5. Anuncios. Ayuntamientos. (2023/4-53)
Anuncio de 29 de noviembre de 2022, del Ayuntamiento de Arriate, de bases que han de regir la convocatoria para la selección mediante concurso de méritos de determinadas plazas vacantes en la plantilla de personal de este Ayuntamiento, incorporadas a la oferta de OEP extraordinaria de estabilización del empleo temporal, correspondientes a la tasa adicional para la estabilización del empleo temporal, en virtud de las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, aprobada por Resolución de la Alcaldía núm. 2022/0259, de fecha 24 de mayo de 2022 (BOPMA núm. 103, de 31 de mayo de 2022). (PP. 3425/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023

página 20075/13

Décima. Superación del proceso selectivo y nombramientos.
10.1. La relación definitiva de aprobados se elevará a la Alcaldía-Presidencia del
Excmo. Ayuntamiento de Arriate, y una vez publicada en el Boletín Oficial de la Provincia,
los aspirantes propuestos dispondrán de un plazo de 20 días naturales, desde el día
siguiente al de la publicación oficial, para la presentación de la documentación acreditativa
del cumplimiento de los requisitos exigidos en esta convocatoria, así como de los meritos
alegados.
10.2. Transcurrido el plazo de presentación de la documentación acreditativa del
cumplimiento de los requisitos exigidos en esta convocatoria, la Alcaldía-Presidencia
del Excmo. Ayuntamiento de Arriate elevará a definitivas las propuestas realizadas por
el tribunal de selección y nombrará funcionarios de carrera y personal laboral fijo a los
aspirantes que hayan acreditado el cumplimiento de dichos requisitos y determinará el
plazo para la toma de posesión en los correspondientes destinos. Los nombramientos
deberán publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia.
10.3. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no comparezcan
o no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen
de alguno de los requisitos señalados en esta convocatoria, no podrán ser nombrados
personal funcionario o personal laboral fijo y quedarán sin efecto sus actuaciones, sin
perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido.
10.4. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión en el plazo máximo de un
mes, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su nombramiento como
funcionario de carrera o personal laboral fijo en el Boletín Oficial de la Provincia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00273306

Novena. Desarrollo del proceso selectivo.
9.1. Si en cualquier momento del procedimiento, el tribunal tuviera conocimiento
de que alguno de los aspirantes no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la
convocatoria, pondrá en conocimiento de la autoridad convocante que pueda concurrir
dicha circunstancia, para que, previas las comprobaciones necesarias, resuelva al
respecto.
9.2. Concluido el proceso de baremación de los méritos, el tribunal hará públicas,
en la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Arriate (Tablón de anuncios) y en
la página web www.arriate.es, así como en el Portal de Transparencia, el listado de las
calificaciones provisionales obtenidas, ordenado de mayor a menor puntuación.
9.3. Tras la publicación de la lista provisional de las puntuaciones obtenidas en la
baremación de méritos, los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles
a contar desde el siguiente a la publicación de las calificaciones, para la presentación
de las alegaciones que estimen oportunas. La resolución de las alegaciones por parte
del tribunal se hará pública con la lista de las calificaciones definitivas, considerándose
desestimadas todas aquéllas que no se vean contempladas en la citada publicación.
9.4. Finalizada la fase de valoración de méritos, el tribunal hará pública la lista definitiva
de las calificaciones obtenidas en la baremación de méritos en la Sede Electrónica del
Excmo. Ayuntamiento de Arriate (Tablón de anuncios) y en la página web www.arriate.es,
así como en el Portal de Transparencia, el listado de las puntuaciones, ordenado de
mayor a menor calificación obtenida.
9.5. El tribunal de selección no podrá proponer a un número mayor de candidatos que
el de plazas a ocupar, no suponiendo, bajo ningún concepto, que las puntuaciones
obtenidas, sean las que fueren, otorguen ningún derecho a los aspirantes, salvo a los
propuestos por el tribunal de selección.
9.6. Toda la información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas
que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá al público
en la Sede Electrónica (Tablón de anuncios), en la página web www.arriate.es, así como
en el Portal de Transparencia del Excmo. Ayuntamiento de Arriate.