3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2023/13-51)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de los libramientos pendientes de justificar fuera de plazo en la Junta de Andalucía. 2019.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 996/16
En función del tipo de entidad local, la mayor parte corresponde a LPJFP realizados a los
municipios de más de 50.000 habitantes (70,12 M€, lo que supone el 48,90% del importe total).
Los mayores importes, en términos absolutos, corresponden a los municipios de Sevilla (7,92 M€)
y Jerez de la Frontera (8,72 M€). Si el cálculo se hace de forma proporcional a la población, los
mayores importes corresponden al Puerto de Santa María (70,02 € por habitante) y Alcalá de
Guadaira (46,22 € por habitante)6. (§ apéndice 9.3).
32
Por lo que se refiere a los libramientos realizados a las universidades públicas (40,12 M€), el
mayor importe de LPJFP (61,27% del total) se corresponde con nueve transferencias de
asignación nominativa (una por cada universidad pública andaluza con excepción de la UNIA),
correspondientes al ejercicio 2017.
Los mayores saldos corresponden a la Universidad de Granada con 12,78 M€ y a la Universidad
de Sevilla con 6,70 M€ (lo que supone el 31,86% y el 16,72% respectivamente). (§ apéndice 9.4).
3. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA
JUNTA DE ANDALUCÍA Y SUS AGENCIAS EN RELACIÓN CON LOS
LIBRAMIENTOS PENDIENTES DE JUSTIFICAR FUERA DE PLAZO
33
La Junta de Andalucía debe garantizar que las actividades, operaciones presupuestarias y
financieras y la información reflejada en sus estados financieros resultan conformes con las
normas aplicables. Así mismo es responsable del sistema de control interno que consideren
necesario para garantizar que la actividad revisada esté libre de incumplimientos legales y de
incorrecciones materiales debidas a fraude o error. Todo ello en virtud del sometimiento de la
Administración de la Hacienda de la Junta de Andalucía a los principios presupuestarios
regulados en el art. 9.1 TRLGHP.
34
Se entiende por justificación la aportación por la persona acreedora, al órgano concedente, de
los documentos demostrativos de los gastos realizados con cargo a los fondos que fueron
librados o pagados. Los órganos gestores deben acreditar la justificación de los pagos realizados
a justificar y de los pagos en firme con justificación diferida.
En aplicación del régimen de contabilidad pública en cuanto al seguimiento de los documentos
contables con fase de pago sujetos a cualquier tipo de justificación posterior, las personas
interventoras cuidarán bajo su responsabilidad que la justificación definitiva se efectúe en los
plazos correspondientes, y a tal efecto expedirán requerimientos que remitirán a los órganos
gestores competentes para que acrediten la justificación de las obligaciones pendientes que se
encuentren fuera de plazo, con indicación de las actuaciones que procedan y el régimen de
responsabilidad a que haya lugar en caso de que no sean atendidos.
Cuando se trate de pagos de justificación diferida en materia de subvenciones el requerimiento,
que contendrá la alusión a la necesidad de iniciar el procedimiento de reintegro, también podrá
incluir la relación de pagos que estando ya fuera de plazo de justificación puedan estar incursos
en posible causa de prescripción.
Para este cálculo se ha elaborado el indicador “importe de LPJ/número de habitantes”.
00276081
6
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 996/16
En función del tipo de entidad local, la mayor parte corresponde a LPJFP realizados a los
municipios de más de 50.000 habitantes (70,12 M€, lo que supone el 48,90% del importe total).
Los mayores importes, en términos absolutos, corresponden a los municipios de Sevilla (7,92 M€)
y Jerez de la Frontera (8,72 M€). Si el cálculo se hace de forma proporcional a la población, los
mayores importes corresponden al Puerto de Santa María (70,02 € por habitante) y Alcalá de
Guadaira (46,22 € por habitante)6. (§ apéndice 9.3).
32
Por lo que se refiere a los libramientos realizados a las universidades públicas (40,12 M€), el
mayor importe de LPJFP (61,27% del total) se corresponde con nueve transferencias de
asignación nominativa (una por cada universidad pública andaluza con excepción de la UNIA),
correspondientes al ejercicio 2017.
Los mayores saldos corresponden a la Universidad de Granada con 12,78 M€ y a la Universidad
de Sevilla con 6,70 M€ (lo que supone el 31,86% y el 16,72% respectivamente). (§ apéndice 9.4).
3. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA
JUNTA DE ANDALUCÍA Y SUS AGENCIAS EN RELACIÓN CON LOS
LIBRAMIENTOS PENDIENTES DE JUSTIFICAR FUERA DE PLAZO
33
La Junta de Andalucía debe garantizar que las actividades, operaciones presupuestarias y
financieras y la información reflejada en sus estados financieros resultan conformes con las
normas aplicables. Así mismo es responsable del sistema de control interno que consideren
necesario para garantizar que la actividad revisada esté libre de incumplimientos legales y de
incorrecciones materiales debidas a fraude o error. Todo ello en virtud del sometimiento de la
Administración de la Hacienda de la Junta de Andalucía a los principios presupuestarios
regulados en el art. 9.1 TRLGHP.
34
Se entiende por justificación la aportación por la persona acreedora, al órgano concedente, de
los documentos demostrativos de los gastos realizados con cargo a los fondos que fueron
librados o pagados. Los órganos gestores deben acreditar la justificación de los pagos realizados
a justificar y de los pagos en firme con justificación diferida.
En aplicación del régimen de contabilidad pública en cuanto al seguimiento de los documentos
contables con fase de pago sujetos a cualquier tipo de justificación posterior, las personas
interventoras cuidarán bajo su responsabilidad que la justificación definitiva se efectúe en los
plazos correspondientes, y a tal efecto expedirán requerimientos que remitirán a los órganos
gestores competentes para que acrediten la justificación de las obligaciones pendientes que se
encuentren fuera de plazo, con indicación de las actuaciones que procedan y el régimen de
responsabilidad a que haya lugar en caso de que no sean atendidos.
Cuando se trate de pagos de justificación diferida en materia de subvenciones el requerimiento,
que contendrá la alusión a la necesidad de iniciar el procedimiento de reintegro, también podrá
incluir la relación de pagos que estando ya fuera de plazo de justificación puedan estar incursos
en posible causa de prescripción.
Para este cálculo se ha elaborado el indicador “importe de LPJ/número de habitantes”.
00276081
6
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja