3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2023/13-51)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de los libramientos pendientes de justificar fuera de plazo en la Junta de Andalucía. 2019.
126 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 996/17
Todo ello en virtud de lo dispuesto en el art. 56.4 del Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el
que se regula la organización y el funcionamiento de la TGJA y la gestión recaudatoria7.
De acuerdo con los arts. 4 y 25 de la Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la
contabilidad de la Junta de Andalucía, los documentos contables de justificación (documentos J)
se tramitan en dos fases:
35
•
•
En la fase de propuesta, corresponden a las distintas oficinas de gestión y habrán de estar
suscritos por los órganos competentes.
En la fase de documento contable, serán debidamente intervenidos con la firma de la
persona titular de la Intervención competente.
Así mismo, corresponde a la IGJA formar la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de
Andalucía (art. 101 TRLGHP), que incluye un estado demostrativo de los libramientos pendientes
de justificar que se encuentren fuera de plazo (art. 56.1 de la Orden de 19 de febrero de 2015,
por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía).
36
4. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA
37
La responsabilidad de la Cámara de Cuentas de Andalucía es la de expresar una opinión sobre si
los LPJFP a finales del ejercicio presupuestario de 2019 cumplen en todos los aspectos
significativos con las disposiciones aplicables identificadas como marco legal. En el anexo 1 se
recoge la principal normativa aplicable. En la realización de la fiscalización de cumplimiento se
han tenido en cuenta aspectos financieros, más concretamente, los relativos al reflejo en los
estados de LPJFP incluidos en la Cuenta General de 2019.
38
Para ello, la fiscalización se ha llevado a cabo de conformidad con los principios fundamentales
de fiscalización de las Instituciones Públicas de Control Externo, desarrollados en guías prácticas
de fiscalización. En particular, se han considerado la ISSAI-ES 400 “Principios fundamentales de
la fiscalización de cumplimiento” y la ISSAI 4000 “Directrices para la fiscalización de
cumplimiento” y las guías prácticas de fiscalización 4000 “Guía para las auditorías de
cumplimiento” y 4320 “Guía sobre la importancia relativa en las fiscalizaciones de cumplimiento
de legalidad”. Para las cuestiones de carácter financiero que se incluyen en el informe se han
tenido en cuenta la ISSAI-ES 200 “Principios fundamentales de la fiscalización o auditoría
financiera”. Así mismo se han considerado la NIA-ES-SP 1200 “Objetivos globales del auditor
público y realización de la auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría
adaptadas para su aplicación al Sector Público Español” y la NIA-ES-SP 1300 “Planificación de
auditoría de estados financieros”.
39
Dichos principios exigen el cumplimiento de los requerimientos de ética, así como la planificación
y ejecución de la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los LPJFP
incluidos en la Cuenta General del ejercicio 2019 resultan conformes, en todos los aspectos
significativos, con la normativa aplicable.
Esta es la norma aplicable durante el periodo fiscalizado. El 31 de julio de 2021 entró en vigor el Decreto 197/2021, de 20 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión
recaudatoria.
00276081
7
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 996/17
Todo ello en virtud de lo dispuesto en el art. 56.4 del Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el
que se regula la organización y el funcionamiento de la TGJA y la gestión recaudatoria7.
De acuerdo con los arts. 4 y 25 de la Orden de 19 de febrero de 2015, por la que se regula la
contabilidad de la Junta de Andalucía, los documentos contables de justificación (documentos J)
se tramitan en dos fases:
35
•
•
En la fase de propuesta, corresponden a las distintas oficinas de gestión y habrán de estar
suscritos por los órganos competentes.
En la fase de documento contable, serán debidamente intervenidos con la firma de la
persona titular de la Intervención competente.
Así mismo, corresponde a la IGJA formar la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de
Andalucía (art. 101 TRLGHP), que incluye un estado demostrativo de los libramientos pendientes
de justificar que se encuentren fuera de plazo (art. 56.1 de la Orden de 19 de febrero de 2015,
por la que se regula la contabilidad pública de la Junta de Andalucía).
36
4. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA
37
La responsabilidad de la Cámara de Cuentas de Andalucía es la de expresar una opinión sobre si
los LPJFP a finales del ejercicio presupuestario de 2019 cumplen en todos los aspectos
significativos con las disposiciones aplicables identificadas como marco legal. En el anexo 1 se
recoge la principal normativa aplicable. En la realización de la fiscalización de cumplimiento se
han tenido en cuenta aspectos financieros, más concretamente, los relativos al reflejo en los
estados de LPJFP incluidos en la Cuenta General de 2019.
38
Para ello, la fiscalización se ha llevado a cabo de conformidad con los principios fundamentales
de fiscalización de las Instituciones Públicas de Control Externo, desarrollados en guías prácticas
de fiscalización. En particular, se han considerado la ISSAI-ES 400 “Principios fundamentales de
la fiscalización de cumplimiento” y la ISSAI 4000 “Directrices para la fiscalización de
cumplimiento” y las guías prácticas de fiscalización 4000 “Guía para las auditorías de
cumplimiento” y 4320 “Guía sobre la importancia relativa en las fiscalizaciones de cumplimiento
de legalidad”. Para las cuestiones de carácter financiero que se incluyen en el informe se han
tenido en cuenta la ISSAI-ES 200 “Principios fundamentales de la fiscalización o auditoría
financiera”. Así mismo se han considerado la NIA-ES-SP 1200 “Objetivos globales del auditor
público y realización de la auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría
adaptadas para su aplicación al Sector Público Español” y la NIA-ES-SP 1300 “Planificación de
auditoría de estados financieros”.
39
Dichos principios exigen el cumplimiento de los requerimientos de ética, así como la planificación
y ejecución de la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los LPJFP
incluidos en la Cuenta General del ejercicio 2019 resultan conformes, en todos los aspectos
significativos, con la normativa aplicable.
Esta es la norma aplicable durante el periodo fiscalizado. El 31 de julio de 2021 entró en vigor el Decreto 197/2021, de 20 de julio, por
el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y de la gestión
recaudatoria.
00276081
7
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja