3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2023/13-51)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de los libramientos pendientes de justificar fuera de plazo en la Junta de Andalucía. 2019.
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BOJA

A.119

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023

página 996/73

En cuanto a la información total sobre los cobros y pagos realizados por IDEA en ejecución de
la encomienda de la Orden de 27 de abril de 2010, con la certificación de IDEA que consta en
el expediente se evidencia que los cobros recibidos coinciden con lo previsto (54.174.366 €).
Sin embargo, los pagos realizados por la Agencia IDEA han sido12948, por un importe global de
38.528.150 €, es decir, existe una diferencia entre cobros y pagos de 15.636.215,91 euros a
favor de la Consejería con competencias en materia de Empleo. Dicha diferencia se puso de
manifiesto en el Acta del Comité de Coordinación y Seguimiento de 15 de enero de 2019. La
Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral indica que esta diferencia derivará en la
tramitación del correspondiente procedimiento de reintegro. A la fecha de cierre de los
trabajos de campo no se ha obtenido evidencia de que se haya tramitado dicho expediente de
reintegro.49

LPJFP por ayudas sociolaborales imputadas al presupuesto de 2011
A.120

En los tres libramientos imputados al presupuesto de 201150 se reconoce mediante
resoluciones de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo el derecho de los
trabajadores a la percepción de las cantidades derivadas de un seguro de renta, cuyo pago
había sido suspendido por resolución del Viceconsejero de Empleo. Se aprueban encomiendas
de gestión a IDEA para la tramitación y refinanciación de las pólizas de seguros
correspondientes.

A.121

En el expediente consta certificación general de haber procedido al pago (por la cuantía
global), así como acreditación por parte de las aseguradoras de la recepción global de los
fondos. Pero no se ofrece detalle alguno del seguimiento y comprobación de la actualización
de los pagos de la póliza de seguros de rentas respecto a sus beneficiarios, con la consiguiente
verificación de cuantías previa a efectuar los pagos a la compañía aseguradora, tal como se
recoge en la Orden de Encomienda.

A.122

Por tanto, no queda acreditado el cumplimiento de las obligaciones de comprobación y
seguimiento de estas encomiendas que debieron efectuar en su día los órganos gestores: la
Dirección de Finanzas de la Agencia IDEA, y el Servicio de Ordenación y Coordinación Laboral
de la DG de Trabajo de la Consejería de Empleo.51

A.123

La IGJA mantiene el criterio de que la Consejería debe justificar estos libramientos como si de
una subvención se tratase, comprendiendo la documentación justificativa las resoluciones de
concesión a los distintos beneficiarios y el certificado acreditativo del empleo de las
subvenciones contemplado en el art. 40 RIJA, donde el beneficiario es la entidad receptora
final de la subvención otorgada.52 53

Según dicho listado son 52 los beneficiarios de las ayudas por importes que oscilan entre los 37.500 euros y los 5.915.580,75 euros. La
mayor parte de los beneficiarios (36) tienen sus pagos vinculados a cuentas bancarias de compañías aseguradoras, por estar vinculadas
a pólizas de seguro de rentas, mientras que los 16 restantes han recibido pagos a cuentas a nombre del propio beneficiario.
49
Punto modificado por alegación presentada.
50 E.4, E.5 y E.6.
51
Punto modificado por alegaciones presentadas.
52
La IGJA ha fiscalizado de disconformidad una propuesta de documento contable J relativa al LPJ E.06, en la que se adjuntaba como
documentación justificativa la acreditación de la recepción de las transferencias por parte de IDEA.
53
Punto modificado por alegación presentada.

00276081

48

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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