3. Otras disposiciones. Consejería de Universidad, Investigación e Innovación. (2023/10-28)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 16 de diciembre de 2022, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento de admisión en la fase de estudiantes extranjeros para el curso 2023-2024, en los estudios universitarios de Grado.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Martes, 17 de enero de 2023

página 493/9

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4. Quienes no tengan asignada ninguna plaza deberán confirmar su deseo de figurar
en las siguientes listas y, en su caso, realizar matrícula o reserva en el momento en que
resulten asignados en alguna de ellas, tal como se indica en los apartados anteriores.
En todo caso, las reservas y/o confirmaciones deberán ratificarse en cada nueva
adjudicación con objeto de seguir optando a titulaciones de mayor preferencia en la
siguiente adjudicación.
La asignación no se efectuará a quienes, figurando como pendientes de aportar
documentación exigida en la convocatoria, no efectúen la entrega de dicha documentación
dentro del plazo correspondiente a la primera adjudicación.
En cualquiera de las situaciones anteriores se indicará expresamente cuándo se
está en la obligación de realizar la matrícula o reserva de plaza. De no realizar dicha
matrícula o reserva, la persona solicitante decaerá en todos los derechos en el proceso
de preinscripción, en aquellas titulaciones y Centros donde exista lista de espera.
En la última de las adjudicaciones, las personas que resulten adjudicadas en
peticiones que no sean su primera preferencia también deberá matricularse en la plaza
asignada, en otro caso perderán los derechos sobre esa plaza.
Quienes estando ya matriculadas en unos estudios decidan matricularse en la nueva
plaza asignada estarán obligadas tras realizar la nueva matrícula a anular la matrícula de
los estudios que abandona. Esta última anulación conllevará la devolución íntegra de los
importes abonados por el alumno o alumna.
6.º Si alguien es reasignado a una nueva plaza de mayor preferencia que la anterior,
automáticamente decaerá en su derecho sobre la anterior asignación, en el caso de que
exista lista de espera, que será adjudicada al siguiente aspirante que le corresponda.
Artículo 9. Presunción de veracidad.
El hecho de figurar en la relación de admitidos no presupone que se le reconozca a la
persona interesada la posesión de los requisitos exigidos en el procedimiento convocado
mediante el presente acuerdo, hasta que, una vez efectuada la matrícula, se proceda por
la universidad correspondiente a la comprobación de la documentación presentada. Si
de la misma se desprende que no se está en posesión de alguno de los requisitos o no
cumple los criterios establecidos, la persona solicitante decaerá en todos los derechos
que pudieran derivarse de la participación en este procedimiento, procediéndose a la
anulación de la admisión, matrícula y demás actos derivados, previa resolución notificada
al efecto.

Artículo 11. Simultaneidad de estudios.
Las solicitudes de acceso en régimen de simultaneidad con otros estudios
universitarios oficiales serán consideradas al final del proceso general de preinscripción,
en el supuesto de que exista plaza vacante en, al menos, una de las titulaciones y
Centros de que se traten, una vez atendidas la totalidad de las respectivas solicitudes
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00275562

Artículo 10. Solicitud de revisión.
Las solicitudes de revisión de las listas de adjudicación de plazas se realizarán en el
punto de acceso electrónico:
https://www.juntadeandalucia.es/transformacioneconomicaindustriaconocimiento
yuniversidades/sguit
serán dirigidas a la persona titular de la Presidencia de la Comisión de Distrito Único
Universitario de Andalucía, y se efectuarán en los plazos establecidos en el anexo, sin
perjuicio de lo establecido en el artículo 16 y 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.