3. Otras disposiciones. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2023/11-38)
Resolución de 26 de diciembre de 2022, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Almería, denegatoria de autorización administrativa previa y de construcción de proyecto de instalación de generación eléctrica fotovoltaica y su infraestructura de evacuación en los términos municipales de Cuevas del Almanzora y Pulpí (Almería).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Miércoles, 18 de enero de 2023
página 500/3
organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas
a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente
contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos
volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental, la actuación sometida a autorización ambiental
unificada, tratándose de una actuación de utilidad e interés general, se resolverá mediante
la emisión de un informe de carácter vinculante del órgano ambiental competente.
Quinto. La disposición transitoria quinta del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre,
por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad
regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, establece el régimen transitorio
del procedimiento urbanístico para las actuaciones energéticas:
«A los procedimientos de autorizaciones administrativas de actuaciones de
infraestructuras energéticas, incluidas las vinculadas a la generación de energía
mediante fuentes renovables, ubicadas en Andalucía, previstos en la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, del Sector Eléctrico, o en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de
hidrocarburos, que se encontraran en tramitación a la fecha de la entrada en vigor del
presente decreto-ley, les será de aplicación:
a) El régimen urbanístico establecido en la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso
para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.
No obstante, en aquellos procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en
vigor de este decreto-ley en los que se hubiese evacuado el informe de compatibilidad
urbanística establecido en el artículo 42.3 de la derogada Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
de Ordenación Urbanística de Andalucía, se tendrá en cuenta dicho informe.
b) El artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías
renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, en la redacción dada por el
presente decreto-ley.»
Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho anteriormente expuestos,
esta Delegación del Gobierno de Almería, en el uso de las competencias atribuidas,
RESU ELV E
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá
interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
a su publicación, sin perjuicio de la notificación a los interesados en el procedimiento,
bien ante esta Delegación Territorial o bien ante el Excmo. Sr. Consejero de Política
Industrial y Energía, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 45, 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la junta de Andalucía, con advertencia de la particularidad impugnatoria
prevista en el artículo 32.7 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto.
Almería, 26 de diciembre de 2022.- El Delegado, Guillermo Casquet Fernández.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275578
Primero. Denegar la autorización administrativa previa y de construcción para el
establecimiento de la instalación de generación de energía eléctrica fotovoltaica e
instalación de evacuación conectada a la red al haber sido informada desfavorablemente
a los efectos ambientales previstos en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada
de la Calidad Ambiental, la ejecución de la actuación «Instalación Solar Fotovoltaica
Pulpí II de 998 kW y Línea de Evacuación de 25 kV», en los términos municipales de
Cuevas de Almanzora y Pulpí (Almería), en informe vinculante de la Delegación Territorial
de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería sobre el expediente de
autorización ambiental unificada AAUA/AL/0009/21, de fecha 15.12.2022, promovido por
Energía, Innovación y Desarrollo Fotovoltaico, S.A.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Miércoles, 18 de enero de 2023
página 500/3
organización y funcionamiento del registro de autorizaciones de actuaciones sometidas
a los instrumentos de prevención y control ambiental, de las actividades potencialmente
contaminadoras de la atmósfera y de las instalaciones que emiten compuestos orgánicos
volátiles, y se modifica el contenido del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental, la actuación sometida a autorización ambiental
unificada, tratándose de una actuación de utilidad e interés general, se resolverá mediante
la emisión de un informe de carácter vinculante del órgano ambiental competente.
Quinto. La disposición transitoria quinta del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre,
por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad
regulatoria para la reactivación económica en Andalucía, establece el régimen transitorio
del procedimiento urbanístico para las actuaciones energéticas:
«A los procedimientos de autorizaciones administrativas de actuaciones de
infraestructuras energéticas, incluidas las vinculadas a la generación de energía
mediante fuentes renovables, ubicadas en Andalucía, previstos en la Ley 24/2013, de 26
de diciembre, del Sector Eléctrico, o en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de
hidrocarburos, que se encontraran en tramitación a la fecha de la entrada en vigor del
presente decreto-ley, les será de aplicación:
a) El régimen urbanístico establecido en la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso
para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.
No obstante, en aquellos procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en
vigor de este decreto-ley en los que se hubiese evacuado el informe de compatibilidad
urbanística establecido en el artículo 42.3 de la derogada Ley 7/2002, de 17 de diciembre,
de Ordenación Urbanística de Andalucía, se tendrá en cuenta dicho informe.
b) El artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías
renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, en la redacción dada por el
presente decreto-ley.»
Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho anteriormente expuestos,
esta Delegación del Gobierno de Almería, en el uso de las competencias atribuidas,
RESU ELV E
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá
interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente
a su publicación, sin perjuicio de la notificación a los interesados en el procedimiento,
bien ante esta Delegación Territorial o bien ante el Excmo. Sr. Consejero de Política
Industrial y Energía, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 45, 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y en el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la junta de Andalucía, con advertencia de la particularidad impugnatoria
prevista en el artículo 32.7 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto.
Almería, 26 de diciembre de 2022.- El Delegado, Guillermo Casquet Fernández.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275578
Primero. Denegar la autorización administrativa previa y de construcción para el
establecimiento de la instalación de generación de energía eléctrica fotovoltaica e
instalación de evacuación conectada a la red al haber sido informada desfavorablemente
a los efectos ambientales previstos en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada
de la Calidad Ambiental, la ejecución de la actuación «Instalación Solar Fotovoltaica
Pulpí II de 998 kW y Línea de Evacuación de 25 kV», en los términos municipales de
Cuevas de Almanzora y Pulpí (Almería), en informe vinculante de la Delegación Territorial
de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Almería sobre el expediente de
autorización ambiental unificada AAUA/AL/0009/21, de fecha 15.12.2022, promovido por
Energía, Innovación y Desarrollo Fotovoltaico, S.A.