3. Otras disposiciones. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2023/11-35)
Resolución de 11 de enero de 2023, de la Dirección General de Fondos Europeos, por la que se publican la aprobación del Programa Andalucía FEDER 2021-2027, por parte de la Comisión Europea, y la información requerida por el artículo 38 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Miércoles, 18 de enero de 2023
página 803/5
de Acción para la Economía Circular por una Europa más limpia. Adicionalmente, los
importes incluidos en este Objetivo Específico 2.6 se han incrementado en el Programa
aprobado respecto a versiones anteriores.
8. En relación con el Objetivo Específico 2.8, se han incrementado respecto a
versiones anteriores tanto los importes como las actuaciones en materia de movilidad
urbana multimodal sostenible, en lo referido a infraestructuras destinadas a promover
el transporte público colectivo, y en especial, el metro y el tranvía. En este Objetivo
Específico se incorporan además actuaciones dirigidas a la descarbonización del
transporte, fomentando la movilidad activa o la instalación de puntos de recarga de
combustibles alternativos o de recarga eléctrica.
9. En el marco del Objetivo Político 3 para una Andalucía mejor conectada, el enfoque
general se ha orientado de forma principal hacia acciones que descarbonicen el transporte
de mercancías en la región, potenciando el modo ferroviario y la intermodalidad, esta
última de forma general para el transporte de personas y mercancías, incrementando
las asignaciones para el desarrollo de los intercambiadores con respecto a versiones
anteriores del Programa.
10. En el Objetivo 4.6, se han programado intervenciones dirigidas a promover la
sostenibilidad en el turismo, a mejorar las infraestructuras culturales también en su
dimensión de eficiencia energética y a fomentar el uso público en espacios naturales,
siempre bajo criterios de sostenibilidad.
11. En lo que respecta al Objetivo Específico 5.1, siempre alineadas con una estrategia
urbana integrada y participativa, en consonancia con el principio de la Nueva Bauhaus
Europea, se prevé la financiación de intervenciones que pueden contribuir a la dimensión
medioambiental del desarrollo urbano de Andalucía.
Por último, ha de tenerse en consideración que, tal como determina la Declaración
Ambiental Estratégica, no se prevén efectos negativos significativos derivados de la
ejecución del Programa Andalucía FEDER 2021-2027 en los términos de la propia
Declaración y del Estudio Ambiental Estratégico, que establece en su apartado 9 una
serie de medidas preventivas y correctivas. Estas medidas, que incorporan una serie de
recomendaciones por Objetivo Político, no excluirán, en ningún caso, el sometimiento
de las actuaciones a los instrumentos de prevención ambiental a nivel de proyecto ni las
evaluaciones de la viabilidad ambiental a escala de detalle, cuando proceda, lo que se
tendrá muy presente en las fases de ejecución y verificación y control de las inversiones.
00275846
Alternativa seleccionada para la elaboración del Programa.
Entre las alternativas analizadas en el Estudio Ambiental Estratégico, se ha
seleccionado la número 3 que, tal como se indicaba, presenta menores efectos negativos
sobre los factores ambientales, se ajusta mejor al nuevo escenario socioeconómico,
contribuyendo al desarrollo sostenible, impulsando la denominada transición verde, y
garantizando el alcanzar los nuevos compromisos y obligaciones adquiridas en materia
de cambio climático y medioambiente. Además, la asignación planteada de los recursos
financieros permite maximizar la eficacia del Programa y la capacidad de producir
cambios significativos y obtener resultados relevantes en el impulso de un desarrollo
socioeconómico de la región. La selección realizada, tal como ya se ha expuesto, no
solo se adecúa a la alternativa citada, que partía del cumplimiento reglamentario de las
concentraciones y contribuciones climáticas a nivel regional, sino que ha superado los
porcentajes establecidos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Miércoles, 18 de enero de 2023
página 803/5
de Acción para la Economía Circular por una Europa más limpia. Adicionalmente, los
importes incluidos en este Objetivo Específico 2.6 se han incrementado en el Programa
aprobado respecto a versiones anteriores.
8. En relación con el Objetivo Específico 2.8, se han incrementado respecto a
versiones anteriores tanto los importes como las actuaciones en materia de movilidad
urbana multimodal sostenible, en lo referido a infraestructuras destinadas a promover
el transporte público colectivo, y en especial, el metro y el tranvía. En este Objetivo
Específico se incorporan además actuaciones dirigidas a la descarbonización del
transporte, fomentando la movilidad activa o la instalación de puntos de recarga de
combustibles alternativos o de recarga eléctrica.
9. En el marco del Objetivo Político 3 para una Andalucía mejor conectada, el enfoque
general se ha orientado de forma principal hacia acciones que descarbonicen el transporte
de mercancías en la región, potenciando el modo ferroviario y la intermodalidad, esta
última de forma general para el transporte de personas y mercancías, incrementando
las asignaciones para el desarrollo de los intercambiadores con respecto a versiones
anteriores del Programa.
10. En el Objetivo 4.6, se han programado intervenciones dirigidas a promover la
sostenibilidad en el turismo, a mejorar las infraestructuras culturales también en su
dimensión de eficiencia energética y a fomentar el uso público en espacios naturales,
siempre bajo criterios de sostenibilidad.
11. En lo que respecta al Objetivo Específico 5.1, siempre alineadas con una estrategia
urbana integrada y participativa, en consonancia con el principio de la Nueva Bauhaus
Europea, se prevé la financiación de intervenciones que pueden contribuir a la dimensión
medioambiental del desarrollo urbano de Andalucía.
Por último, ha de tenerse en consideración que, tal como determina la Declaración
Ambiental Estratégica, no se prevén efectos negativos significativos derivados de la
ejecución del Programa Andalucía FEDER 2021-2027 en los términos de la propia
Declaración y del Estudio Ambiental Estratégico, que establece en su apartado 9 una
serie de medidas preventivas y correctivas. Estas medidas, que incorporan una serie de
recomendaciones por Objetivo Político, no excluirán, en ningún caso, el sometimiento
de las actuaciones a los instrumentos de prevención ambiental a nivel de proyecto ni las
evaluaciones de la viabilidad ambiental a escala de detalle, cuando proceda, lo que se
tendrá muy presente en las fases de ejecución y verificación y control de las inversiones.
00275846
Alternativa seleccionada para la elaboración del Programa.
Entre las alternativas analizadas en el Estudio Ambiental Estratégico, se ha
seleccionado la número 3 que, tal como se indicaba, presenta menores efectos negativos
sobre los factores ambientales, se ajusta mejor al nuevo escenario socioeconómico,
contribuyendo al desarrollo sostenible, impulsando la denominada transición verde, y
garantizando el alcanzar los nuevos compromisos y obligaciones adquiridas en materia
de cambio climático y medioambiente. Además, la asignación planteada de los recursos
financieros permite maximizar la eficacia del Programa y la capacidad de producir
cambios significativos y obtener resultados relevantes en el impulso de un desarrollo
socioeconómico de la región. La selección realizada, tal como ya se ha expuesto, no
solo se adecúa a la alternativa citada, que partía del cumplimiento reglamentario de las
concentraciones y contribuciones climáticas a nivel regional, sino que ha superado los
porcentajes establecidos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja