3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2023/6-46)
Orden de 27 de diciembre de 2022, por la que se aprueba el Plan General de Inspección de Deporte para el año 2023.
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Número 6 - Miércoles, 11 de enero de 2023
página 160/10
Programa 2023.05. Seguimiento de la organización y gestión de las federaciones
deportivas andaluzas.
Objeto: Seguimiento de la organización y gestión de las federaciones deportivas
andaluzas.
Se realizarán inspecciones a las federaciones deportivas andaluzas con la finalidad de :
1. Recabar la siguiente documentación:
a) Certificado firmado por la Presidencia de la federación y por la persona que ejerza
las tareas de intervención o tesorería de la misma, informando que se han formulado las
cuentas anuales de 2022, de conformidad con lo contemplado en la cuarta parte de la
Orden de 2 de febrero de 1994, del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se
aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las federaciones
deportivas, aportando el balance de situación, la cuenta de resultados y la memoria
económica con el contenido mínimo previsto en esa misma Orden.
b) Justificación de la presentación del modelo 200 correspondiente a la liquidación
del Impuesto de Sociedades del último periodo devengado.
c) Certificado firmado por la Presidencia de la federación y por la persona que ejerza
las tareas de intervención o tesorería de la misma, informando que se ha aprobado la
liquidación del presupuesto del ejercicio 2022.
d) Certificado firmado por la Presidencia de la federación y por la persona que ejerza
las tareas de intervención o tesorería de la misma relativo al importe ingresado total en
2022 en concepto de licencias.
e) Movimientos de las cuentas bancarias que estén a nombre de la federación
y que tengan relación con los ingresos de alguna subvención concedida por parte de
la Consejería competente en materia de deporte y los gastos que hayan servido de
justificación.
f) Último informe de auditoría de las cuentas anuales que se haya realizado en la
federación, según lo dispuesto en el artículo 61 del Decreto 41/2022, de 8 de marzo.
g) Los estatutos, códigos de buen gobierno y reglamentos adaptados a lo dispuesto
en el Decreto 41/2022, de 8 de marzo, que deberán estar actualizados a fecha 15 de
septiembre de 2023.
h) Otra documentación que la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte
estime conveniente.
2. Recabar la siguiente información:
a) El número de hombres y mujeres deportistas, mayores y menores de edad,
entrenadores y jueces/árbitros, a los que se le han expedido licencia deportiva anual,
desglosado por provincias.
b) El número de licencias deportivas no anuales expedidas, indicando la denominación
y la duración de las mismas.
c) Las pólizas de seguros del correspondiente seguro colectivo o individual de
asistencia sanitaria y cobertura de riesgos, así como el seguro de responsabilidad civil
para la organización de actividades y competiciones y el seguro de accidentes que se
encuentren en vigor. Esto se acreditará con el documento justificativo de su pago.
d) El número de clubes federados en cada provincia.
e) El número de Comités de la federación y su denominación.
f) El número de hombres y mujeres que componen la Junta Directiva y la Asamblea
General.
g) El número de Delegaciones Territoriales y su horario de atención al público.
h) La existencia o no de una Comisión de mujer y deporte, y en su caso, actuaciones
realizadas el año anterior.
i) Si existen enseñanzas de técnicos deportivos y centros autorizados para ello,
detallando el número y nivel de los cursos, así como los requisitos de acceso.
j) Otra información que la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte
estime conveniente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275235
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 160/10
Programa 2023.05. Seguimiento de la organización y gestión de las federaciones
deportivas andaluzas.
Objeto: Seguimiento de la organización y gestión de las federaciones deportivas
andaluzas.
Se realizarán inspecciones a las federaciones deportivas andaluzas con la finalidad de :
1. Recabar la siguiente documentación:
a) Certificado firmado por la Presidencia de la federación y por la persona que ejerza
las tareas de intervención o tesorería de la misma, informando que se han formulado las
cuentas anuales de 2022, de conformidad con lo contemplado en la cuarta parte de la
Orden de 2 de febrero de 1994, del Ministerio de Economía y Hacienda, por la que se
aprueban las normas de adaptación del Plan General de Contabilidad a las federaciones
deportivas, aportando el balance de situación, la cuenta de resultados y la memoria
económica con el contenido mínimo previsto en esa misma Orden.
b) Justificación de la presentación del modelo 200 correspondiente a la liquidación
del Impuesto de Sociedades del último periodo devengado.
c) Certificado firmado por la Presidencia de la federación y por la persona que ejerza
las tareas de intervención o tesorería de la misma, informando que se ha aprobado la
liquidación del presupuesto del ejercicio 2022.
d) Certificado firmado por la Presidencia de la federación y por la persona que ejerza
las tareas de intervención o tesorería de la misma relativo al importe ingresado total en
2022 en concepto de licencias.
e) Movimientos de las cuentas bancarias que estén a nombre de la federación
y que tengan relación con los ingresos de alguna subvención concedida por parte de
la Consejería competente en materia de deporte y los gastos que hayan servido de
justificación.
f) Último informe de auditoría de las cuentas anuales que se haya realizado en la
federación, según lo dispuesto en el artículo 61 del Decreto 41/2022, de 8 de marzo.
g) Los estatutos, códigos de buen gobierno y reglamentos adaptados a lo dispuesto
en el Decreto 41/2022, de 8 de marzo, que deberán estar actualizados a fecha 15 de
septiembre de 2023.
h) Otra documentación que la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte
estime conveniente.
2. Recabar la siguiente información:
a) El número de hombres y mujeres deportistas, mayores y menores de edad,
entrenadores y jueces/árbitros, a los que se le han expedido licencia deportiva anual,
desglosado por provincias.
b) El número de licencias deportivas no anuales expedidas, indicando la denominación
y la duración de las mismas.
c) Las pólizas de seguros del correspondiente seguro colectivo o individual de
asistencia sanitaria y cobertura de riesgos, así como el seguro de responsabilidad civil
para la organización de actividades y competiciones y el seguro de accidentes que se
encuentren en vigor. Esto se acreditará con el documento justificativo de su pago.
d) El número de clubes federados en cada provincia.
e) El número de Comités de la federación y su denominación.
f) El número de hombres y mujeres que componen la Junta Directiva y la Asamblea
General.
g) El número de Delegaciones Territoriales y su horario de atención al público.
h) La existencia o no de una Comisión de mujer y deporte, y en su caso, actuaciones
realizadas el año anterior.
i) Si existen enseñanzas de técnicos deportivos y centros autorizados para ello,
detallando el número y nivel de los cursos, así como los requisitos de acceso.
j) Otra información que la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte
estime conveniente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275235
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía