Autoridades y personal. Universidades. (2023/11-33)
Resolución de 11 de diciembre de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convoca concurso para la estabilización del empleo temporal de larga duración en plazas de Personal de Administración y Servicios correspondientes a los grupos I, II y III del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Miércoles, 18 de enero de 2023

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así como en los restantes registros electrónicos de cualquier entidad pública a las que
se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las personas interesadas están
obligadas a relacionarse electrónicamente con la Universidad para la realización de
cualquier trámite del presente procedimiento, en atención al artículo 4.1.i) del reglamento
por el que se regula el uso y funcionamiento del Registro Electrónico General de la
Universidad Pablo de Olavide de Sevilla (BOJA núm. 90, de 13 de mayo).
4.2. Documentación: Las personas interesadas deberán acompañar, en todo caso, a
la solicitud la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o documento equivalente
para las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan derecho
a participar.
b) Resguardo acreditativo del pago de los derechos de examen.
4.3 En relación con el pago de los derechos de examen, las personas aspirantes
deberán abonar a la Universidad Pablo de Olavide la cantidad que se especifica en el
Anexo I para cada plaza. El ingreso o transferencia bancaria deberá efectuarse en el
Banco Santander en la cuenta IBAN ES72 0049-1861-16-2610366435, abierta en esa
entidad a nombre de «Universidad Pablo de Olavide», haciéndose constar los siguientes
datos: Nombre y apellidos, documento nacional de identidad y número de código de la
convocatoria.
4.4. La falta de pago determinará la exclusión de la persona aspirante. En ningún caso
la presentación y pago en el banco supondrá sustitución del trámite de presentación, en
tiempo y forma, de la solicitud con el justificante de pago.

Sexta. Tribunal de Valoración.
6.1. El desarrollo y la calificación del proceso selectivo le corresponde al Tribunal
nombrado a tal efecto y que será el contemplado en el Anexo II de esta convocatoria,
respetándose la composición que establece el artículo 21 del IV Convenio Colectivo del
Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.
6.2. La Universidad, a propuesta del Tribunal, podrá designar asesores especialistas,
limitándose estos a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.
6.3. Previa convocatoria de la Presidenta, se constituirá el Tribunal, siendo precisa
para su validez la asistencia de la Presidenta, la Secretaria y de la mitad, al menos,
de sus miembros, titulares o suplentes. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las
decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del concurso.
6.4. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
el Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, ctra. de Utrera, km 1, 41013
Sevilla, Edificio 12, primera planta, teléfonos 954 348 999 y 954 349 822. La publicación
de los Acuerdos del Tribunal en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Quinta. Admisión de aspirantes.
5.1. Terminado el plazo de presentación de instancias previsto en la base cuarta, se
publicará en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla,
resolución conteniendo la relación provisional de las personas aspirantes admitidas
y excluidas, en la que constará el nombre, apellidos y, en su caso, la causa de la no
admisión.
5.2. Contra dicha resolución podrá interponerse por las personas interesadas
reclamación en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a su
publicación.
5.3. Una vez resueltas las reclamaciones presentadas, se procederá a la publicación
del listado definitivo de personas admitidas y excluidas. De no existir reclamaciones en
el plazo indicado, se procederá, mediante diligencia del Área de Recursos Humanos, a
elevar a definitiva la relación publicada como provisional.