Autoridades y personal. Universidades. (2023/4-39)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en la escala de gestión de esta Universidad, mediante el sistema de promoción interna.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023

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6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. En cualquier momento el tribunal podrá requerir a las personas aspirantes para
que acrediten su identidad.
6.2. La convocatoria de aspirantes para cada ejercicio se realizará en un único
llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los
casos de fuerza mayor debidamente justificados y apreciados por el tribunal.
6.3. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios sobre
la celebración de los ejercicios deberán hacerse públicos por el tribunal en el Tablón
Electrónico Oficial con al menos doce horas de antelación a su comienzo si se trata del
mismo ejercicio, o de veinticuatro horas si el ejercicio es nuevo.
6.4. En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tuviera conocimiento
de que existen aspirantes que no poseen la totalidad de los requisitos exigidos en la
presente convocatoria, previa audiencia de las personas interesadas, deberá proponer
su exclusión al Rector de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, comunicándole,
asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por dichas personas en su solicitud
de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00275072

5.3. De producirse la abstención o recusación, con anterioridad a la iniciación de las
pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el Tablón Electrónico Oficial
resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del tribunal que hayan de
sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la
base anterior.
5.4. Previa convocatoria de la presidencia, se constituirá el tribunal con la asistencia de
quienes ocupen la presidencia y la secretaría y de la mitad, al menos, de sus miembros,
titulares o suplentes. La sesión de constitución tendrá lugar con una antelación mínima de un
mes antes de la celebración del primer ejercicio. En dicha sesión, el tribunal acordará todas
las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.
5.5. A partir de su constitución y para el resto de las sesiones, el tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la mayoría indicada en el apartado anterior.
5.6. El procedimiento de actuación del tribunal se ajustará en todo momento a lo
dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. El
tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como
lo que deba hacerse en los casos no previstos.
5.7. El tribunal podrá incorporar a sus trabajos a las personas asesoras que estime
pertinentes. Estas personas colaborarán con el tribunal exclusivamente en el ejercicio
de sus especialidades técnicas. Su designación deberá comunicarse al Rector de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.
5.8. La presidencia del tribunal adoptará las medidas necesarias para que los
ejercicios de la fase de oposición se realicen de forma conjunta y coordinada, para lo cual
podrá nombrar personal colaborador en número suficiente para garantizar el correcto y
normal desarrollo de los ejercicios. Asimismo, se adoptarán las medidas oportunas para
garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca
la identidad de cada aspirante. El tribunal excluirá a quienes presenten ejercicios en los
que figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer su identidad.
5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el tribunal tendrá su sede en
el Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, Ctra. de Utrera, km 1, 41013
Sevilla, teléfono 954 977 604.
5.10. Las decisiones que el tribunal adopte en relación con las posibles reclamaciones
serán publicadas en el Tablón Electrónico Oficial y tendrán los mismos efectos que las
notificaciones.
5.11. El tribunal que actúe en estas pruebas selectivas estará clasificado en la
categoría segunda de las recogidas en las Normas de Ejecución Presupuestaria de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.