3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2023/12-90)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Comercio, por la que se hace pública la declaración de una zona de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, en el municipio de Jerez de la Frontera (Cádiz).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 12 - Jueves, 19 de enero de 2023
página 655/2

Tercero. Por ello, con fecha 21 de septiembre de 2021 la Delegación Territorial
de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Transformación Económica, Industria,
Conocimiento y Universidades en Cádiz remitió escrito al Ayuntamiento de Jerez de la
Frontera informándole del fin de la vigencia de las declaraciones de ZGAT en el año 2020
y 2022 al objeto de que pudiera solicitar dicha declaración con tiempo suficiente.
Cuarto. Finalizado el plazo del 1 de octubre, establecido en el artículo 13 del Decreto
2/2014, de 14 de enero, por el que se regulan los criterios y el procedimiento para la
declaración de zonas de gran afluencia turística, a efectos de horarios comerciales, no
se ha recibido solicitud alguna del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera para declarar, al
menos, una ZGAT en el municipio.
Quinto. Con fecha 28 de octubre de 2022 se acuerda iniciar de oficio el procedimiento
administrativo para la declaración en el municipio de Jerez de la Frontera de una ZGAT
en base al cumplimiento del artículo 13 y de los criterios 2 y 4 del artículo 2 del Decreto
2/2014, de 14 de enero, con las siguientes características:
• Ámbito territorial: Término municipal completo.
• Períodos:
- Semana Santa, desde el Domingo de Ramos al Domingo de Resurrección (ambos
incluidos).
- Durante la celebración del Gran Premio de España de Motociclismo.
- Meses de mayo, julio, agosto, septiembre y octubre.
• Vigencia: Indefinida, mientras se mantengan las circunstancias que motivaron la
declaración.
Sexto. Con fecha 28 de octubre de 2022, se remitió al Ayuntamiento de Jerez de
la Frontera el acuerdo de inicio mencionado, concediéndole, de conformidad con lo
establecido en el artículo 13 del Decreto 2/2014, de 14 de enero, por el que se regulan
los criterios y el procedimiento para la declaración de zonas de gran afluencia turística, a
efectos de horarios comerciales, y a lo dispuesto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
un plazo de 10 días, a contar desde el siguiente al de la recepción del acuerdo, para
que formule por escrito las alegaciones y presente los documentos y justificaciones que
estime pertinentes.
Séptimo. El 14 de noviembre de 2022, el Ayuntamiento de Jerez de la Frontera
presenta, en tiempo y forma, en el registro de la Consejería de Empleo, Empresa y
Trabajo Autónomo, alegaciones al Acuerdo de Inicio de 28 de octubre de 2022, conforme
a lo establecido en el artículo 13 del Decreto 2/2014, de 14 de enero.

Noveno. El 25 de noviembre de 2022, la Delegación Territorial de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo en Cádiz emite informe favorable a la declaración de una ZGAT en
el municipio de Jerez de la Frontera, de acuerdo a lo establecido en el artículo 6.3 del
Decreto 2/2014, de 14 de enero, para el ámbito territorial, períodos y vigencia establecidos
en el antecedente quinto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00275698

Octavo. El 16 de noviembre de 2022, se remitió a la Delegación Territorial de
Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Cádiz, el Acuerdo de Inicio del procedimiento
administrativo para la declaración en el municipio de Jerez de la Frontera de una ZGAT,
así como las alegaciones presentadas por el Ayuntamiento, para que de conformidad con
el artículo 6.3 del Decreto 2/2014, de 14 de enero, emitiera informe al respecto, valorando
las circunstancias de la declaración.