3. Otras disposiciones. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2023/10-31)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se dictan instrucciones en relación con la presentación y tramitación de las solicitudes de ayuda de acción social para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, modalidad atención a personas con discapacidad.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Martes, 17 de enero de 2023

página 469/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Secretaría General para la
Administración Pública, por la que se dictan instrucciones en relación con la
presentación y tramitación de las solicitudes de ayuda de acción social para el
personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, modalidad
atención a personas con discapacidad.
La Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2023 (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre), ha dispuesto en
su disposición adicional quinta que a partir del 1 de enero de 2023, las solicitudes de
ayuda de acción social para atención a personas con discapacidad se presentarán
exclusivamente de manera electrónica.
Asímismo, ha establecido que las facturas de los gastos realizados se presentarán en
copia sin perjuicio de la obligación de aportar los documentos originales, a requerimiento
de la Administración, en cualquier momento del procedimiento.
La ayuda para atención a personas con discapacidad, destinada a compensar los
gastos ocasionados por el tratamiento, rehabilitación o atención especializada de las
discapacidades físicas, mentales, intelectuales o sensoriales del personal empleado
público o de sus familiares, se regula en los artículos 16 y siguientes de la Orden de 18
de abril de 2001, por la que se aprueba el reglamento de ayudas de acción social para
el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía (BOJA núm. 53,
de 10 de mayo). La disposición adicional primera del reglamento de ayudas faculta a
esta Secretaría General para dictar las resoluciones y realizar cuantas actuaciones sean
necesarias para su desarrollo y aplicación.
La Ley del Presupuesto modifica aspectos del citado reglamento relacionados con
la forma de presentación de las solicitudes, la documentación a aportar, así como con la
tramitación del procedimiento que, a partir del ejercicio 2023, se ha de realizar de forma
electrónica.
Resulta necesario, por tanto, dictar la presente resolución para establecer la forma
de presentación de solicitudes y clarificar aspectos relacionados con la tramitación del
procedimiento de concesión de ayudas para la atención a personas con discapacidad, de
forma que se faciliten los trámites a realizar.
De acuerdo con lo expuesto, conforme a lo establecido en la disposición adicional
quinta de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, y haciendo uso de la habilitación contenida
en la disposición adicional final primera de la Orden de 18 de abril de 2001, por la que
se aprueba el reglamento de ayudas de acción social para el personal al servicio de
la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con el Decreto 164/2022, de
9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública,

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
Esta resolución tiene por objeto dictar instrucciones en relación con el procedimiento
de tramitación de la ayuda de acción social para atención a personas con discapacidad
destinada al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00275549

RESU ELVO