3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2023/6-45)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural, por la que se delegan funciones del Organismo Pagador en la Dirección General de Patrimonio Histórico e Innovación y Promoción Cultural, en el marco del Programa de Desarrollo Rural 2014-2022, con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Miércoles, 11 de enero de 2023
página 138/3
Delegado (UE) núm. 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por la persona
titular de la Dirección General de Patrimonio Histórico e Innovación y Promoción Cultural
y la persona titular de la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural se
dictarán las correspondientes instrucciones conjuntas conforme a lo establecido en
el inciso i) del apartado C.1) del Anexo I del citado Reglamento Delegado (UE) núm.
907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014.
La Dirección General de Patrimonio Histórico e Innovación y Promoción Cultural
se dotará de los medios humanos y procedimientos necesarios para el desempeño
de las funciones que se delegan garantizando el cumplimiento de lo establecido en el
artículo 70 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, y el artículo 9.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Cuarto. La presente resolución surtirá efectos a partir de la fecha de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
En los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación se hará
constar expresamente esta circunstancia, con mención de la fecha de aprobación de esta
resolución y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00275200
Sevilla, 23 de diciembre de 2022.- El Secretario General, Manuel Alías Cantón.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 6 - Miércoles, 11 de enero de 2023
página 138/3
Delegado (UE) núm. 907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por la persona
titular de la Dirección General de Patrimonio Histórico e Innovación y Promoción Cultural
y la persona titular de la Secretaría General de Fondos Agrarios y Desarrollo Rural se
dictarán las correspondientes instrucciones conjuntas conforme a lo establecido en
el inciso i) del apartado C.1) del Anexo I del citado Reglamento Delegado (UE) núm.
907/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014.
La Dirección General de Patrimonio Histórico e Innovación y Promoción Cultural
se dotará de los medios humanos y procedimientos necesarios para el desempeño
de las funciones que se delegan garantizando el cumplimiento de lo establecido en el
artículo 70 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, y el artículo 9.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Cuarto. La presente resolución surtirá efectos a partir de la fecha de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía.
En los actos y resoluciones que se adopten en virtud de esta delegación se hará
constar expresamente esta circunstancia, con mención de la fecha de aprobación de esta
resolución y su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
00275200
Sevilla, 23 de diciembre de 2022.- El Secretario General, Manuel Alías Cantón.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja