5. Anuncios. Ayuntamientos. (2023/13-118)
Anuncio de 16 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Fuente Palmera, por el que se publica el Decreto de Alcaldía de aprobación de las bases reguladoras de la convocatoria y proceso de selección para proveer en propiedad varias plazas de personal funcionario y laboral, en el marco del procedimiento de estabilización de empleo temporal de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, por el sistema de concurso. (PP. 3878/2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 21032/6
- Experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos
de carácter excepcional de estabilización del empleo temporal de la Ley 20/2021 es
reducir la temporalidad de los empleados públicos a fin de posibilitar su estabilización. La
valoración máxima de este apartado será de hasta 90 puntos:
A. Experiencia en la Administración Pública convocante, en el cuerpo, escala,
categoría o equivalente correspondiente a la plaza a la que se aspira (máximo 81 puntos).
- Se valorará el tiempo de servicios prestados, como funcionario interino o personal
laboral temporal, en cuerpo, escala, categoría o equivalente correspondiente a la que
se convoca dentro del Ayuntamiento de Fuente Palmera, al tratarse de un proceso
extraordinario de estabilización de empleo temporal, a razón de 0,9 puntos por mes de
servicio hasta la fecha de terminación del plazo de admisión de instancias.
- Se valorará el tiempo de servicios prestados, como funcionario interino o personal
laboral temporal, en cuerpo, escala, categoría o equivalente correspondiente a la que se
convoca en otras Administraciones Públicas a razón de 0,2 puntos por mes de servicio
hasta la fecha de terminación del plazo de admisión de instancias.
B. Experiencia en la Administración Pública (máximo 9 puntos).
- Se valorará el tiempo de servicios prestados, como funcionario interino o personal
laboral temporal, en la Administración Pública, a razón de 0,35 puntos por mes de servicio
hasta la fecha de terminación del plazo de admisión de instancias.
- El tiempo de prestación de servicios desarrollado en el Ayuntamiento de Fuente
Palmera será aportado de oficio por el Servicio de Personal referidos siempre a la
fecha de terminación del plazo de admisión de instancias, sin perjuicio de su alegación
obligatoria por la persona interesada.
- El tiempo de prestación de servicios desarrollado en otras Administraciones
Públicas se acreditará mediante Certificado de Servicios Prestados emitido por el órgano
competente de la Administración donde se hubiesen efectuado, debiéndose indicar
obligatoriamente además la denominación exacta de la plaza desempeñada, el grupo/
subgrupo de clasificación, escala, subescala y clase, su régimen funcionarial o laboral,
todo ello durante el tiempo de 20 días hábiles establecido para la presentación de
solicitudes al presente proceso selectivo.
- Se valorarán en la actual plaza los servicios prestados en el Ayuntamiento de Fuente
Palmera en las plazas extintas de origen o que hayan modificado su denominación por
modificaciones normativas o de plantilla.
- En el supuesto de que se hayan simultaneado dos o más contratos en las mismas fechas,
se valorará únicamente aquél del que se derive la puntuación más favorable para el interesado.
- Se considerarán servicios prestados los períodos de excedencia forzosa,
excedencia voluntaria por cuidado de hijos o de un familiar a su cargo, excedencia por
razón de violencia de género, excedencia por razón de violencia terrorista, incapacidad
laboral, permiso de maternidad y paternidad, situación de riesgo durante el embarazo, la
adopción y acogimiento tanto preadoptivo como permanente.
- Para la valoración de los servicios prestados por meses, cuando no sean
meses completos, se sumarán los días sueltos, dividiéndose el resultado por treinta,
computándose como mes completo las fracciones igual o superiores a 15 días,
despreciándose del resultado final aquellas que sean inferiores a 15 días.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274511
Básico del Empleado Público, la selección de las personas para las plazas convocadas
se llevará a cabo a través del sistema de concurso.
