Disposiciones generales. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2023/8-6)
Orden de 11 de enero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, a organizaciones sindicales para la financiación de gastos corrientes.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Viernes, 13 de enero de 2023
página 659/3
Esta orden se ajusta a las bases reguladoras tipo aprobadas por la Orden de la
Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 20 de diciembre de
2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la
Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia no competitiva, sin exigir que, junto a la solicitud de la subvención, las
personas o entidades interesadas aporten ningún otro documento.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre,
para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, se ha tenido en cuenta la
integración transversal del principio de igualdad de género en la elaboración de la
presente orden.
La línea de ayuda contemplada en esta orden de bases reguladoras, se encuentra
incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia,
Administración Pública e Interior para el período 2020-2022, aprobado por la Orden de 12
de febrero de 2020.
Esta orden ha sido incluida, para su tratamiento, en la reunión de la Mesa General de
Negociación Común de la Administración de la Junta de Andalucía, celebrada el día 24
de febrero de 2022.
En su virtud, a propuesta de la Secretaría General para la Administración Pública,
y de conformidad con lo establecido en el artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley
General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía; en el artículo 4.6 del Reglamento
de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración General de la
Junta de Andalucía; en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno
de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo 26.2a) de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras.
1. Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia no competitiva dirigidas a contribuir a la financiación de gastos corrientes
de organizaciones sindicales, cuyo cuadro resumen se inserta a continuación.
2. Las bases que se aprueban se ajustan a las bases reguladoras tipo aprobadas por
la Orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 20 de
diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios
tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia no competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2019),
por lo que el texto articulado de dichas bases reguladoras tipo forma parte integrante de
las bases reguladoras que se aprueban en virtud de esta orden.
Disposición adicional segunda. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública
para realizar cuantas actuaciones sean necesarias para la ejecución, cumplimiento,
aplicación e interpretación de la presente orden.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275703
Disposición adicional primera. Convocatorias.
Las convocatorias para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
no competitiva a que se refiere la presente disposición se efectuarán cada año, mediante
sucesivas órdenes de la persona titular de la Consejería competente en materia de
administración pública en las que, además del plazo de presentación de solicitudes, se
aprobarán el formulario de solicitud y el formulario para presentar alegaciones y efectuar
la reformulación, la aceptación y la presentación de documentos, así como cualesquiera
otros que requiera la tramitación de esta línea de subvenciones.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Viernes, 13 de enero de 2023
página 659/3
Esta orden se ajusta a las bases reguladoras tipo aprobadas por la Orden de la
Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 20 de diciembre de
2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la
Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia no competitiva, sin exigir que, junto a la solicitud de la subvención, las
personas o entidades interesadas aporten ningún otro documento.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre,
para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, se ha tenido en cuenta la
integración transversal del principio de igualdad de género en la elaboración de la
presente orden.
La línea de ayuda contemplada en esta orden de bases reguladoras, se encuentra
incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia,
Administración Pública e Interior para el período 2020-2022, aprobado por la Orden de 12
de febrero de 2020.
Esta orden ha sido incluida, para su tratamiento, en la reunión de la Mesa General de
Negociación Común de la Administración de la Junta de Andalucía, celebrada el día 24
de febrero de 2022.
En su virtud, a propuesta de la Secretaría General para la Administración Pública,
y de conformidad con lo establecido en el artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley
General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía; en el artículo 4.6 del Reglamento
de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración General de la
Junta de Andalucía; en el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno
de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo 26.2a) de la Ley 9/2007, de 22
de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
DISPONGO
Artículo único. Aprobación de las bases reguladoras.
1. Se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen
de concurrencia no competitiva dirigidas a contribuir a la financiación de gastos corrientes
de organizaciones sindicales, cuyo cuadro resumen se inserta a continuación.
2. Las bases que se aprueban se ajustan a las bases reguladoras tipo aprobadas por
la Orden de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 20 de
diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios
tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en
régimen de concurrencia no competitiva (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2019),
por lo que el texto articulado de dichas bases reguladoras tipo forma parte integrante de
las bases reguladoras que se aprueban en virtud de esta orden.
Disposición adicional segunda. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Secretaría General para la Administración Pública
para realizar cuantas actuaciones sean necesarias para la ejecución, cumplimiento,
aplicación e interpretación de la presente orden.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275703
Disposición adicional primera. Convocatorias.
Las convocatorias para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
no competitiva a que se refiere la presente disposición se efectuarán cada año, mediante
sucesivas órdenes de la persona titular de la Consejería competente en materia de
administración pública en las que, además del plazo de presentación de solicitudes, se
aprobarán el formulario de solicitud y el formulario para presentar alegaciones y efectuar
la reformulación, la aceptación y la presentación de documentos, así como cualesquiera
otros que requiera la tramitación de esta línea de subvenciones.