3. Otras disposiciones. Universidades. (2023/5-69)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se acuerda la publicación del Presupuesto de la misma para el ejercicio 2023, una vez aprobado por el Consejo Social.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 5 - Martes, 10 de enero de 2023

página 21833/29

BASES DE EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO EJERCICIO 2023
UNIVERSIDAD DE GRANADA
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I
Concepto y marco normativo de aplicación
Artículo 1. Concepto.
El Presupuesto de la Universidad de Granada (en adelante Ugr.) constituye la
expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, pueden
ser reconocidas, y de los derechos que prevean liquidar durante el ejercicio 2023.
Artículo 2. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Las presentes bases tienen por objeto establecer las normas y procedimientos
para el desarrollo y ejecución de la actividad económico-financiera y presupuestaria de la
Universidad de Granada durante el ejercicio 2023.
2. Su ámbito de aplicación abarca a toda la estructura organizativa de la Universidad
de Granada.
Artículo 3. Autonomía económica y financiera.
1. La Universidad de Granada goza de autonomía económica y financiera en los
términos que establece la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades,
en desarrollo de la Constitución.
2. El principio de autonomía universitaria recogido en el artículo 2 de la Ley Orgánica
6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en adelante LOU, y en el artículo 216 de
los Estatutos de la Ugr, confiere a la misma plena competencia en materia de gestión
económica y financiera, lo que supone la potestad para la elaboración, aprobación y
gestión de su Presupuesto y la administración de sus bienes.
Artículo 4. Marco Normativo de la gestión económico-financiera.
1. La elaboración, ejecución y liquidación del Presupuesto de la Ugr, y en general su
gestión económico-financiera y contable, se realizará de conformidad con las presentes
Bases, así como con las disposiciones establecidas en la LOU, en el Decreto Legislativo
1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de
Universidades, en adelante TRLAU, y los Estatutos de la Universidad.
2. Con carácter supletorio, será de aplicación el Texto Refundido de la Ley General
de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía (TRLGHPJA), con las necesarias
adaptaciones orgánicas y procedimentales a la estructura universitaria, y lo establecido
en la normativa estatal y autonómica en aquellas cuestiones que le sean de aplicación.
3. En este sentido, serán de obligado cumplimiento las instrucciones y circulares que
dicte la Gerente en desarrollo y aplicación de la normativa aplicable.
CAPÍTULO II
Principios generales y régimen de contabilidad

Artículo 5. Principios de legalidad y objetividad.
La Universidad de Granada organizará y desarrollará sus sistemas y procedimientos
de gestión económico-financiera con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho y servirá
con objetividad a sus fines generales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Sección primera. Principios rectores de la actividad económico-financiera y presupuestaria