Autoridades y personal. Defensor del Pueblo Andaluz. (2023/4-34)
Resolución de 23 de diciembre de 2022, de la Defensor del Pueblo Andaluz, por la que se convoca procedimiento de evaluación y acreditación de competencias profesionales para el nombramiento de una persona para un puesto de técnico o técnica de sistemas informáticos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023
página 63/5
de Datos, la Autoridad Catalana de Protección de Datos, la Agencia Vasca de Protección
de Datos y el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, salvo
que en el momento de la publicación los órganos de gobierno y las administraciones
públicas competentes hayan aprobado disposiciones para la aplicación de la mencionada
disposición adicional séptima.
La Comisión de Valoración establecerá su propio sistema y calendario de trabajo,
y podrá convocar a todas las personas candidatas, o a una selección de las mismas,
para la celebración de entrevistas personales con la Comisión que permitan deducir de la
experiencia profesional del candidato/a sus aptitudes para el desempeño de las funciones
del puesto que se pretende cubrir. En el transcurso de las entrevistas se podrá plantear
la realización de una prueba práctica que verse sobre las competencias y funciones
previstas para el puesto en la Base Primera.
La Comisión de Valoración, en función de la evaluación de estos extremos, elaborará
una propuesta de aquellas personas que estime más adecuadas para ocupar la
correspondiente plaza, acompañada de un informe de valoración de cada una de estas
candidatas. En ese momento, la Comisión solicitará a las personas que formen parte de
esta propuesta que acrediten documentalmente, en el plazo de 10 días, los requisitos y
méritos alegados para tomar parte en el proceso de valoración, pudiendo descartar a
aquella persona candidata que no acredite adecuadamente los requisitos de participación
y los méritos aducidos.
Una vez verificada la documentación, la Comisión elevará la propuesta y los informes
de valoración al Defensor del Pueblo Andaluz. La propuesta de la Comisión no podrá
contener más de 5 personas. Las personas acreditadas por este procedimiento serán
convocadas posteriormente a una entrevista con el Defensor del Pueblo Andaluz, quien
libremente y según su criterio podrá decidir, previo informe de la Junta de Coordinación
y Régimen Interior, nombrar discrecionalmente a una de las personas propuestas para
el correspondiente puesto. Este nombramiento, de producirse, se publicará en la página
web del Defensor del Pueblo Andaluz y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Novena. Protección de datos de carácter personal.
Los datos personales aportados por las personas candidatas serán tratados por el
Defensor del Pueblo Andaluz para gestionar el proceso selectivo, incorporándolos a la
actividad de tratamiento relativa a la «Provisión de puestos de trabajo y convocatorias de
becas». Podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275120
Octava. Nombramiento y toma de posesión.
El nombramiento de la persona seleccionada se publicará en la página web del
Defensor del Pueblo Andaluz y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Una vez realizado dicho nombramiento, la toma de posesión habrá de efectuarse
dentro de un plazo máximo de quince (15) días hábiles, a contar desde que les sea
notificada la resolución de nombramiento efectuada por el Defensor del Pueblo Andaluz.
Dentro de dicho plazo se resolverá su situación funcionarial o laboral para incorporarse
en esta institución del Defensor del Pueblo Andaluz en la situación regulada por la
legislación vigente, artículo 34.2 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del
Pueblo Andaluz, y artículos 27 a 30 de su Reglamento de Organización y Funcionamiento.
Si no existieran personas candidatas que se consideren idóneas, a juicio de la
Comisión de valoración o del Defensor del Pueblo Andaluz, la plaza se declarará desierta,
previo informe de la Junta de Coordinación y Régimen Interior.
En caso de resultar necesario efectuar nuevos nombramientos para plazas de
técnico/a de sistemas informáticos en los dos años siguientes a la fecha de toma de
posesión de la persona que resulte seleccionada, el Defensor del Pueblo Andaluz podrá
nombrar, si lo estima conveniente, a alguna de las personas que habiendo sido propuestas
por la comisión de valoración no hayan sido nombradas tras el presente proceso.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023
página 63/5
de Datos, la Autoridad Catalana de Protección de Datos, la Agencia Vasca de Protección
de Datos y el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, salvo
que en el momento de la publicación los órganos de gobierno y las administraciones
públicas competentes hayan aprobado disposiciones para la aplicación de la mencionada
disposición adicional séptima.
La Comisión de Valoración establecerá su propio sistema y calendario de trabajo,
y podrá convocar a todas las personas candidatas, o a una selección de las mismas,
para la celebración de entrevistas personales con la Comisión que permitan deducir de la
experiencia profesional del candidato/a sus aptitudes para el desempeño de las funciones
del puesto que se pretende cubrir. En el transcurso de las entrevistas se podrá plantear
la realización de una prueba práctica que verse sobre las competencias y funciones
previstas para el puesto en la Base Primera.
La Comisión de Valoración, en función de la evaluación de estos extremos, elaborará
una propuesta de aquellas personas que estime más adecuadas para ocupar la
correspondiente plaza, acompañada de un informe de valoración de cada una de estas
candidatas. En ese momento, la Comisión solicitará a las personas que formen parte de
esta propuesta que acrediten documentalmente, en el plazo de 10 días, los requisitos y
méritos alegados para tomar parte en el proceso de valoración, pudiendo descartar a
aquella persona candidata que no acredite adecuadamente los requisitos de participación
y los méritos aducidos.
Una vez verificada la documentación, la Comisión elevará la propuesta y los informes
de valoración al Defensor del Pueblo Andaluz. La propuesta de la Comisión no podrá
contener más de 5 personas. Las personas acreditadas por este procedimiento serán
convocadas posteriormente a una entrevista con el Defensor del Pueblo Andaluz, quien
libremente y según su criterio podrá decidir, previo informe de la Junta de Coordinación
y Régimen Interior, nombrar discrecionalmente a una de las personas propuestas para
el correspondiente puesto. Este nombramiento, de producirse, se publicará en la página
web del Defensor del Pueblo Andaluz y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Novena. Protección de datos de carácter personal.
Los datos personales aportados por las personas candidatas serán tratados por el
Defensor del Pueblo Andaluz para gestionar el proceso selectivo, incorporándolos a la
actividad de tratamiento relativa a la «Provisión de puestos de trabajo y convocatorias de
becas». Podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275120
Octava. Nombramiento y toma de posesión.
El nombramiento de la persona seleccionada se publicará en la página web del
Defensor del Pueblo Andaluz y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Una vez realizado dicho nombramiento, la toma de posesión habrá de efectuarse
dentro de un plazo máximo de quince (15) días hábiles, a contar desde que les sea
notificada la resolución de nombramiento efectuada por el Defensor del Pueblo Andaluz.
Dentro de dicho plazo se resolverá su situación funcionarial o laboral para incorporarse
en esta institución del Defensor del Pueblo Andaluz en la situación regulada por la
legislación vigente, artículo 34.2 de la Ley 9/1983, de 1 de diciembre, del Defensor del
Pueblo Andaluz, y artículos 27 a 30 de su Reglamento de Organización y Funcionamiento.
Si no existieran personas candidatas que se consideren idóneas, a juicio de la
Comisión de valoración o del Defensor del Pueblo Andaluz, la plaza se declarará desierta,
previo informe de la Junta de Coordinación y Régimen Interior.
En caso de resultar necesario efectuar nuevos nombramientos para plazas de
técnico/a de sistemas informáticos en los dos años siguientes a la fecha de toma de
posesión de la persona que resulte seleccionada, el Defensor del Pueblo Andaluz podrá
nombrar, si lo estima conveniente, a alguna de las personas que habiendo sido propuestas
por la comisión de valoración no hayan sido nombradas tras el presente proceso.