3. Otras disposiciones. Consejería de Universidad, Investigación e Innovación. (2023/10-28)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se hace público el Acuerdo de 16 de diciembre de 2022, de la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía, por el que se establece el procedimiento de admisión en la fase de estudiantes extranjeros para el curso 2023-2024, en los estudios universitarios de Grado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Martes, 17 de enero de 2023
página 493/5
Universidad de Huelva.
Servicio de Gestión Académica.
Edificio Juan Agustín de Mora (planta baja).
Campus de «El Carmen».
21071 Huelva.
Universidad de Jaén.
Sección de Acceso.
Edificio Coello de Portugal y Quesada. Planta baja
Campus Las Lagunillas, s/n.
23071 Jaén.
Universidad de Málaga.
Oficina de Preinscripción.
Facultad de Derecho.
Campus de Teatinos, s/n.
29071 Málaga.
Universidad Pablo de Olavide.
Área de Gestión Administrativa de Asistencia al Estudiante de Grado.
Unidad de Acceso y Orientación.
Edificio núm. 18 –«José Celestino Mutis»– 1.ª planta.
Ctra. de Utrera, km 1.
41013 Sevilla.
Universidad de Sevilla.
Área de Acceso y Admisión.
«Pabellón de Brasil». Paseo de las Delicias, s/n.
41013 Sevilla.
Artículo 4. Documentación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, no será necesario aportar la documentación que de forma electrónica pueda
ser obtenida por la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía. Para ello,
el sistema informático indicará al solicitante, en el momento de formalizar la solicitud,
la necesidad de aportar algún documento según su situación personal o circunstancia
de acceso, que se tendrá que incorporar telemáticamente a la solicitud. Cuando dicha
documentación no incorpore la firma electrónica de acuerdo con el artículo 26 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, al tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, se
requerirá, en virtud de lo establecido en el artículo 28.5 de la citada ley, que la persona
solicitante presente los originales de estos documentos en el lugar y forma que la
universidad determine para que la admisión y la correspondiente matrícula se eleve a
definitiva.
La documentación a aportar será, con carácter general, la que a continuación se
indica, sin menoscabo de alguna otra que expresamente se le pueda requerir:
- Acreditación de la homologación de su título al del bachiller español, o en su defecto,
resguardo de haberla solicitado.
- Acreditar la nacionalidad extranjera.
- Acreditar un título, Diploma o estudios extranjeros que no sean: Bachillerato
Europeo, Diploma de Bachillerato Internacional, Bachiller de sistemas educativos de
Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito
acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275562
Todo ello, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Martes, 17 de enero de 2023
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Universidad de Huelva.
Servicio de Gestión Académica.
Edificio Juan Agustín de Mora (planta baja).
Campus de «El Carmen».
21071 Huelva.
Universidad de Jaén.
Sección de Acceso.
Edificio Coello de Portugal y Quesada. Planta baja
Campus Las Lagunillas, s/n.
23071 Jaén.
Universidad de Málaga.
Oficina de Preinscripción.
Facultad de Derecho.
Campus de Teatinos, s/n.
29071 Málaga.
Universidad Pablo de Olavide.
Área de Gestión Administrativa de Asistencia al Estudiante de Grado.
Unidad de Acceso y Orientación.
Edificio núm. 18 –«José Celestino Mutis»– 1.ª planta.
Ctra. de Utrera, km 1.
41013 Sevilla.
Universidad de Sevilla.
Área de Acceso y Admisión.
«Pabellón de Brasil». Paseo de las Delicias, s/n.
41013 Sevilla.
Artículo 4. Documentación.
De conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, no será necesario aportar la documentación que de forma electrónica pueda
ser obtenida por la Comisión del Distrito Único Universitario de Andalucía. Para ello,
el sistema informático indicará al solicitante, en el momento de formalizar la solicitud,
la necesidad de aportar algún documento según su situación personal o circunstancia
de acceso, que se tendrá que incorporar telemáticamente a la solicitud. Cuando dicha
documentación no incorpore la firma electrónica de acuerdo con el artículo 26 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, al tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, se
requerirá, en virtud de lo establecido en el artículo 28.5 de la citada ley, que la persona
solicitante presente los originales de estos documentos en el lugar y forma que la
universidad determine para que la admisión y la correspondiente matrícula se eleve a
definitiva.
La documentación a aportar será, con carácter general, la que a continuación se
indica, sin menoscabo de alguna otra que expresamente se le pueda requerir:
- Acreditación de la homologación de su título al del bachiller español, o en su defecto,
resguardo de haberla solicitado.
- Acreditar la nacionalidad extranjera.
- Acreditar un título, Diploma o estudios extranjeros que no sean: Bachillerato
Europeo, Diploma de Bachillerato Internacional, Bachiller de sistemas educativos de
Estados miembros de la Unión Europea o de otros Estados con los que se hayan suscrito
acuerdos internacionales aplicables a este respecto, en régimen de reciprocidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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Todo ello, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.