5. Anuncios. Ayuntamientos. (2023/4-60)
Anuncio de 2 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Carboneras, relativo a la convocatoria y bases específicas para la provisión mediante concurso de méritos libre de seis plazas de Subalterno/a, de la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Carboneras (Almería), en el marco del proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal, incluida en la oferta de empleo público adicional del año 2022. (PP. 3844/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023

página 20982/5

Décima. Relación de aprobados, presentación de documentación y formalización del contrato.
Terminada la calificación y transcurrido el periodo de tres días, sin que hayan presentado
alegaciones por los aspirantes o, resueltas las mismas, el Tribunal calificador publicará
en el Tablón de Anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Carboneras, el
nombre del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación en función de la suma de
puntuaciones obtenidas, que se elevará al Sr. Alcalde-Presidente para que proceda al
objeto de formalizar la contratación y ocupar su plaza en el plazo máximo de un mes a
contar del siguiente al que le sea notificado haber superado el proceso selectivo.
El aspirante propuesto, presentará al Excmo. Ayuntamiento de Carboneras, en
el plazo de diez días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de
la lista de seleccionados en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los documentos
acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta
convocatoria en la base tercera. Y en concreto:
a) Fotocopia del DNI junto al original para su compulsa.
b) Fotocopia del título académico exigido o certificación académica que acredite
haber finalizado todos los estudios para su finalización, junto al original para su compulsa.
c) Declaración responsable de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier
organismo público, incluida la Seguridad Social, el día de la toma de posesión, estándose
a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre de Incompatibilidades del Personal al
servicio de las Administraciones Públicas y, en especial, a su artículo 10 y en todas las
que se dicten en su desarrollo.
d) Declaración responsable de no ejercer actividades privadas incompatibles con el
puesto de trabajo que se va a desempeñar en este Ayuntamiento y, en especial respecto
a las actividades previstas en los artículos 11 y 12 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00274335

Por haber participado en cursos de formación, siempre que se encuentren
relacionados con las funciones a desarrollar o cuyo contenido sea relativo al puesto o
plaza objeto de la convocatoria y organizados por una Administración Pública o Institución
Pública o privada en colaboración con una administración pública.
a) Por la participación como asistente:
- Cursos de hasta 29 horas: 0,20 puntos por curso.
- Cursos de 30 a 100 horas: 0,50 puntos por curso.
- Cursos de más de 100 horas: 1 puntos por curso.
b) Por la participación como docente:
- Cursos de hasta 29 horas: 0,40 puntos por curso.
- Cursos de 30 a 100 horas: 1 puntos por curso.
- Cursos de más de 100 horas: 1,5 puntos por curso.
Para acreditar la participación en cursos de formación se presentará copia del
certificado o diploma de asistencia/docencia del curso con indicación del número de
horas lectivas y programa del mismo.
Los cursos en los que no se expresa duración alguna serán valorados con la puntuación
mínima de 0,05 puntos. En el supuesto de que la duración del curso se exprese en días
se establece una equivalencia de 5 horas por cada día de curso. Deberá acreditarse el
contenido de los cursos de formación mediante la presentación del programa.
En todo caso serán objeto de valoración los cursos referentes a las siguientes
materias: relacionados con el puesto a desempeñar.
En otro caso el tribunal valorará discrecionalmente la relación o no con el contenido
del puesto de trabajo.
La calificación final del concurso, será la suma de los puntos obtenidos por los Méritos
profesionales y otros méritos: cursos, seminarios y formación relacionada con el puesto.
En caso de empate en la puntuación se acudirá a la mejor puntuación obtenida en el
apartado de méritos profesionales, por servicios prestados, en el Ayuntamiento de Carboneras,
desempeñando las funciones asignadas al puesto de trabajo objeto de la convocatoria.