3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2023/13-50)
Resolución de 16 de enero de 2023, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización de la contabilidad electoral de las elecciones al Parlamento de Andalucía 2022.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023

página 995/35

La subvención por envío de propaganda electoral (artículo 47 de la LEA) se cuantifica mediante un
determinado importe por elector que varía en función del porcentaje de votos obtenidos por cada
formación política respecto del número total de votos válidos. Resultan necesarias ciertas precisiones: solo se abonará cuando la formación política haya obtenido, al menos, un escaño y supere el
5% del total de votos válidos emitidos y esta cantidad no se incluye dentro del límite de gastos
electorales (salvo aquella cuantía que pudiera resultar no subvencionable).
La escala prevista es la siguiente:
SUBVENCIÓN ENVÍO PROPAGANDA ELECTORAL
% de votos obtenidos
Importe por elector (€)
respecto total votos válidos
5%-10%
0,1215
10%-15%
0,1648
15%-20%
0,1995
20%-25%
0,2430
25%-30%
0,2776
30-35%
0,3210
Más del 35%
0,3643
Fuente: Orden de la CHFE 28 de abril de 2022.
Cuadro nº 21
Elaboración propia.

El importe por elector correspondiente a cada formación política, según se deduce de la Resolución
de la Junta Electoral de Andalucía de 6 de julio de 2022 y de la Orden de la CHFE de 28 de abril de
2022, se presenta en el siguiente cuadro. Las formaciones Adelante Andalucía y Ciudadanos no tienen
derecho a subvención al no cumplir los requisitos establecidos en el artículo 47.1 a), ya que no alcanzan el 5% del total de votos válidos y/o al menos, un escaño.
IMPORTE POR ELECTOR QUE CORRESPONDE A CADA FORMACIÓN POR SUBVENCIÓN
POR ENVÍO DE PUBLICIDAD Y PROPAGANDA ELECTORAL

FORMACIONES POLÍTICAS

VOTOS

Euros

IMPORTE
TOTAL VOTOS
% VOTOS
VÁLIDOS
POR ELECTOR

PARTIDO POPULAR
1.589.272
3.686.377
43,11%
0,3643 €
PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL DE ANDALUCÍA
888.325
3.686.377
24,10%
0,2430 €
VOX
496.618
3.686.377
13,47%
0,1648 €
POR ANDALUCÍA
284.027
3.686.377
7,70%
0,1215 €
ADELANTE ANDALUCÍA
168.960
3.686.377
4,58%
0,0000 €
CIUDADANOS
121.567
3.686.377
3,30%
0,0000 €
Fuente: Orden de la CHFE de 28 de abril de 2022.
Cuadro nº 22
Informe de actividad fiscalizadora de la JEA aprobado en sesión celebrada el 28 de octubre de 2022 rectificado mediante oficio de la
JEA recibido el 08 de noviembre de 2022.Elaboración propia.

00276078

Teniendo en cuenta que la cifra de electores es de 6.641.903, la subvención por envío directo de
propaganda y publicidad electoral que podría corresponder a cada una de las formaciones con derecho a su percepción se expone en el siguiente cuadro.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja