Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2023/9-9)
Orden de 22 de diciembre de 2022, por la que se realiza convocatoria para la renovación de la totalidad de los miembros de los Consejos de Centro en los Centros del Profesorado de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el período 2023/2027.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 9 - Lunes, 16 de enero de 2023

página 532/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 22 de diciembre de 2022, por la que se realiza convocatoria para
la renovación de la totalidad de los miembros de los Consejos de Centro en
los Centros del Profesorado de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el
período 2023/2027.
El Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente
del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz
de Formación Permanente del Profesorado, regula, en su artículo 45, la existencia de
los Consejos de Centro, definiéndolos como los órganos colegiados de gobierno de
los Centros del Profesorado que permiten la participación de los profesionales de la
educación en el gobierno y gestión de los mismos, determinando en su artículo 46, las
competencias que les corresponden en el ejercicio de sus funciones.
Asimismo, el citado artículo 45 establece tanto el número de componentes como los
sectores de la comunidad educativa que formarán parte de dichos Consejos, disponiendo
que, por orden de la Consejería competente en materia de educación, se regulará el
procedimiento para la elección de sus miembros así como para su renovación o
sustitución en el caso de que se produzcan vacantes y el período de su nombramiento.
Dándose cumplimiento al citado precepto, mediante la aprobación de la Orden de 20 de
enero de 2015, por la que se regula el proceso de constitución de los Consejos de Centro
en los Centros del Profesorado de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se realiza la
primera convocatoria para la renovación de la totalidad de los miembros, de conformidad
con los establecido en el Decreto 93/2013, de 27 de agosto.
El artículo 10.1 de la Orden de 20 de enero de 2015, establece que los nombramientos
tendrán una duración de cuatro años, y que además no podrán cubrirse las vacantes
definitivas que se produzcan una vez finalizado dicho período. Para dar cumplimiento a lo
establecido se realizó, mediante Orden de 9 de enero de 2019, una segunda convocatoria
para la renovación de la totalidad de los miembros de los Consejos de Centro en los
Centros del Profesorado de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el período
2019/2023. Tras cumplirse el plazo establecido, resulta necesario proceder a una nueva
convocatoria.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Tecnologías Avanzadas y
Transformación Educativa y en uso de las facultades que me confiere el artículo 26 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO

Segundo. Proceso de constitución y plazos.
Al proceso de constitución de los Consejos de Centro le será de aplicación tanto el
procedimiento como los plazos generales establecidos en la Orden de 20 de enero de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00275611

Primero. Objeto.
La presente orden tiene por objeto efectuar convocatoria para la renovación de la
totalidad de los miembros de los Consejos de Centro en los Centros del Profesorado de
la Comunidad Autónoma de Andalucía para el período 2023/2027.