3. Otras disposiciones. Universidades. (2023/13-54)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Universidad de Cádiz, por la que se publica el Presupuesto de la Universidad de Cádiz para el ejercicio 2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023

página 987/27

a) Los Vicerrectores y cargos asimilados, Defensora Universitaria, Inspectora General de Servicios,
Secretario General y Directores Generales que tengan asignadas dotaciones presupuestarias
específicas.
b) La Gerente.
c)

El Secretario del Consejo Social.

d) Los Decanos y Directores de Centros.
e) Los Directores de Departamentos.
f)

Los Directores de las Unidades de Apoyo.

g) Los Directores de Servicios Centralizados.
h) Los Administradores de Campus y Directores de Área que tengan autorizadas dotaciones
presupuestarias específicas.
i)

Los Directores de Secretariado que tengan autorizadas dotaciones presupuestarias específicas.

j)

Los investigadores principales de los proyectos, contratos y grupos de investigación, en los estrictos
términos previstos en la normativa o acuerdos que los regulen, así como los responsables directos de
la gestión económica de otras subvenciones y ayudas concedidas a la Universidad de Cádiz destinadas
a un fin específico.

k) Los Coordinadores de cursos de posgrado, másteres oficiales o propios y programas de doctorado.
l)

Los Responsables de órganos de representación del personal.

m) Aquellos otros que puedan ser autorizados, en especial, los que se nombren como consecuencia de la
apertura de las Secciones Departamentales como Unidad de Gasto.
4. A los efectos de ejercer las funciones que tienen encomendadas, los responsables de las Unidades de Gasto
deberán estar en situación de activo o asimilada.
5. La Gerente podrá autorizar la apertura de Unidades de Gasto independientes con la finalidad de mejorar la
gestión y justificación de los ingresos que reciba la Universidad de Cádiz para actividades específicas
diferenciadas, entendiendo como tales, entre otras, las relativas a cursos, seminarios, congresos y cualquier
otro evento de estas características.
6. En caso de ausencia o enfermedad del titular de una Unidad de Gasto, éste podrá delegar por escrito en otra
persona las competencias relativas a la gestión de las dotaciones presupuestarias, asumiéndolas el responsable
de la Unidad de Gasto como propias. A efectos de la conformidad de facturas y otros documentos, una copia
de la citada delegación será remitida a la Unidad Tramitadora asignada a la Unidad, con copia a la Gerente.

8. Cuando se produzcan ausencias y no exista una delegación por escrito, ni regulación específica en la
normativa de la Universidad de Cádiz aplicable con carácter subsidiario, el Rector podrá nombrar
provisionalmente un titular de la Unidad de Gasto a fin de garantizar la continuidad de la gestión
presupuestaria.

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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00276062

7. En caso de ausencia o enfermedad del titular de una Unidad de Gasto, sin que medie una delegación de
competencias por escrito, asumirá provisionalmente la gestión presupuestaria y económica de la misma aquel
cargo académico al que la normativa interna de la Universidad de Cádiz (Reglamento de Funcionamiento de las
Facultades y Escuelas, Reglamento de Funcionamiento de los Departamentos y demás normativa de naturaleza
similar) asigne estas funciones en dichas situaciones.