Disposiciones generales. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2023/4-1)
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Presupuestos, por la que se modifican los Anexos I, II, III y IV de la Orden de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, de 24 de mayo de 2022, por la que se dictan normas para la elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2023, y los Anexos I y II de la Orden de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, de 7 de julio de 2020, por la que se establecen los códigos y las definiciones de las clasificaciones económicas de los estados de ingresos y gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023
página 23/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
establece una nueva organización de las Consejerías de la Administración de la Junta de
Andalucía, mediante la creación de nuevas Consejerías y la supresión de las existentes
hasta esa fecha. Asimismo, modifica el reparto competencial de las mismas, procede a
su reordenación y, por último, cambia las Consejerías de adscripción de las entidades
instrumentales y consorcios adscritos a la Administración de la Junta de Andalucía.
Ello hace necesario modificar los anexos de la Orden de la Consejería de Hacienda
y Financiación Europea, de 24 de mayo de 2022, por la que se dictan normas para la
elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2023, que se ven
afectados.
Así, en el Anexo I se modifica la clasificación orgánica por secciones para adaptarla
a la nueva estructura de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entidades
y consorcios adscritos. Asimismo, por razones de transparencia y visibilización, se
considera necesario modificar la denominación del código 08 «Delegaciones del
Gobierno» de la clasificación orgánica por servicios, servicio autofinanciada, que pasará
a denominarse «Delegaciones del Gobierno y Oficinas de la Junta de Andalucía», dado
que contempla los créditos del estado de gastos del presupuesto para la Delegación de
la Junta de Andalucía en Bruselas y las oficinas de la Junta de Andalucía en Madrid y
Barcelona.
Del mismo modo, procede modificar el Anexo II por el que se establece la clasificación
funcional para adaptar los programas presupuestarios a las nuevas políticas diseñadas
por el actual Gobierno andaluz, reflejadas en los diferentes Decretos de estructura de las
Consejerías, de acuerdo con la nueva distribución de competencias entre las mismas y
conforme a las entidades y consorcios que se les adscriben.
Respecto a la clasificación económica de ingresos, Anexo III de la Orden de 24 de
mayo de 2022, tras la restructuración de las Consejerías, en el concepto 430 «De Junta
de Andalucía», donde se incluyen las transferencias efectuadas con cargo a operaciones
corrientes por la Junta de Andalucía por encargos de ejecución, resulta necesario
modificar la denominación de los subconceptos actualmente vigentes y crear dos nuevos
subconceptos.
Por otro lado, como consecuencia de la aprobación y actualización de determinadas
disposiciones normativas, así como por razones derivadas de la gestión presupuestaria,
resulta necesario realizar algunas adaptaciones en los códigos y definiciones incluidos
en los Anexos I y II de la Orden de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía,
de 7 de julio de 2020, por la que se establecen los códigos y las definiciones de las
clasificaciones económicas de los estados de ingresos y gastos del Presupuesto de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
En materia de ingresos, la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular, crea el impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos,
la incineración y la coincineración de residuos, aplicable en todo el territorio español. Este
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275080
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Dirección General de
Presupuestos, por la que se modifican los Anexos I, II, III y IV de la Orden de
la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, de 24 de mayo de 2022,
por la que se dictan normas para la elaboración del Presupuesto de la Junta de
Andalucía para el año 2023, y los Anexos I y II de la Orden de la Consejería de
Hacienda, Industria y Energía, de 7 de julio de 2020, por la que se establecen
los códigos y las definiciones de las clasificaciones económicas de los estados
de ingresos y gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023
página 23/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
establece una nueva organización de las Consejerías de la Administración de la Junta de
Andalucía, mediante la creación de nuevas Consejerías y la supresión de las existentes
hasta esa fecha. Asimismo, modifica el reparto competencial de las mismas, procede a
su reordenación y, por último, cambia las Consejerías de adscripción de las entidades
instrumentales y consorcios adscritos a la Administración de la Junta de Andalucía.
Ello hace necesario modificar los anexos de la Orden de la Consejería de Hacienda
y Financiación Europea, de 24 de mayo de 2022, por la que se dictan normas para la
elaboración del Presupuesto de la Junta de Andalucía para el año 2023, que se ven
afectados.
Así, en el Anexo I se modifica la clasificación orgánica por secciones para adaptarla
a la nueva estructura de la Administración de la Junta de Andalucía y de sus entidades
y consorcios adscritos. Asimismo, por razones de transparencia y visibilización, se
considera necesario modificar la denominación del código 08 «Delegaciones del
Gobierno» de la clasificación orgánica por servicios, servicio autofinanciada, que pasará
a denominarse «Delegaciones del Gobierno y Oficinas de la Junta de Andalucía», dado
que contempla los créditos del estado de gastos del presupuesto para la Delegación de
la Junta de Andalucía en Bruselas y las oficinas de la Junta de Andalucía en Madrid y
Barcelona.
Del mismo modo, procede modificar el Anexo II por el que se establece la clasificación
funcional para adaptar los programas presupuestarios a las nuevas políticas diseñadas
por el actual Gobierno andaluz, reflejadas en los diferentes Decretos de estructura de las
Consejerías, de acuerdo con la nueva distribución de competencias entre las mismas y
conforme a las entidades y consorcios que se les adscriben.
Respecto a la clasificación económica de ingresos, Anexo III de la Orden de 24 de
mayo de 2022, tras la restructuración de las Consejerías, en el concepto 430 «De Junta
de Andalucía», donde se incluyen las transferencias efectuadas con cargo a operaciones
corrientes por la Junta de Andalucía por encargos de ejecución, resulta necesario
modificar la denominación de los subconceptos actualmente vigentes y crear dos nuevos
subconceptos.
Por otro lado, como consecuencia de la aprobación y actualización de determinadas
disposiciones normativas, así como por razones derivadas de la gestión presupuestaria,
resulta necesario realizar algunas adaptaciones en los códigos y definiciones incluidos
en los Anexos I y II de la Orden de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía,
de 7 de julio de 2020, por la que se establecen los códigos y las definiciones de las
clasificaciones económicas de los estados de ingresos y gastos del Presupuesto de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
En materia de ingresos, la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados
para una economía circular, crea el impuesto sobre el depósito de residuos en vertederos,
la incineración y la coincineración de residuos, aplicable en todo el territorio español. Este
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00275080
Resolución de 22 de diciembre de 2022, de la Dirección General de
Presupuestos, por la que se modifican los Anexos I, II, III y IV de la Orden de
la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, de 24 de mayo de 2022,
por la que se dictan normas para la elaboración del Presupuesto de la Junta de
Andalucía para el año 2023, y los Anexos I y II de la Orden de la Consejería de
Hacienda, Industria y Energía, de 7 de julio de 2020, por la que se establecen
los códigos y las definiciones de las clasificaciones económicas de los estados
de ingresos y gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.