5. Anuncios. Ayuntamientos. (2023/4-60)
Anuncio de 2 de diciembre de 2022, del Ayuntamiento de Carboneras, relativo a la convocatoria y bases específicas para la provisión mediante concurso de méritos libre de seis plazas de Subalterno/a, de la plantilla de personal funcionario del Ayuntamiento de Carboneras (Almería), en el marco del proceso extraordinario de estabilización del empleo temporal, incluida en la oferta de empleo público adicional del año 2022. (PP. 3844/2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023
página 20982/4
Novena. Sistema de selección y desarrollo del proceso.
El sistema de selección de los aspirantes será concurso de méritos. De conformidad con
la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público las Administraciones Públicas
convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7
del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos
establecidos en el articulo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma
ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
La selección de los aspirantes se realizará a través del concurso de los méritos
alegados. La documentación justificativa de los méritos valorables deberá ir ordenada
y numerada. Solo serán tenidos en cuenta los méritos adquiridos con anterioridad a la
finalización del plazo de presentación de instancias. No se valorarán los alegados con
posterioridad a la finalización de dicho plazo.
En el caso de que los documentos aportados no justifiquen plenamente los méritos
alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, los mismos no se tendrán en cuenta y no
serán valorados, ni puntuados. Las certificaciones de realización de cursos sólo se valorarán
si constan acreditadas el número de horas de duración de los mismos, en caso contrario se
obtendrá la puntuación mínima prevista en el baremo de puntuaciones por horas establecido.
El Secretario del Tribunal levantará acta de las sesiones. El acta final en la que
figurará la propuesta de aprobados deberá ser firmada por todos los componentes
del Tribunal. La calificación total de cada aspirante será la suma de los diversos
apartados de la fase de concurso y superará el proceso selectivo aquel opositor que
obtenga puntuación suficiente para resultar incluido dentro del número de aspirantes
que por orden de puntuación obtenida de mayor a menor coincida con el número de
plazas convocadas. Las calificaciones se harán públicas y los interesados dispondrán
de un plazo de cinco días hábiles para interponer reclamaciones contra las mismas.
Una vez resueltas las reclamaciones que pudieran presentarse, el Tribunal publicará las
calificaciones definitivas.
El concurso consistirá únicamente en la valoración de los méritos que se establezcan
en las bases de la convocatoria, pudiendo obtenerse un máximo de 100 puntos.
El Tribunal valorará los méritos alegados y justificados documentalmente por los
aspirantes, con arreglo al siguiente:
1. Méritos profesionales. Máximo 90 puntos
A) El tiempo desempeñando las funciones asignadas al puesto de trabajo objeto
de la convocatoria, en el Ayuntamiento de Carboneras a razón de 0,8 puntos por mes
trabajado, hasta un máximo de 90 puntos.
B) Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en puestos/plazas
de iguales funciones y del mismo grupo de la categoría de la convocatoria, a razón de
0,3 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 20 puntos.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente
con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo
parcial. Se despreciará, las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes.
La experiencia profesional para los servicios prestados en Administraciones Públicas
se acreditará a través de certificado de servicios prestados emitido por la Secretaría
o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal,
donde se hubiesen efectuado, indicándose la denominación del puesto de trabajo, grupo o
subgrupo a que pertenece, la naturaleza jurídica de la relación y el tiempo de su duración.
2. Otros méritos: cursos, seminarios y formación relacionada con el puesto hasta un
máximo de 10 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274335
BAREMO DE MÉRITOS
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Lunes, 9 de enero de 2023
página 20982/4
Novena. Sistema de selección y desarrollo del proceso.
El sistema de selección de los aspirantes será concurso de méritos. De conformidad con
la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes
para la reducción de la temporalidad en el empleo público las Administraciones Públicas
convocarán, con carácter excepcional y de acuerdo con lo previsto en el artículo 61.6 y 7
del TREBEP, por el sistema de concurso, aquellas plazas que, reuniendo los requisitos
establecidos en el articulo 2.1, hubieran estado ocupadas con carácter temporal de forma
ininterrumpida con anterioridad a 1 de enero de 2016.
La selección de los aspirantes se realizará a través del concurso de los méritos
alegados. La documentación justificativa de los méritos valorables deberá ir ordenada
y numerada. Solo serán tenidos en cuenta los méritos adquiridos con anterioridad a la
finalización del plazo de presentación de instancias. No se valorarán los alegados con
posterioridad a la finalización de dicho plazo.
En el caso de que los documentos aportados no justifiquen plenamente los méritos
alegados dando lugar a dudas al órgano calificador, los mismos no se tendrán en cuenta y no
serán valorados, ni puntuados. Las certificaciones de realización de cursos sólo se valorarán
si constan acreditadas el número de horas de duración de los mismos, en caso contrario se
obtendrá la puntuación mínima prevista en el baremo de puntuaciones por horas establecido.
El Secretario del Tribunal levantará acta de las sesiones. El acta final en la que
figurará la propuesta de aprobados deberá ser firmada por todos los componentes
del Tribunal. La calificación total de cada aspirante será la suma de los diversos
apartados de la fase de concurso y superará el proceso selectivo aquel opositor que
obtenga puntuación suficiente para resultar incluido dentro del número de aspirantes
que por orden de puntuación obtenida de mayor a menor coincida con el número de
plazas convocadas. Las calificaciones se harán públicas y los interesados dispondrán
de un plazo de cinco días hábiles para interponer reclamaciones contra las mismas.
Una vez resueltas las reclamaciones que pudieran presentarse, el Tribunal publicará las
calificaciones definitivas.
El concurso consistirá únicamente en la valoración de los méritos que se establezcan
en las bases de la convocatoria, pudiendo obtenerse un máximo de 100 puntos.
El Tribunal valorará los méritos alegados y justificados documentalmente por los
aspirantes, con arreglo al siguiente:
1. Méritos profesionales. Máximo 90 puntos
A) El tiempo desempeñando las funciones asignadas al puesto de trabajo objeto
de la convocatoria, en el Ayuntamiento de Carboneras a razón de 0,8 puntos por mes
trabajado, hasta un máximo de 90 puntos.
B) Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en puestos/plazas
de iguales funciones y del mismo grupo de la categoría de la convocatoria, a razón de
0,3 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 20 puntos.
A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente
con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo
parcial. Se despreciará, las fracciones de tiempo de servicio inferiores a un mes.
La experiencia profesional para los servicios prestados en Administraciones Públicas
se acreditará a través de certificado de servicios prestados emitido por la Secretaría
o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal,
donde se hubiesen efectuado, indicándose la denominación del puesto de trabajo, grupo o
subgrupo a que pertenece, la naturaleza jurídica de la relación y el tiempo de su duración.
2. Otros méritos: cursos, seminarios y formación relacionada con el puesto hasta un
máximo de 10 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00274335
BAREMO DE MÉRITOS