5. Anuncios. Ayuntamientos. (2023/4-52)
Anuncio de 29 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Arriate, de bases que han de regir la convocatoria para la selección, mediante concurso-oposición, de determinadas plazas vacantes en la plantilla de personal de este Ayuntamiento, incorporadas a la OEP extraordinaria de estabilización del empleo temporal, correspondientes a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal, en virtud del art. 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, aprobada por Resolución de la Alcaldía núm. 2022/0259, de 24 de mayo de 2022 (BOPMA núm. 103, de 31 de mayo de 2022). (PP. 3417/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023

página 20074/17

Decimotercera. Bolsa de empleo.
En la presente base se regula bien la creación de bolsa de empleo en la categoría
objeto de la convocatoria, en el supuesto de que la misma no exista en el Excmo.
Ayuntamiento de Arriate y sea necesaria su constitución, bien la ampliación de la Bolsa
ya existente, en base a los siguientes criterios:
Primero. Una vez finalizados los correspondientes procesos selectivos extraordinarios
para la estabilización del empleo temporal, aprobados por Resolución de la Alcaldía
número 2022/0259, de 24 de mayo de 2022, al amparo de lo dispuesto en la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de la categoría convocada, se constituirá o ampliará, en su caso, la
Bolsa de Empleo Temporal, con arreglo al siguiente sistema de ordenación:
a) Para el supuesto de que una categoría se convoque en el proceso extraordinario
de estabilización tanto por concurso de méritos, (D.A. 6.ª/D.A. 8.ª), como por concursooposición (art. 2.º), el personal vinculado al mismo, que finalmente no obtenga plaza,
pasará a formar parte de la bolsa de empleo temporal de la categoría objeto de la
convocatoria, ocupando el primer lugar aquellos cuyas plazas hayan sido convocadas por
concurso de méritos y en segundo lugar aquellos cuyas plazas hayan sido convocadas
por concurso-oposición, ordenados en su caso, por la puntuación obtenida.
b) En caso de que una categoría se convoque solo por uno de los procedimientos
establecidos, el personal vinculado al mismo, que finalmente no obtenga plaza, pasará a
formar parte de la bolsa de empleo de la categoría objeto de la convocatoria, ocupando el
primer lugar, ordenados en su caso por la puntuación obtenida.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00273289

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a, mediante expediente
disciplinario, del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de las funciones públicas mediante sentencia judicial firme.
Para el caso de nacional de otro Estado, declaración jurada de no hallarse inhabilitado
o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente
que impida, en su Estado en los mismos términos el acceso al empleo público.
d) Certificado médico acreditativo de poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas. Los aspirantes seleccionados que tuviesen reconocida alguna
discapacidad deberán aportar certificado expedido por el órgano competente en la
materia de la Junta de Andalucía, o de otras Administraciones Públicas, en el que conste
su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes a la plaza a que se
aspira.
e) Declaración de no hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad, de
acuerdo con la legislación vigente.
f) Declaración responsable firmada y fechada de la disponibilidad para desplazarse
(en su caso).
g) Declaración responsable firmada y fechada de la disponibilidad para conducir
vehículos propios del Excmo. Ayuntamiento de Arriate (en su caso).
h) Documentación acreditativa de los méritos alegados en el apartado experiencia y
formación del sistema selectivo.
i) Cualquier otra documentación acreditativa de los requisitos específicos detallados
en los Anexos I a III de la presente convocatoria para la categoría en cuestión.
12.2. Ante la imposibilidad, debidamente justificada, de presentar los documentos
expresados en el apartado anterior, podrá acreditarse que se reúnen las condiciones
exigidas en la convocatoria, mediante cualquier medio de pruebas admisible en derecho.
12.3. Los aspirantes seleccionados que tuvieran la condición de funcionarios/as o
personal laboral al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Arriate, estarán exentos de
justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya aportados para obtener
su anterior nombramiento o contratación.