El concurso, cuya calificación final no podrá ser superior a 100 puntos, consistirá
en la valoración por el Tribunal de Selección, con arreglo al baremo que se detalla a
continuación, de los méritos alegados y acreditados por las personas participantes,
referidos al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Con carácter general serán méritos evaluables en esta fase los siguientes méritos, de
acuerdo con el baremo que se indica:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Viernes, 20 de enero de 2023
página 21032/6
- Experiencia profesional, teniendo en cuenta que el objetivo de los procesos selectivos
de carácter excepcional de estabilización del empleo temporal de la Ley 20/2021 es
reducir la temporalidad de los empleados públicos a fin de posibilitar su estabilización. La
valoración máxima de este apartado será de hasta 90 puntos:
A. Experiencia en la Administración Pública convocante, en el cuerpo, escala,
categoría o equivalente correspondiente a la plaza a la que se aspira (máximo 81 puntos).
- Se valorará el tiempo de servicios prestados, como funcionario interino o personal
laboral temporal, en cuerpo, escala, categoría o equivalente correspondiente a la que
se convoca dentro del Ayuntamiento de Fuente Palmera, al tratarse de un proceso
extraordinario de estabilización de empleo temporal, a razón de 0,9 puntos por mes de
servicio hasta la fecha de terminación del plazo de admisión de instancias.
- Se valorará el tiempo de servicios prestados, como funcionario interino o personal
laboral temporal, en cuerpo, escala, categoría o equivalente correspondiente a la que se
convoca en otras Administraciones Públicas a razón de 0,2 puntos por mes de servicio
hasta la fecha de terminación del plazo de admisión de instancias.
B. Experiencia en la Administración Pública (máximo 9 puntos).
- Se valorará el tiempo de servicios prestados, como funcionario interino o personal
laboral temporal, en la Administración Pública, a razón de 0,35 puntos por mes de servicio
hasta la fecha de terminación del plazo de admisión de instancias.
- El tiempo de prestación de servicios desarrollado en el Ayuntamiento de Fuente
Palmera será aportado de oficio por el Servicio de Personal referidos siempre a la
fecha de terminación del plazo de admisión de instancias, sin perjuicio de su alegación
obligatoria por la persona interesada.
- El tiempo de prestación de servicios desarrollado en otras Administraciones
Públicas se acreditará mediante Certificado de Servicios Prestados emitido por el órgano
competente de la Administración donde se hubiesen efectuado, debiéndose indicar
obligatoriamente además la denominación exacta de la plaza desempeñada, el grupo/
subgrupo de clasificación, escala, subescala y clase, su régimen funcionarial o laboral,
todo ello durante el tiempo de 20 días hábiles establecido para la presentación de
solicitudes al presente proceso selectivo.
- Se valorarán en la actual plaza los servicios prestados en el Ayuntamiento de Fuente
Palmera en las plazas extintas de origen o que hayan modificado su denominación por
modificaciones normativas o de plantilla.
- En el supuesto de que se hayan simultaneado dos o más contratos en las mismas fechas,
se valorará únicamente aquél del que se derive la puntuación más favorable para el interesado.
- Se considerarán servicios prestados los períodos de excedencia forzosa,
excedencia voluntaria por cuidado de hijos o de un familiar a su cargo, excedencia por
razón de violencia de género, excedencia por razón de violencia terrorista, incapacidad
laboral, permiso de maternidad y paternidad, situación de riesgo durante el embarazo, la
adopción y acogimiento tanto preadoptivo como permanente.
- Para la valoración de los servicios prestados por meses, cuando no sean
meses completos, se sumarán los días sueltos, dividiéndose el resultado por treinta,
computándose como mes completo las fracciones igual o superiores a 15 días,
despreciándose del resultado final aquellas que sean inferiores a 15 días.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274511
Básico del Empleado Público, la selección de las personas para las plazas convocadas
se llevará a cabo a través del sistema de concurso.
El concurso, cuya calificación final no podrá ser superior a 100 puntos, consistirá
en la valoración por el Tribunal de Selección, con arreglo al baremo que se detalla a
continuación, de los méritos alegados y acreditados por las personas participantes,
referidos al día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Con carácter general serán méritos evaluables en esta fase los siguientes méritos, de
acuerdo con el baremo que se indica: