Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2023/8-5)
Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Viernes, 13 de enero de 2023
página 337/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de
Andalucía.
En el Consejo Europeo de 21 de julio de 2020 se aprobó la puesta en marcha del
Instrumento Europeo de Recuperación, en cuyo desarrollo el Parlamento y el Consejo
dictaron el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
que se financiará con el nuevo fondo «Next Generation EU». Este mecanismo fue creado
para paliar el impacto económico y social derivado de la crisis sanitaria generada por la
COVID-19.
Los proyectos que constituyen el citado mecanismo permitirán realizar reformas
estructurales en los Estados miembros, adquiriendo las administraciones públicas un
papel protagonista en el impulso, seguimiento y control de los proyectos del Plan.
La movilización y absorción de un volumen tan importante de recursos se articula
en España a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado
por el Gobierno de España el 27 de abril de 2021. Este Plan recoge 110 inversiones y
102 reformas, con un horizonte temporal hasta el año 2026, sustentado en cuatro ejes
de transformación: La transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y
territorial y la igualdad de género. A su vez, el Plan se divide en 10 políticas tractoras que
recogen 30 componentes.
El componente 24: «Revalorización de la Industria Cultural», recoge como segunda
inversión la dinamización de la cultura a lo largo del territorio y, dentro de ésta, se incluye
el primer proyecto, que será gestionado por las Comunidades Autónomas, de «Ayudas
para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas» (C.24.I2.P1). Para el
seguimiento del cumplimiento de los objetivos de las ayudas se utilizará el indicador de
recuperación y resilencia 9: «Empresas apoyadas [de las cuales pequeñas (incluidas
las microempresas), medianas y grandes empresas]», establecido por el Reglamento
Delegado (UE) 2021/2106 de la Comisión de 28 de septiembre de 2021, por el que se
completa el citado Reglamento (UE) 2021/241.
Estas ayudas tienen por objeto la financiación de proyectos y actividades cuya
finalidad sea la de impulsar la cultura en áreas no urbanas, según la definición que se
contiene de las mismas en el artículo 3 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para
el desarrollo sostenible del Medio Rural. Se recoge un amplio abanico de proyectos
subvencionables, que van desde eventos o espectáculos artísticos o culturales,
exposiciones, festivales, hasta actividades de educación y mediación artística o cultural,
pasando por actuaciones que fomenten el patrimonio inmaterial de las zonas donde se
desarrolle la actividad subvencionada, que necesariamente debe tratarse de municipios o
entidades de ámbito inferior al municipal cuya población sea menor de 30.000 habitantes
y su densidad de población igual o inferior a 100 habitantes/km². No obstante, también
dichas actividades también pueden tener lugar en zonas que excedan del ámbito
municipal, exigiéndose, en tal caso, que todos y cada uno de los municipios intervinientes
cumplan con los requisitos mencionados. En cuanto a los destinatarios, a nivel privado,
puede tratarse tanto de personas físicas como jurídicas cuya actividad se desarrolle en el
ámbito cultural, siempre que cuenten con domicilio fiscal o establecimiento permanente
en Andalucía. Por su parte, y en lo que respecta a los sujetos jurídicos de carácter público,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275420
I
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Viernes, 13 de enero de 2023
página 337/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas de
Andalucía.
En el Consejo Europeo de 21 de julio de 2020 se aprobó la puesta en marcha del
Instrumento Europeo de Recuperación, en cuyo desarrollo el Parlamento y el Consejo
dictaron el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de
febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
que se financiará con el nuevo fondo «Next Generation EU». Este mecanismo fue creado
para paliar el impacto económico y social derivado de la crisis sanitaria generada por la
COVID-19.
Los proyectos que constituyen el citado mecanismo permitirán realizar reformas
estructurales en los Estados miembros, adquiriendo las administraciones públicas un
papel protagonista en el impulso, seguimiento y control de los proyectos del Plan.
La movilización y absorción de un volumen tan importante de recursos se articula
en España a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado
por el Gobierno de España el 27 de abril de 2021. Este Plan recoge 110 inversiones y
102 reformas, con un horizonte temporal hasta el año 2026, sustentado en cuatro ejes
de transformación: La transición ecológica, la transformación digital, la cohesión social y
territorial y la igualdad de género. A su vez, el Plan se divide en 10 políticas tractoras que
recogen 30 componentes.
El componente 24: «Revalorización de la Industria Cultural», recoge como segunda
inversión la dinamización de la cultura a lo largo del territorio y, dentro de ésta, se incluye
el primer proyecto, que será gestionado por las Comunidades Autónomas, de «Ayudas
para ampliar y diversificar la oferta cultural en áreas no urbanas» (C.24.I2.P1). Para el
seguimiento del cumplimiento de los objetivos de las ayudas se utilizará el indicador de
recuperación y resilencia 9: «Empresas apoyadas [de las cuales pequeñas (incluidas
las microempresas), medianas y grandes empresas]», establecido por el Reglamento
Delegado (UE) 2021/2106 de la Comisión de 28 de septiembre de 2021, por el que se
completa el citado Reglamento (UE) 2021/241.
Estas ayudas tienen por objeto la financiación de proyectos y actividades cuya
finalidad sea la de impulsar la cultura en áreas no urbanas, según la definición que se
contiene de las mismas en el artículo 3 de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, para
el desarrollo sostenible del Medio Rural. Se recoge un amplio abanico de proyectos
subvencionables, que van desde eventos o espectáculos artísticos o culturales,
exposiciones, festivales, hasta actividades de educación y mediación artística o cultural,
pasando por actuaciones que fomenten el patrimonio inmaterial de las zonas donde se
desarrolle la actividad subvencionada, que necesariamente debe tratarse de municipios o
entidades de ámbito inferior al municipal cuya población sea menor de 30.000 habitantes
y su densidad de población igual o inferior a 100 habitantes/km². No obstante, también
dichas actividades también pueden tener lugar en zonas que excedan del ámbito
municipal, exigiéndose, en tal caso, que todos y cada uno de los municipios intervinientes
cumplan con los requisitos mencionados. En cuanto a los destinatarios, a nivel privado,
puede tratarse tanto de personas físicas como jurídicas cuya actividad se desarrolle en el
ámbito cultural, siempre que cuenten con domicilio fiscal o establecimiento permanente
en Andalucía. Por su parte, y en lo que respecta a los sujetos jurídicos de carácter público,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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