5. Anuncios. Ayuntamientos. (2023/4-53)
Anuncio de 29 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Arriate, de bases que han de regir la convocatoria para la selección mediante concurso de méritos de determinadas plazas vacantes en la plantilla de personal de este Ayuntamiento, incorporadas a la oferta de OEP extraordinaria de estabilización del empleo temporal, correspondientes a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal, en virtud de las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, aprobada por Resolución de la Alcaldía núm. 2022/0259, de fecha 24 de mayo de 2022 (BOPMA núm. 103, de 31 de mayo de 2022). (PP. 3425/2022).
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Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023
página 20075/4
En el supuesto de producirse alguna modificación en los datos personales, el
interesado deberá comunicarlo con el fin de mantener actualizados los mismos.
1.9. Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en:
Los artículos 91, 92, 100, 102 y 103 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local.
Los artículos 10, 11, 37, 55, 61.1, .6 y .7 y ss., y 70 del Real Decreto legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público. (TR-LEBEP).
Los artículos 128, 133, 134, 135, 136 y 137 del Real Decreto Legislativo 781/1986,
de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales
vigentes en materia de Régimen Local.
Los artículos 19 y 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su
inclusión social.
La Orden 1822/2006, de 9 de Junio, por la que se establecen criterios generales para
la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad.
El Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al
empleo público y la provisión de puestos de trabajo con las personas con discapacidad.
La Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas
con Discapacidad en Andalucía.
El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas
y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de Administración Local, con las excepciones previstas en la disposición
adicional primera de la Ley 20/2021, de 20 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público.
El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado.
El Decreto 2/2002, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso,
Promoción Interna, Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
Resolución de la Secretaría del Estado de Función Pública sobre las orientaciones
para la puesta en marcha de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo
público.
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de mujeres y
hombres.
La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía y la Ley 9/2018, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 12/2007, de 26
de noviembre, para la promoción de la igualdad de género de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00273306
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 20075/4
En el supuesto de producirse alguna modificación en los datos personales, el
interesado deberá comunicarlo con el fin de mantener actualizados los mismos.
1.9. Las presentes bases se regirán por lo dispuesto en:
Los artículos 91, 92, 100, 102 y 103 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local.
Los artículos 10, 11, 37, 55, 61.1, .6 y .7 y ss., y 70 del Real Decreto legislativo 5/2015,
de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público. (TR-LEBEP).
Los artículos 128, 133, 134, 135, 136 y 137 del Real Decreto Legislativo 781/1986,
de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales
vigentes en materia de Régimen Local.
Los artículos 19 y 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma
de la Función Pública.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
El Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y su
inclusión social.
La Orden 1822/2006, de 9 de Junio, por la que se establecen criterios generales para
la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad.
El Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al
empleo público y la provisión de puestos de trabajo con las personas con discapacidad.
La Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas
con Discapacidad en Andalucía.
El Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas
y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los
funcionarios de Administración Local, con las excepciones previstas en la disposición
adicional primera de la Ley 20/2021, de 20 de diciembre, de medidas urgentes para la
reducción de la temporalidad en el empleo público.
El Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento
General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de
provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la
Administración General del Estado.
El Decreto 2/2002, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso,
Promoción Interna, Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía.
La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
Resolución de la Secretaría del Estado de Función Pública sobre las orientaciones
para la puesta en marcha de los procesos de estabilización derivados de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo
público.
Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y
buen gobierno.
Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de mujeres y
hombres.
La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía y la Ley 9/2018, de 8 de octubre, por la que se modifica la Ley 12/2007, de 26
de noviembre, para la promoción de la igualdad de género de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00273306
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía