3. Otras disposiciones. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2023/8-53)
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable del municipio de Lucena (Córdoba).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 8 - Viernes, 13 de enero de 2023
página 458/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable del
municipio de Lucena (Córdoba).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto
en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre por el que se regulan
los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en
Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable para el municipio
de Lucena (Córdoba) que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS
La cuantía a pagar vendrá determinada por el resultado de aplicar de forma
acumulada las tarifas por la prestación de los servicios, cuyo importe queda fijado en la
siguiente forma:
PRESTACIÓN PATRIMONIAL POR EL SERVICIO DE SUMINISTRO DOMICILIARIO
DE AGUA
La prestación patrimonial de carácter público no tributaria por la prestación del
servicio de abastecimiento de agua potable se regulará por lo dispuesto en Reglamento
de Suministro de Agua de Andalucía (Decreto 120/1991) y demás normativa vigente.
A tales efectos se establece lo siguiente:
CUOTA FIJA O DE SERVICIO
HASTA 13 mm
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
CUOTA UNITARIA
(IVA no incluido)
€/Usuario y mes
2,4631
“
15 mm
“
20 mm
3,0087
5,7397
“
25 mm
9,0325
“
30 mm
12,8642
“
40 mm
22,1743
“
50 mm
34,4930
“
65 mm
58,1653
“
80 mm
87,8742
“
100 mm
137,6718
00275535
CALIBRE DEL
CONTADOR EN mm
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 8 - Viernes, 13 de enero de 2023
página 458/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Resolución de 27 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de abastecimiento de agua potable del
municipio de Lucena (Córdoba).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto
en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre por el que se regulan
los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en
Andalucía, en relación con el artículo 13.3.e) del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y
Fondos Europeos,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de abastecimiento de agua potable para el municipio
de Lucena (Córdoba) que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS
La cuantía a pagar vendrá determinada por el resultado de aplicar de forma
acumulada las tarifas por la prestación de los servicios, cuyo importe queda fijado en la
siguiente forma:
PRESTACIÓN PATRIMONIAL POR EL SERVICIO DE SUMINISTRO DOMICILIARIO
DE AGUA
La prestación patrimonial de carácter público no tributaria por la prestación del
servicio de abastecimiento de agua potable se regulará por lo dispuesto en Reglamento
de Suministro de Agua de Andalucía (Decreto 120/1991) y demás normativa vigente.
A tales efectos se establece lo siguiente:
CUOTA FIJA O DE SERVICIO
HASTA 13 mm
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
CUOTA UNITARIA
(IVA no incluido)
€/Usuario y mes
2,4631
“
15 mm
“
20 mm
3,0087
5,7397
“
25 mm
9,0325
“
30 mm
12,8642
“
40 mm
22,1743
“
50 mm
34,4930
“
65 mm
58,1653
“
80 mm
87,8742
“
100 mm
137,6718
00275535
CALIBRE DEL
CONTADOR EN mm
https://www.juntadeandalucia.es/eboja