3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2023/13-53)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización de los Fondos de Compensación Interterritorial, correspondiente al ejercicio 2021.
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BOJA
6.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 998/5
La auditoría se ha realizado de conformidad con las NIA-ES-SP, así como con los principios
fundamentales de fiscalización de las Instituciones Públicas de Control Externo, desarrollados en
guías prácticas de fiscalización; en concreto, respecto a las de tercer nivel, se tendrán en cuenta
fundamentalmente la ISSAI-ES 100 “Principios fundamentales de fiscalización del sector público”
y la ISSAI-ES 400 “Principios fundamentales de la fiscalización de cumplimiento”.
Dichos principios exigen que la Cámara de Cuentas de Andalucía cumpla los requerimientos de
ética, y que se planifique y ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de
que la gestión de los FCI resulte, en todos los aspectos significativos, conforme con la normativa
aplicable.
Una fiscalización requiere la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría
sobre la legalidad de las operaciones. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del
auditor, incluida la valoración de los riesgos de incumplimientos significativos de la legalidad. Al
efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno relevante
para garantizar dicho cumplimiento, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que
sean adecuados en función de las circunstancias, y no con la finalidad de expresar una opinión
sobre la eficacia del control interno de la entidad.
7.
Se considera que la evidencia de auditoría que se obtiene con el trabajo realizado proporciona
una base suficiente y adecuada para fundamentar una opinión de auditoría de cumplimiento con
salvedades sobre el grado de ejecución de los proyectos de los FCI y la legalidad de las
actuaciones realizadas por los gestores de estos fondos, en lo que respecta a la naturaleza de los
gastos realizados y a las modificaciones de los proyectos inicialmente aprobados. Los trabajos de
campo finalizaron en el mes de septiembre de 2022.
4. OPINIÓN CON SALVEDADES
8.
En opinión de la Cámara de Cuentas de Andalucía, excepto por la salvedad descrita en el epígrafe
“Fundamentos de la opinión con salvedades”, el grado de ejecución de los proyectos del FCI y las
actuaciones realizadas por los gestores de estos fondos, en lo que respecta a la naturaleza de los
gastos realizados y a las modificaciones de los proyectos inicialmente aprobados, resultan
conformes, en todos los aspectos significativos, con el marco normativo de aplicación.
5. FUNDAMENTO DE LA OPINIÓN CON SALVEDADES
Siguiendo las recomendaciones contenidas en anteriores informes, a lo largo del ejercicio 2021
se han ido incorporando en el sistema GIRO una serie de hitos que conforman las tareas de
Programación, Reprogramación y Certificación del FCI, facilitando, en dicho sistema, el
seguimiento de la ejecución de los proyectos. No obstante, en dicho ejercicio, la información que
figura en la liquidación del presupuesto de gastos de la Cuenta General no permite realizar un
seguimiento de la ejecución de los proyectos desde los citados aplicativos, de las unidades físicas
ejecutadas y de su coste. Ello impide dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 10.3 de la
Ley 22/2001, del 27 de diciembre. (§A.23)
00276083
9.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
6.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 998/5
La auditoría se ha realizado de conformidad con las NIA-ES-SP, así como con los principios
fundamentales de fiscalización de las Instituciones Públicas de Control Externo, desarrollados en
guías prácticas de fiscalización; en concreto, respecto a las de tercer nivel, se tendrán en cuenta
fundamentalmente la ISSAI-ES 100 “Principios fundamentales de fiscalización del sector público”
y la ISSAI-ES 400 “Principios fundamentales de la fiscalización de cumplimiento”.
Dichos principios exigen que la Cámara de Cuentas de Andalucía cumpla los requerimientos de
ética, y que se planifique y ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de
que la gestión de los FCI resulte, en todos los aspectos significativos, conforme con la normativa
aplicable.
Una fiscalización requiere la aplicación de procedimientos para obtener evidencia de auditoría
sobre la legalidad de las operaciones. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del
auditor, incluida la valoración de los riesgos de incumplimientos significativos de la legalidad. Al
efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno relevante
para garantizar dicho cumplimiento, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que
sean adecuados en función de las circunstancias, y no con la finalidad de expresar una opinión
sobre la eficacia del control interno de la entidad.
7.
Se considera que la evidencia de auditoría que se obtiene con el trabajo realizado proporciona
una base suficiente y adecuada para fundamentar una opinión de auditoría de cumplimiento con
salvedades sobre el grado de ejecución de los proyectos de los FCI y la legalidad de las
actuaciones realizadas por los gestores de estos fondos, en lo que respecta a la naturaleza de los
gastos realizados y a las modificaciones de los proyectos inicialmente aprobados. Los trabajos de
campo finalizaron en el mes de septiembre de 2022.
4. OPINIÓN CON SALVEDADES
8.
En opinión de la Cámara de Cuentas de Andalucía, excepto por la salvedad descrita en el epígrafe
“Fundamentos de la opinión con salvedades”, el grado de ejecución de los proyectos del FCI y las
actuaciones realizadas por los gestores de estos fondos, en lo que respecta a la naturaleza de los
gastos realizados y a las modificaciones de los proyectos inicialmente aprobados, resultan
conformes, en todos los aspectos significativos, con el marco normativo de aplicación.
5. FUNDAMENTO DE LA OPINIÓN CON SALVEDADES
Siguiendo las recomendaciones contenidas en anteriores informes, a lo largo del ejercicio 2021
se han ido incorporando en el sistema GIRO una serie de hitos que conforman las tareas de
Programación, Reprogramación y Certificación del FCI, facilitando, en dicho sistema, el
seguimiento de la ejecución de los proyectos. No obstante, en dicho ejercicio, la información que
figura en la liquidación del presupuesto de gastos de la Cuenta General no permite realizar un
seguimiento de la ejecución de los proyectos desde los citados aplicativos, de las unidades físicas
ejecutadas y de su coste. Ello impide dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 10.3 de la
Ley 22/2001, del 27 de diciembre. (§A.23)
00276083
9.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja