Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2023/8-5)
Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de Andalucía.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Viernes, 13 de enero de 2023
página 337/5
Respecto al principio de transparencia, durante la tramitación del procedimiento de
elaboración se ha dado difusión al mismo en el Portal de la Transparencia de la Junta
de Andalucía y se ha realizado el trámite de audiencia y de información pública previsto
en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, con el fin de fomentar la máxima participación de todas las
personas, entidades, instituciones y empresas que pudieran estar interesadas.
El artículo 5 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas
de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la
recuperación y resiliencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, estipula que los
procedimientos de elaboración de las normas que se adopten en el marco de la gestión de
los fondos europeos, como es la del caso que nos ocupa, tendrán el carácter de urgentes.
A la vista de lo anterior, a propuesta de la Secretaría General para la Cultura, en uso de
las facultades que me confieren los artículos 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de conformidad con lo establecido
en el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras de concesión de subvenciones.
Mediante la presente orden se aprueban las bases reguladoras de concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para ampliar y diversificar la
oferta cultural en área no urbanas de Andalucía, integradas por:
a) El texto articulado de las bases reguladoras tipo de la Junta de Andalucía para la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva aprobadas mediante
Orden de 20 de diciembre de 2019, de la Consejería de la Presidencia, Administración
Pública e Interior (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre), que se considera parte integrante
de la presente norma.
b) El cuadro resumen correspondiente que se anexa a continuación.
Disposición adicional única. Delegación de competencias.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se delega en la persona
titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales la competencia
para iniciar y resolver los procedimientos sancionadores derivados de las infracciones
administrativas cometidas en relación con la presente orden.
Disposición final primera. Facultades de ejecución.
Se faculta a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales para que dicte cuantos actos sean necesarios para la ejecución, y cumplimiento
de lo dispuesto en la presente orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275420
Sevilla, 27 de diciembre de 2022
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Viernes, 13 de enero de 2023
página 337/5
Respecto al principio de transparencia, durante la tramitación del procedimiento de
elaboración se ha dado difusión al mismo en el Portal de la Transparencia de la Junta
de Andalucía y se ha realizado el trámite de audiencia y de información pública previsto
en el artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, con el fin de fomentar la máxima participación de todas las
personas, entidades, instituciones y empresas que pudieran estar interesadas.
El artículo 5 del Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas
de agilización administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la
recuperación y resiliencia en la Comunidad Autónoma de Andalucía, estipula que los
procedimientos de elaboración de las normas que se adopten en el marco de la gestión de
los fondos europeos, como es la del caso que nos ocupa, tendrán el carácter de urgentes.
A la vista de lo anterior, a propuesta de la Secretaría General para la Cultura, en uso de
las facultades que me confieren los artículos 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del
Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de conformidad con lo establecido
en el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras de concesión de subvenciones.
Mediante la presente orden se aprueban las bases reguladoras de concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para ampliar y diversificar la
oferta cultural en área no urbanas de Andalucía, integradas por:
a) El texto articulado de las bases reguladoras tipo de la Junta de Andalucía para la
concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva aprobadas mediante
Orden de 20 de diciembre de 2019, de la Consejería de la Presidencia, Administración
Pública e Interior (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre), que se considera parte integrante
de la presente norma.
b) El cuadro resumen correspondiente que se anexa a continuación.
Disposición adicional única. Delegación de competencias.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, se delega en la persona
titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales la competencia
para iniciar y resolver los procedimientos sancionadores derivados de las infracciones
administrativas cometidas en relación con la presente orden.
Disposición final primera. Facultades de ejecución.
Se faculta a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales para que dicte cuantos actos sean necesarios para la ejecución, y cumplimiento
de lo dispuesto en la presente orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA
Consejero de Turismo, Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275420
Sevilla, 27 de diciembre de 2022