la Universidad de Cádiz le transfiera mediante
anticipos para atender las necesidades de las Unidades de Gastos correspondientes.
53
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja